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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (24/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de abril de 2010 417790 el cargo de Sub Jefe del Instituto Nacional de Salud del Ministerio de Salud; Que resulta conveniente aceptar la renuncia presentada por el profesional antes citado al cargo de Sub Jefe del Instituto Nacional de Salud del Ministerio de Salud y designar en su reemplazo al profesional correspondiente; Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios; en la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2010; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276 y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el médico cirujano César Augusto Cabezas Sánchez, al cargo de Sub Jefe, Nivel F-5, del Instituto Nacional de Salud del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al médico cirujano Luis Alberto Santa María Juárez, en el cargo de Sub Jefe, Nivel F-5, del Instituto Nacional de Salud del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 484941-1 Oficializan la “Semana Nacional de Vacunación” en el marco de la Semana de Vacunación de las Américas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 348-2010/MINSA Lima, 23 de abril del 2010 Visto el Expediente Nº 10-033381-001, que contiene el Informe Nº 040-2010-ESNI-DGSP/MINSA de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que en la Resolución Nº CD 47.R10, sobre la Estrategia Regional para mantener los Programas Nacionales de Vacunación en las Américas, realizada en el mes de setiembre del 2006, se instó a los Estados Miembros para que ejecuten las políticas y estrategias operativas para alcanzar la cobertura de todas las vacunas ordinarias mayor al 95% en todos los distritos; Que en concordancia con los lineamientos de Política de Salud es necesario incrementar sostenida y progresivamente las coberturas de inmunizaciones, impidiendo por consiguiente la circulación de virus y bacterias que causan enfermedades inmunoprevenibles, tales como poliomielitis, sarampión, rubéola, paperas, tos ferina, difteria, fi ebre amarilla, hepatitis B, neumococo, rotavirus e infl uenza, fortaleciendo asimismo el control de éstas; Que mediante Resolución Ministerial Nº 457-2009/ MINSA, se aprobó la NTS Nº080-MINSA/DGSP V.01, Norma Técnica de Salud, que establece el Esquema Nacional de Vacunación, disponiendo en el numeral 6.16, como una de las actividades complementarias de inmunizaciones a partir del año 2009, la Campaña Nacional de Vacunación de “Semana de Vacunación en las Américas”, bajo la cual se enmarca la denominación de “Semana Nacional de Vacunación”. Que mediante el Informe Nº 040-2010-ESNI-DGSP/ MINSA, la Dirección General de Salud de las Personas, solicita la ofi cialización de la Semana Nacional de Vacunación, para fortalecer las actividades de vacunación en el menor de 0 a 5 años, para completar los esquemas de las vacunas contra el Neumococo y Pentavalente y de esta manera cerrar las brechas de cobertura en el ámbito nacional; Que del mismo modo la Semana Nacional de Vacunación permitirá fortalecer la Vacunación contra la Influenza A H1N1, dando énfasis a la vacunación de la población priorizada y del personal de salud para facilitar una respuesta oportuna, contribuyendo a reducir la vulnerabilidad de la salud pública y evitando un exceso de morbi-mortalidad por la Influenza A H1N1; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud de las Personas; Con el visado del Director General de la Dirección General de Salud de las Personas, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y; De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ofi cializar la “Semana Nacional de Vacunación” en el marco de la Semana de Vacunación de las Américas, la cual se desarrollará del 26 al 30 de abril de 2010, fi jándose como fecha central el día 26 de abril de 2010. Artículo 2º.- Disponer que las actividades de vacunación iniciadas en el marco de la “Semana de Vacunación en las Américas”, continúen hasta el día 31 de mayo de 2010 para la vacunación de las vacunas del esquema regular del menor de 5 años y hasta el 31 de julio de 2010 para la vacunación contra la Infl uenza A H1N1, debiendo efectuarse el seguimiento sanitario respectivo. Artículo 3º.- Se deberán completar los esquemas de vacunación de la vacuna Pentavalente a los niños desde los 06 meses hasta los 4 años 11 meses y 29 días, de acuerdo a lo normado en la NTS Nº080-MINSA/DGSP V.01, Norma Técnica de Salud que establece el Esquema Nacional de Vacunación. Artículo 4º.- Se deberán completar los esquemas de vacunación de la vacuna contra el Neumococo a los niños desde los 03 meses hasta los 3 años 11 meses y 29 días, de acuerdo a lo normado en la NTS Nº080-MINSA/DGSP V.01, Norma Técnica de Salud que establece el Esquema Nacional de Vacunación. Artículo 5º.- Se intensifi carán las acciones de vacunación en los establecimientos de salud estableciendo 3 turnos de atención que garanticen el acceso de la población a fi n de completar los esquemas de vacunación en el menor de 5 años y la vacunación contra la Infl uenza A H1N1 en la población objetivo. Artículo 6º.- La Estrategia Sanitaria Nacional de Inmunizaciones de la Dirección General de Salud de las Personas, a través del Comité Técnico Permanente, socializará, monitoreará y supervisará el cumplimiento de los lineamientos técnicos de la mencionada vacunación. Artículo 7º.- Las Direcciones de Salud, las Direcciones Regionales de Salud o quien haga sus veces a nivel Nacional, son responsables del cumplimiento de la presente Resolución, debiendo presentar el informe fi nal correspondiente a la Dirección General de Salud de las Personas quien a su vez la elevará a la Alta Dirección del Ministerio de Salud. Artículo 8º.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente Resolución en la dirección electrónica http://www.minsa.gob.pe/portal/06 Transparencia/normas.asp del Portal de Internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 485669-1