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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (04/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 71

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de setiembre de 2009 402021 CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, en concordancia con el inciso a) del artículo 3° y el inciso c) del artículo 10° del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 189- 2006-CONAFU de fecha 13 de julio de 2006; Que, en el artículo 10° del Estatuto del CONAFU, se establece que: “son atribuciones del Pleno del CONAFU: … k) Autorizar o Denegar las solicitudes de autorización provisional de funcionamiento de Escuelas de Postgrado, de acuerdo al Decreto Legislativo N° 882”; t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos corresponda al Pleno del CONAFU”; Que, por Resolución Nº 196-2004-CONAFU de fecha 07 de octubre de 2004, se aprueba el Reglamento para la Autorización de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no Pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU (en adelante el Reglamento); el mismo que regula el procedimiento y los requisitos que deben cumplir las Promotoras con la fi nalidad de Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional de los Proyectos de Universidades que promueven; Que, en el artículo 32º del Reglamento, se establece que: “Las recomendaciones para el pronunciamiento del CONAFU, se ajustarán a cualquiera de las alternativas siguientes: a) Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado por la Promotora…”; Que, con Carta Nº 0102-2008/GERENS/GSE recibida con fecha 02 de diciembre de 2008, el Ph. D. Rodrigo Alfonso Prialé Zevallos, representante de la Promotora GERENS Escuela de Gestión y Economía S.A.; solicita la autorización de funcionamiento del Proyecto de Escuela de Postgrado GERENS, adjuntando la documentación correspondiente para su evaluación; Que, en el artículo 34º del Reglamento, se establece que: “El Pleno del CONAFU se pronunciará, en el término de quince (15) días calendario a partir de la recepción del Informe Final de la Comisión de Evaluación y Consolidación, sobre el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado, aprobando, condicionando la aprobación o desaprobando el Proyecto de Universidad o de Escuela de Postgrado Particular. Analizando los informes y el expediente podrá adoptar cualquiera de las recomendaciones señaladas en el artículo 32º”; Que, por Resolución N° 016-2009-CONAFU de fecha 14 de enero de 2009, se resuelve admitir a trámite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Escuela de Postgrado GERENS, presentado por el Ph. D. Rodrigo Alfonso Prialé Zevallos, en calidad de representante de la Promotora GERENS Escuela de Gestión y Economía S.A.; con el Programa de Postgrado de “Maestría en Gestión Minera”; bajo el Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; Que, por Resolución N° 023-2009-CONAFU de fecha 16 de enero de 2009, se resuelve conformar la Comisión Califi cadora encargada de Evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Escuela de Postgrado GERENS; la misma que se encuentra conformada por los siguientes profesionales: Juan Bautista Astorga Neyra, Aquiles Bedriñana Ascarza, Luz Doris Sánchez Pinedo, en calidad de Presidente, Secretario y Vocal respectivamente; Que, con Escrito s/n recibido con fecha 07 de abril de 2009, la Comisión encargada de califi car el PDI de la Escuela de Postgrado GERENS, presenta el Informe Preliminar realizado por la referida Comisión, el mismo que contiene las observaciones del Proyecto de Desarrollo Institucional de la referida Escuela de Postgrado, sugiriendo hacer llegar dichas observaciones a la Promotora con la fi nalidad de ser subsanadas; Que, por Ofi cio Nº 623-2009-CONAFU de fecha 14 de abril de 2009, el Presidente del CONAFU remite a la Promotora del Proyecto de Desarrollo Institucional de Escuela de Postgrado GERENS el Informe Preliminar del PDI del referido Proyecto de Escuela de Postgrado, realizado por la Comisión Califi cadora, para que en el plazo de quince (15) días hábiles cumpla con lo solicitado; Que, con Carta Nº 0056-2009-/GERENS/GC recibida con fecha 08 de mayo de 2009, el señor Rodrigo Alfonso Prialé Zevallos, Representante de la Promotora GERENS Escuela de Gestión y Economía S.A., Promotora de la Escuela de Postgrado GERENS; presenta la absolución de las observaciones del PDI del referido Proyecto de Escuela de Postgrado remitidas mediante el Informe Preliminar en el Ofi cio Nº 623-2009-CONAFU; Que, con Escrito s/n recibido con fecha 15 de junio de 2009, la Comisión encargada de califi car el PDI de la Escuela de Postgrado GERENS, presenta el Informe Final realizado por la referida Comisión, manifestando que la mencionada Escuela de Postgrado ha acreditado a través de las diferentes partes del PDI lo siguiente: a) Justifi cación plena del proyecto, b) El grado de Magíster que otorga, c) Las previsiones para disponer del personal docente, d) Previsiones para disponer de una buena infraestructura, eso luego de la verifi cación en la visita in situ que se realizara, e) Servicios de bienestar estudiantil, f) Previsiones económicas para becas de estudiantes, g) Previsiones fi nancieras de la EPG proyectadas a cinco (05) años, h) Capacidad propia y probada; Por lo que la Comisión Califi cadora sugiere Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Escuela de Postgrado GERENS con el Programa de Post Grado de “Maestría en Gestión Minera”; Que, por Oficio Nº 593-2009-CONAFU-CDAA de fecha 09 de julio de 2009, el Consejero de Asuntos Académicos informa sobre el escrito de la Comisión encargada de califi car el PDI de la Escuela de Postgrado GERENS, donde presenta el Informe Final realizado por la referida Comisión, opinando el Consejero se requiera a la referida Comisión Califi cadora adjunte las Tablas para la evaluación de las Carreras Profesionales debidamente califi cadas, para que sean consideradas en su Informe Final; Que, por Ofi cio Nº 1141-2009-CONAFU-P de fecha 14 de julio de 2009, el Presidente del CONAFU remite a la Comisión encargada de califi car el PDI de la Escuela de Postgrado GERENS, las observaciones advertidas por la Consejería de Asuntos Académicos a su Informe Final, concediéndoles el plazo de ocho (08) días hábiles para que cumpla con remitir lo solicitado; Que, con Escrito s/n recibido con fecha 21 de julio de 2009, la Comisión encargada de califi car el PDI de la Escuela de Postgrado GERENS, presenta el Informe Complementario realizado por la referida Comisión al Proyecto de Escuela de Postgrado, adjuntando las tablas de evaluación de dicho Proyecto. Que, en sesión de fecha 10 de agosto de 2009, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 340-2009-CONAFU acordó por UNANIMIDAD: Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Escuela de Postgrado GERENS, presentado por el Ph. D. Rodrigo Alfonso Prialé Zevallos, en calidad de representante de la Promotora GERENS Escuela de Gestión y Economía S.A.; con el siguiente Programa de Postgrado: “Maestría en Gestión Minera”; bajo el Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del artículo 38º incisos d) y e) del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Escuela de Postgrado GERENS, presentado por el Ph. D. Rodrigo Alfonso Prialé Zevallos, en calidad de representante de la Promotora GERENS Escuela de Gestión y Economía S.A.; con el siguiente Programa de Postgrado: “Maestría en Gestión Minera”; bajo el Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882. Artículo Segundo.- REQUERIR a la Promotora del Proyecto de Escuela de Postgrado GERENS, el cumplimiento de los artículos 36º al 39º del Reglamento aprobado por Resolución Nº 196-2004-CONAFU; bajo apercibimiento de aplicarse el artículo 42° de la norma antes citada. Artículo Tercero.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolución a fi n de dar el trámite administrativo correspondiente. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS ENRIQUE CARPIO ASCUÑA Presidente MARIBEL URSULA TIÓ FERNÁNDEZ Secretaria General 391951-1