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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de abril de 2010 416867 Personal y Escalafón, Ofi cina de Control de la Magistratura, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Ofi cina de Administración Distrital. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO CALDERON PUERTAS Presidente 478310-2 Conforman el Comité Especial Ad Hoc para la Licitación Pública de “Adquisición de uniformes para el personal administrativo y jurisdiccional de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte” CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 158-2010-CSJLN/PJ Independencia, diecinueve de marzo de dos mil diez.- VISTO: El Ofi cio Nº 602 -2010-A-CSJLN/PJ, de fecha 05 de febrero de 2010, emitido por la Jefa de la Ofi cina de Administración de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, mediante el cual solicita la designación del Comité Especial Ad Hoc para la Licitación Pública de “Adquisición de uniformes para el personal administrativo y jurisdiccional de la Corte de Justicia de Lima Norte”; y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 76º de la Constitución Política del Perú, las obras y la adquisición de suministros con utilización de fondos o recursos públicos se ejecutan obligatoriamente por contrata y licitación pública, así como también la adquisición o la enajenación de bienes. De igual modo, la contratación de servicios y proyectos cuya importancia y cuyo monto señala la Ley de Presupuesto se hace por concurso público. Que, el artículo 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 184- 2008-EF, establece que “El Titular de la Entidad o el funcionario a quien se hubiera delegado esta atribución, designará por escrito a los integrantes titulares y suplentes del Comité Especial indicando los nombres completos y quien actuará como presidente y cuidando que exista correspondencia entre cada miembro titular y suplente (…)”. De igual modo, el artículo 24 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por el D.L. 1017 – 2009, establece que “En las licitaciones públicas y concurso públicos, la entidad designará a un Comité Especial que deberá conducir el proceso”. Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 31º del Reglamento antes señalado, los procesos de selección serán conducidos por un Comité Especial, el cual se encargará de su organización, conducción y ejecución, desde la preparación de las Bases hasta la culminación del proceso, siendo por tanto competente, entre otros, para elaborar las Bases, convocar el proceso, absolver las consultas y observaciones, integrar las Bases, evaluar las propuestas, adjudicar la Buena Pro, declarar desierto; y, en general, todo acto necesario para el desarrollo del proceso de selección hasta el consentimiento de la Buena Pro. Que, mediante Resolución Administrativa N° 031-2009- P-PJ, de fecha veintitrés de enero de 2009, el Presidente del Poder Judicial delega en los Presidentes de cada Corte Superior de Justicia, la facultad, entre otros, de designar a los miembros del Comité Especial y Comité Especial Permanente. Que, mediante el documento de vistos, la señora Jefa de la Ofi cina de Administración Distrital solicita la designación del Comité Especial Ad Hoc para la Licitación Pública de “Adquisición de uniformes para el personal administrativo y jurisdiccional de la Corte de Justicia de Lima Norte”, el mismo que tendrá a su cargo la mencionada contratación correspondientes al año fi scal 2010. Que, considerando que la propuesta de conformación del Comité Especial antes señalado reúne los requisitos exigidos por la normatividad vigente de contrataciones públicas, resulta necesario emitir el acto administrativo respectivo para su aprobación y posterior actuación en el citado proceso de selección. Que por las consideraciones expuestas, y en uso de las facultades conferidas por el Titular del Pliego del Poder Judicial, mediante la Resolución Administrativa N° 031-2009-P-PJ, de fecha veintitrés de enero de 2009; la Presidencia, SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la propuesta presentada por la Ofi cina de Administración de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, en consecuencia, CONFORMAR el Comité Especial Ad Hoc, para la Licitación Pública de “Adquisición de uniformes para el personal administrativo y jurisdiccional de la Corte de Justicia de Lima Norte”, encargado de la organización, conducción y ejecución integral del proceso de selección para el ejercicio presupuestal 2010, el mismo que estará integrado por los siguientes servidores: Titulares Suplentes Fred Artidoro, VILLAR HUACHACA (Presidente) Renee Jesús, BUSTAMANTE VALENTÍN Geoffrey Tait, FERNÁNDEZ MARCELO (miembro) Marlon Jesús, CENTENO ROMERO Pedro Dante, GRANDA PATIÑO (miembro) Silvía Raquel, PASTOR RÍOS Artículo Segundo.- El Comité Especial referido en la presente resolución, actuará con sujeción a lo preceptuado en la Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1017, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, sus modifi catorias y demás normas complementarias. Artículo Tercero.- Encargar a la Ofi cina de Administración de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, la notifi cación de la presente resolución a los interesados y demás áreas pertinentes; del mismo modo, deberá notifi car el presente resolutivo a la Ofi cina de Inspectoría General del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO CALDERON PUERTAS Presidente 478310-3 Conforman el Comité Especial Permanente de Adjudicaciones Directas y de Menor Cuantía de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 159-2010-CSJLN/PJ Independencia, diecinueve de marzo de dos mil diez.- VISTO: El Ofi cio Nº 603 -2010-A-CSJLN/PJ, de fecha 05 de febrero de 2010, emitido por la Jefa de la Ofi cina de Administración de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, mediante el cual solicita la designación del Comité Especial Permanente de Adjudicaciones Directas y de Menor Cuantía para la conducción de procesos de adquisiciones; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 76º de la Constitución Política del Perú, las obras y la adquisición de suministros con utilización de fondos o recursos públicos se ejecutan obligatoriamente por contrata y licitación pública, así como también la adquisición o la enajenación de bienes. De igual modo, la contratación de servicios y proyectos cuya importancia y cuyo monto señala la Ley de Presupuesto se hace por concurso público; Que, el artículo 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 184-2008-EF, establece que “El Titular de la Entidad o el funcionario a quien se hubiera delegado esta atribución,