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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (04/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 78

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de setiembre de 2009 402028 exoneración del proceso de selección para la adquisición de dicho bien; Que, asimismo, mediante el Ofi cio Nº 0694-2009- DGOAJ-UNDAC, la Dirección General de Asesoría Jurídica, informa que puede procederse a la exoneración del proceso de selección siempre y cuando se trata de proveedor único conforme establece el Art. 20º inc e) de la Ley de Contrataciones del Estado; Que, por los fundamentos expuestos, es pertinente la adjudicación de la Impresión de Libro Santuario Nacional Bosque de Piedra “Huayllay” por considerar que la Empresa EIKON Comunicación e Imagen Empresarial S.A.C. es el único proveedor de dicho servicio, en tal sentido es pertinente efectuar las contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases, las cuales sólo deberán contener lo indicado en los ítems b), c), e), f), h) del Art. 26º de la Ley de Contrataciones del Estado; Que, resulta pertinente efectuar la adjudicación de la Impresión de Libro Santuario Nacional Bosque de Piedra “Huayllay”, por la cantidad total S/. 22,848.00 Nuevos Soles y ello en cuanto se refi ere al procedimiento establecido de acuerdo a la normatividad citada; y, De conformidad con el artículo 32º, inciso k) de la Ley Universitaria Nº 23733, el artículo 133º, inciso a) del Estatuto Universitario y con cargo a dar cuenta al Honorable Consejo Universitario; y, El señor Rector en uso de las facultades que le confi ere la ley. RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del proceso de selección para la adjudicación de la Impresión de Libro Santuario Nacional Bosque de Piedra “Huayllay”, por la cantidad total de S/. 22, 848.00 Nuevos Soles. Artículo Segundo.- Autorizar a la Dirección de la Ofi cina General de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión, efectuar la adjudicación de la Impresión de Libro Santuario Nacional Bosque de Piedra “Huayllay” en forma directa mediante acciones inmediatas en concordancia a lo establecido en los Arts. 134º y 135º del Reglamento del Ley de Contrataciones del Estado. Artículo Tercero.- Encargar a la Ofi cina General de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la UNDAC para que publique la resolución de exoneración dentro de los diez (10) hábiles siguientes a su emisión, en el Diario Ofi cial El Peruano, así como su publicación a través del SEACE. Artículo Cuarto.- Remitir la presente resolución a la Contraloría General de la República y demás dependencias de acuerdo a Ley, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y archívese. SANTOS S. BLANCO MUÑOZ Rector MARCELINO E. HUAMÁN PANEZ Secretario General 392858-1 Exoneran de proceso de selección la adquisición de carnés universitarios para los estudiantes de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión UNIVERSIDAD NACIONAL DANIEL ALCIDES CARRIÓN RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO N° 1071-2009-UNDAC-C.U. Cerro de Pasco, 31 de agosto de 2009. VISTO: El Proveído número 0662-2009-R-UNDAC, del Despacho Rectoral, mediante el cual remite el Ofi cio Nº 01065-2009-DIGASA/UNDAC, de la Dirección General de Abastecimiento y SS. AA. y el Ofi cio Nº 0644-2009- DGOAJ-UNDAC, de la Dirección General de Asesoría Jurídica, mediante el cual remiten el informe técnico y el informe técnico legal relacionado a la adquisición de Carnés Universitarios para los Estudiantes de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión, cuyo costo asciende la suma de S/. 64,000.00 Nuevos Soles, del expediente de cuatro (4) folios; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Art. 20º inciso e) del Decreto Legislativo Nº 1017 que aprobó la Ley de Contrataciones del Estado, la Exoneración de Procesos de Selección se considera cuando exista proveedor único de bienes o servicios que no admiten sustitutos, o cuando por razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos, se haya establecido la exclusividad del proveedor; Que, mediante el Ofi cio número 01065-2009-DIGASA/ UNDAC, la Dirección General de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, elevan el informe técnico mediante el cual manifi estan que la Asamblea Nacional de Rectores es la única Institución del Estado, responsable de proveer los Carnés Universitarios a las diferentes universidades del nuestro país, en tal sentido solicitan la exoneración del proceso de selección para la adquisición de dicho bien; Que, asimismo, mediante el Ofi cio N° 0644-2009- DGOAJ-UNDAC, la Dirección General de Asesoría Jurídica, informa recomendando la exoneración del proceso de selección para la adquisición de los Carnés Universitarios para los estudiantes de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión por considerar que la Asamblea Nacional de Rectores es el único proveedor de dicho bien, en tal sentido es pertinente efectuar las contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases, las cuales sólo deberán contener lo indicado en los ítems b), c), e), h), f) del Art. 26° de la Ley de Contrataciones del Estado; Que, por los fundamentos expuestos resulta pertinente efectuar la adquisición de los Carnés Universitarios a la Asamblea Nacional de Rectores, por la cantidad total S/. 64,000.00 Nuevos Soles y ello en cuanto se refi ere al procedimiento establecido de acuerdo a la normatividad citada; y, De conformidad con el artículo 32°, inciso k) de la Ley Universitaria N° 23733, el artículo 133°, inciso a) del Estatuto Universitario y estando a lo acordado por el Consejo Universitario en sesión ordinaria N° 08-2009 de fecha 26 de agosto de 2009; y, El señor Rector en uso de las facultades que le confi ere la ley. RESUELVE.- Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del proceso de selección para la adquisición de Carnés Universitarios para los estudiantes de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión, por la cantidad total de S/ 64, 000.00 Nuevos Soles. Artículo Segundo.- Autorizar a la Dirección de la Ofi cina General de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión, efectuar la adquisición de los carnés universitarios en forma directa mediante acciones inmediatas en concordancia a lo establecido en los Arts. 134° y 135° del Reglamento del Ley de Contrataciones del Estado. Artículo Tercero.- Encargar a la Ofi cina General de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la UNDAC para que publique la resolución de exoneración dentro de los diez (10) hábiles siguientes a su emisión, en el Diario Ofi cial El Peruano, así como su publicación a través del SEACE. Artículo Cuarto.- Remitir la presente resolución a la Contraloría General de la República y demás