Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2010 (24/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional; Que, asimismo, los Articulos 44º y 46º establecen que los permisos -entre otros derechos administrativosson derechos especificos que el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion) otorga a plazo determinado y a nivel nacional para el desarrollo de actividades pesqueras, conforme a lo dispuesto en la Ley y en las condiciones que determine su Reglamento; Que, el Articulo 28º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, dispone que existe obligacion de contar con permiso de pesca para dedicarse -entre otros- a la actividad de extraccion; Que, el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, modificado mediante Decreto Supremo Nº 015-2007PRODUCE, senala que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asimismo establece que no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, el ultimo parrafo del Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, establece que "en aquellos supuestos en los cuales los actos administrativos sancionadores han sido impugnados en la via administrativa o judicial, procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca encontrandose condicionada la vigencia a su resultado. En el caso que concluya el procedimiento administrativo sancionador mediante acto administrativo firme o de confirmarse las sanciones de multa mediante sentencias que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada, la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero suspendera el permiso de pesca si en el plazo concedido por la Administracion no se acredita el cumplimiento de las sanciones de multa impuestas, excluyendose a la embarcacion pesquera de los listados a que se refiere el Articulo 14º del Reglamento de la Ley General de Pesca, hasta que se solicite su reincorporacion; Que, los Articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, de fecha 5 de septiembre de 2002, establecen que los recursos sardina, jurel y caballa, seran destinados al consumo humano directo; y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto, solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada Resolucion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 280-95-PE, modificada en su titularidad por Resolucion Ministerial Nº 467-96-PE, se otorgo a GRUPO DE NEGOCIOS PAITA S.A. (GRUNEPA S.A.) permiso de pesca a plazo determinado, para operar la embarcacion pesquera GRUNEPA 1 de matricula Nº CO-5070-PM, para la extraccion de recursos hidrobiologicos destinados al consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm), en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa; Que, con Resolucion Directoral Nº 267-2004PRODUCE/DNEPP, de fecha 12 de octubre del 2004, se aprobo a favor de PACIFIC FISHlNG BUSINESS S.A., el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada GRUNEPA 1 de matricula Nº CO-5070-PM y 395.14 m3 de capacidad de bodega, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que, mediante escrito de Registro Nº 00013006-5 de fecha 20 de octubre de 2009, la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. solicito a fin de mejor resolver,

la desacumulacion de su solicitud de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera GRUNEPA 1 de matricula CO-5070-PM, lo cual fue aceptado con Resolucion Directoral Nº 898-2009-PRODUCE/DGEPP de fecha 11 de noviembre de 2009; Que, mediante el escrito del visto, la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. solicita nuevamente el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera GRUNEPA 1 de matricula CO5070-PM, teniendo en cuenta que fue aceptado su pedido de desacumulacion de su anterior solicitud, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado, adjuntando los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082009-PRODUCE; Que, de la evaluacion efectuada se aprecia que la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., presenta el Certificado Nacional de Arqueo con el que acredita que la embarcacion GRUNEPA 1 de matricula CO-5070-PM, tiene una capacidad de bodega de 395.14 m3, la misma que coincide con la capacidad autorizada, asimismo alcanza el Certificado Compendioso de Dominio de dicha embarcacion, emitido por la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA, mediante el cual se observa que la empresa LA FIDUCIARIA S.A. es la propietaria de la mencionada embarcacion, encontrandose inscrito el fideicomiso a favor de la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. y ademas presenta la carta de autorizacion emitida por la empresa LA FIDUCIARIA S.A.; Que, de otro lado se aprecia que segun Oficio Nº 0130-2010-PRODUCE/OGA/OEC de fecha 10 de febrero del 2010, la Oficina de Ejecucion Coactiva informo que la citada embarcacion no registra deudas pendientes cuya ejecucion se esta tramitando ante dicha Dependencia, asimismo se ha determinado que no registra deudas por concepto de derechos de pesca; Que, en este sentido, se ha verificado que la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado con Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, por lo que resulta procedente aprobar a su favor, la titularidad del permiso de pesca de la referida embarcacion pesquera; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 167-2010PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas a traves del Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0102006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor de la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera GRUNEPA 1 de matricula Nº CO-5070-PM en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado, por Resolucion Ministerial Nº 280-95-PE modificada por Resolucion Directoral Nº 267-2004-PRODUCE/DNEPP. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a PACIFIC FISHlNG BUSINESS S.A., mediante la Resolucion Directoral Nº 267-2004PRODUCE/DNEPP, para operar la embarcacion pesquera GRUNEPA 1 de matricula CO-5070-PM. Articulo 3º.- Incorporar a la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera GRUNEPA 1 de matricula CO-5070-PM, asi como la presente Resolucion al Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE y al Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE, respectivamente,

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