Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2009 (04/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES

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y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.psce.gob.pe) publicaciones que deberan efectuarse en la misma fecha que la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano y a la Oficina de Administracion el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia, a la Oficina de Secretaria General y a la Oficina de Informatica su publicacion, de acuerdo a las competencias asignadas. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA ANEXO DECRETO DE ALCALDIA Nº 10-2009-MPL
COSTO POR RANGO HORARIO O FRACCION DIAS De Martes a Jueves De Viernes a MORDAZA PARTICIPANTES VECINOS VECINOS HORARIOS PROGRAMAS VPP MPL OTROS SOCIALES (*) (**) (***) 15:00 a 18:00 S/. 20.00 S/. 35.00 S/. 50.00 S/. 100.00 9:00 a 11:00 11:30 a 13:30 15:00 a 18:00 S/. 20.00 S/. 20.00 S/. 25.00 S/. 35.00 S/. 35.00 S/. 45.00 S/. 50.00 S/. 100.00 S/. 50.00 S/. 100.00 S/. 60.00 S/. 150.00

fiscalizacion de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales; Que, en atencion a la entrada en vigencia de la Ley Nº 28976 - Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento se hace necesario el emitir una MORDAZA municipal con rango de ley que regule el otorgamiento de la licencia de funcionamiento en el distrito de San Bartolo; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipales ­ Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion del acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACION MUNICIPAL VINCULADO AL FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA - LEY Nº 28976 ­ LEY MORDAZA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DETALLADO EN ANEXO 1 DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera: Los locales comerciales que cuenten con Licencia de Funcionamiento Provisional deben cumplir con obtener la Licencia de Funcionamiento Indeterminada al vencimiento de la misma, caso contrario se procedera a efectuar las acciones correspondientes. Segunda: Los Procedimientos administrativos que se encuentren en tramite a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza, se regiran por la normativa anterior hasta su culminacion. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- La licencia de Funcionamiento es de vigencia indeterminada. Podra otorgarse Licencia de Funcionamiento de vigencia determinada cuando asi sea requerido expresamente por el solicitante debiendo cumplir los requisitos y procedimientos senalados en la presente Ordenanza. Segunda.- Los establecimientos comerciales deberan cumplir y mantener los principios basicos de funcionalidad (utilizacion, accesibilidad y otros servicios basicos); Seguridad ; habitabilidad (higiene, salud y proteccion del medio ambiente, proteccion contra el ruido, aislamiento termico, condiciones acusticas y demas aspectos funcionales), para el uso o giro solicitado, ademas del cumplimiento de las Ordenanzas Municipales vigentes, asi como del Reglamento Nacional de Edificaciones, Leyes y Reglamentos de los Sectores correspondientes. Tercera.- Modifiquese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente incorporando los requisitos y derechos administrativos los mismos que corresponden a los tramites senalados en la presente Ordenanza. Cuarta.- En tanto no MORDAZA ratificados los nuevos costos de los procedimientos senalados en la presente Ordenanza, se utilizaran los costos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente. Quinta.- Los montos de las tasas establecidas en el articulo 39º del Decreto Supremo Nº 066-2007-PCM seran incorporados a los costos de los procedimientos de Licencias de funcionamiento. Sexta.- Para mejor aplicacion de la presente Ordenanza, se emitiran directivas internas. Setima.- Encarguese a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Desarrollo Territorial y Fiscalizacion, Area de Comercializacion, Unidad de Policia Municipal, Unidad de Defensa Civil el cumplimiento de la presente Ordenanza. Octava.- Encargar, a la Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario El Peruano, en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), y en el MORDAZA Institucional (www.munisanbartolo.gob.pe). Novena.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA L. BARTHELMESS MORDAZA MORDAZA 387251-1

(*) Acreditado con MORDAZA expedida por Responsable del Programa y Gerente de Desarrollo Humano (**) Acreditado con Tarjeta VPP (***) Acreditado con Documento Nacional de Identidad

392921-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Regulan procedimiento de Autorizacion Municipal vinculado al funcionamiento de establecimientos en el distrito
ORDENANZA Nº 099-2009/MDSB San MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN BARTOLO. VISTO, en la Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha 31 de MORDAZA de 2009, el Informe Nº 031-2009-MDSB-GAT, emitido por la Gerencia de Administracion Tributaria sobre la Ordenanza que regula el procedimiento de autorizacion Municipal vinculado al funcionamiento de establecimientos en el Distrito de San MORDAZA - Adecuada a la Ley Nº 28976 - Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo senalado en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion; Que, el articulo 195º de la MORDAZA constitucional, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local, la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad en MORDAZA con las politicas y planes nacionales de desarrollo; Que, de conformidad con el numeral 3.6.4 del articulo 79º y el numeral 3.6 del articulo 83º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, es funcion especifica de la Municipalidades Distritales el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la

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