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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (09/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de abril de 2010 416852 LEY Nº 29465 DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2010 PREVISION PRESUPUESTARIA TRIMESTRAL MENSUALIZADA PPTM - PRIMER TRIMESTRE DEL AÑO FISCAL 2010 FUENTE DE FINANCIAMIENTO : RECURSOS ORDINARIOS ( EN NUEVOS SOLES ) RESOLUCION DIRECTORAL Nº 011-2010-EF/76.01 ANEXO Nº 1 GOBIERNO NACIONAL ENERO FEBRERO MARZO TOTAL GASTOS CORRIENTES 488 407 093 308 111 845 347 264 761 1 143 783 699 GASTOS DE CAPITAL 294 186 002 9 208 650 20 203 733 323 598 385 TOTAL 782 593 095 317 320 495 367 468 494 1 467 382 084 GOBIERNOS REGIONALES ENERO FEBRERO MARZO TOTAL GASTOS CORRIENTES 1 216 596 2 424 931 879 003 4 520 530 GASTOS DE CAPITAL 10 091 508 19 860 848 29 952 356 TOTAL 1 216 596 12 516 439 20 739 851 34 472 886 TOTAL GENERAL 783 809 691 329 836 934 388 208 345 1 501 854 970 ANEXO Nº 2 GOBIERNO NACIONAL ENERO FEBRERO MARZO TOTAL GASTOS CORRIENTES 2 587 794 571 2 190 521 785 2 189 102 538 6 967 418 894 GASTOS DE CAPITAL 547 969 856 360 819 179 454 599 856 1 363 388 891 SERVICIO DE LA DEUDA 125 672 327 429 304 923 4 745 471 559 722 721 TOTAL 3 261 436 754 2 980 645 887 2 648 447 865 8 890 530 506 GOBIERNOS REGIONALES ENERO FEBRERO MARZO TOTAL GASTOS CORRIENTES 909 955 285 737 006 244 750 975 714 2 397 937 243 GASTOS DE CAPITAL 137 144 980 105 348 030 130 539 135 373 032 145 TOTAL 1 047 100 265 842 354 274 881 514 849 2 770 969 388 TOTAL GENERAL 4 308 537 019 3 823 000 161 3 529 962 714 11 661 499 894 478131-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 003-2010-EF/68.01 Mediante Ofi cio Nº 012-2010-EF/15.03, el Ministerio de Economía y Finanzas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Directoral Nº 003-2010-EF/68.01, publicada en nuestra edición del día 30 de marzo de 2010 DICE: Artículo 1º.- Reconstrucción o rehabilitación de infraestructura pública dañada por las lluvias y deslizamientos, ocurridos desde el último trimestre del año 2009, que constituyan proyectos de inversión pública […] 1.2 En caso el monto de inversión de los proyectos de inversión pública sea menor a S/. 1 200 000,00, estos serán evaluados a través del Formato SNIP 04 de la Directiva N° 001-2009-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública. De igual manera, deberá presentarse el informe de evaluación de daños del Comité Regional, Provincial o Distrital de Defensa Civil que sustente el nexo de causalidad entre el proyecto y la emergencia. DEBE DECIR: Artículo 1º.- Reconstrucción o rehabilitación de infraestructura pública dañada por las lluvias y deslizamientos, ocurridos desde el último trimestre del año 2009, que constituyan proyectos de inversión pública […] 1.2 En caso el monto de inversión de los proyectos de inversión pública sea igual o menor a S/. 1 200 000,00, estos serán evaluados a través del Formato SNIP 04 de la Directiva N° 001-2009-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública. De igual manera, deberá presentarse el informe de evaluación de daños del Comité Regional, Provincial o Distrital de Defensa Civil que sustente el nexo de causalidad entre el proyecto y la emergencia. 477564-1 ENERGIA Y MINAS Incluyen generación hidroeléctrica en la Segunda Convocatoria de la Subasta de Energías Renovables RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 162-2010-MEM/DM Lima, 8 de abril de 2010 CONSIDERANDO: Que, con fecha 15 de octubre de 2009 OSINERGMIN publicó la convocatoria a la primera Subasta de Suministro de Electricidad con Recursos Energéticos Renovables y se pusieron a la venta las Bases elaboradas por el Ministerio de Energía y Minas, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1002 “Ley de promoción de la inversión para la generación de electricidad con el uso de energías renovables”, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 050-2008-EM, en cuyo numeral 12.2 del artículo 12° se establece que los proyectos hidroeléctricos no se contabilizan en la cobertura de la Energía Requerida; Que, en concordancia con el referido marco legal, las Bases comprendieron una Energía Requerida de 1314 GWh/año, la cual estuvo conformada por la tecnología biomasa con 813 GWh/año, la tecnología eólica con 320 GWh/año y la tecnología solar con 181 GWh/año; y, adicionalmente, se estableció la participación de la generación RER hidroeléctrica hasta un máximo de 500 MW, compitiendo sólo por la Tarifa de Adjudicación ya que no forma parte de la Energía Requerida; Que, en el Anexo 5 del Acta Notarial de Adjudicación extendida el 12 de febrero de 2010 consta que la Energía Adjudicada fue de 887,24 GWh/año, compuesta por 143,30 GWh/año de la tecnología biomasa, 571 GWh/año de la tecnología eólica y 172,94 GWh/año de la tecnología solar; Que, habiendo quedado la Subasta parcialmente desierta por existir Energía Requerida no cubierta conformada por la tecnología biomasa con 419 GWh/año y la tecnología solar con 8 GWh/año, el 12 de marzo de 2010 OSINERGMIN publicó el aviso de la segunda convocatoria de la primera Subasta de Suministro de Electricidad con Recursos Energéticos Renovables, con el objeto de completar dicha Energía Requerida no cubierta, cumpliendo así con lo previsto en el primer párrafo del artículo 18° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1002; Que, por otra parte, en el referido Anexo 5 del Acta Notarial de Adjudicación también consta que la potencia adjudicada correspondiente a la tecnología hidroeléctrica RER fue de 161,71 MW, no habiéndose adjudicado 338,29 MW; Que, debe atenderse que en el Perú el recurso hídrico es abundante, de cuyo potencial hidroeléctrico sólo se usa el 5%, aproximadamente, y su aprovechamiento en la generación de energía eléctrica conlleva múltiples benefi cios socio-económicos para la población, tanto más cuanto dicho recurso tiene un menor costo relativo respecto de otros Recursos Energéticos Renovables, razón por la cual debe ser aprovechado efi cientemente; Que, por lo expuesto, no habiéndose cubierto el total de la potencia fi jada en 500 MW en la primera convocatoria, es concordante con la política del Sector Energía y Minas incluir en la segunda convocatoria de la primera Subasta de Suministro de Electricidad con Recursos Energéticos