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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de abril de 2010 416851 ECONOMIA Y FINANZAS Fijan índices de corrección monetaria para efectos de determinar el costo computable de los inmuebles enajenados por personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 175 -2010-EF/15 Lima, 8 de abril de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y normas modificatorias, se dispone que en el caso de enajenación de bienes inmuebles el costo computable es el valor de adquisición, construcción o de ingreso al patrimonio reajustado por los índices de corrección monetaria que establece el Ministerio de Economía y Finanzas en base a los Índices de Precios al Por Mayor proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI); Que, conforme al artículo 11º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 122-94-EF y normas modificatorias, los índices de corrección monetaria serán fijados mensualmente por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, la cual será publicada dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes; Que en tal sentido, es conveniente fi jar los referidos índices de corrección monetaria; SE RESUELVE: Artículo Único.- En las enajenaciones de inmuebles que las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales -que optaron por tributar como tales- realicen desde el día siguiente de publicada la presente Resolución hasta la fecha de publicación de la Resolución Ministerial mediante la cual se fi jen los índices de corrección monetaria del siguiente mes, el valor de adquisición, de construcción o de ingreso al patrimonio, según sea el caso, se ajustará multiplicándolo por el índice de corrección monetaria correspondiente al mes y año de adquisición del inmueble, de acuerdo al Anexo que forma parte de la presente Resolución. El referido Anexo será publicado en el portal del Internet del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe) en la misma fecha en que sea publicada esta Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 478573-1 Formalizan las ampliaciones de la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada - PPTM del primer trimestre del año fiscal 2010 para los pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 011-2010-EF/76.01 Lima, 8 de abril de 2010 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, en la Primera Disposición Final - inciso b.1), se incorpora el artículo 29º-A en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el cual establece que la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada - PPTM es determinada por la Dirección General del Presupuesto Público, con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a fi n de servir como el instrumento de ejecución del gasto público de corto plazo, a través del cual se determinan los montos máximos trimestrales mensualizados que los pliegos del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales podrán ejecutar para la provisión de bienes, servicios, obras y servicio de la deuda, según corresponda, en el marco de la disciplina fi scal y el Marco Macroeconómico Multianual; Que, asimismo, mediante el inciso a.3) de la Primera Disposición Final de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, se modifi ca el artículo 30º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, a fi n de disponer que los montos establecidos en la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada (PPTM) son considerados por los pliegos del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales para la aprobación de sus Calendarios de Compromisos Institucionales, cuando se trate de la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, en el marco de las disposiciones legales vigentes; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 042- 2009-EF/76.01 se estableció el monto de la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada - PPTM del primer trimestre del año fi scal 2010, por lo que, resulta necesario aprobar la formalización de las ampliaciones efectuadas a la PPTM durante el citado período, por aplicación de los Decretos Supremos Nºs. 001 y 077-2010-EF y por las solicitudes de los pliegos presupuestarios, en el marco de lo establecido en el artículo 13º numeral 13.3 de la Directiva Nº 005-2009-EF/76.01, aprobada por la Resolución Directoral Nº 043-2009-EF/76.01; y, adicionalmente, consolidar el monto de la citada PTTM; Que, es necesario, se formalice y consolide la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada - PPTM del primer trimestre del año fi scal 2010, de acuerdo al Informe Nº 027-2010-EF/76.12 de la Dirección de Programación y Evaluación de la Dirección General del Presupuesto Público; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 13º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3º y 4º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalizar las ampliaciones de la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada - PPTM del primer trimestre del año fi scal 2010 para los pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, ascendente a la suma de UN MIL QUINIENTOS UN MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 501 854 970,00), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, de acuerdo al detalle del Anexo Nº 1 de la presente Resolución Directoral, el mismo que ha sido transmitido por la Dirección General del Presupuesto Público a través del Sistema Integrado de Administración Financiera - SIAF. Artículo 2º.- Establecer el monto consolidado de la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada - PPTM del primer trimestre del año fi scal 2010, que comprende el monto aprobado por la Resolución Directoral Nº 042-2009- EF/76.01 y el monto indicado en el artículo precedente, de acuerdo al detalle del Anexo Nº 2 de la presente Resolución Directoral. Regístrese, Comuníquese y Publíquese ROGER DIAZ ALARCON Director General Dirección General del Presupuesto Público