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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (05/08/2010)

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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de agosto de 2010 423208 que corresponde cancelar a los titulares de las concesiones forestales con fi nes maderables. La aprobación de dichas medidas deberá contar con la opinión previa del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Normatividad complementaria al Reglamento de la Ley Nº 27308 Precisar que las normas y disposiciones complementarias al Reglamento de la Ley Nº 27308, emitidas por el Ministerio de Agricultura y el ex Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, mantienen su vigencia hasta su modifi cación o derogación por la autoridad competente. Segunda.- Convenios de Colaboración Interinstitucional Para el cumplimiento efi caz de las medidas señaladas en la presente norma, los Gobiernos Regionales y la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura podrán suscribir convenios de colaboración interinstitucional en el marco de las disposiciones vigentes. La Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre deberá informar oportunamente al Viceministro de Agricultura sobre la implementación de dichos convenios. Tercera.- Vigencia Las disposiciones aprobadas mediante el presente Decreto Supremo, entrarán en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Cuarta.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Agricultura. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Disposición derogatoria Deróguese toda disposición normativa que se oponga a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de agosto del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura 526700-2 Designan representante del Ministerio de Agricultura ante la Sección Natural Peruana de la Comisión Permanente del Pacífico Sur RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0486-2010-AG Lima, 3 de agosto de 2010 VISTO: El Ofi cio Nº 846-2010-ANA-SG/DCPRH de fecha 22 de julio de 2010, del Secretario General de la Autoridad Nacional del Agua y el Informe Nº 018-2010-ANA- DCPRH-ASUP/MVC, de fecha 12 de mayo de 2010 emitido por el Coordinador de Aguas Superfi ciales de la Autoridad Nacional del Agua, solicitando la designación del representante del Ministerio de Agricultura ante la Sección Nacional Peruana de la Comisión Permanente del Pacífi co Sur – CPPS; y, CONSIDERANDO: Que, la Comisión Permanente del Pacífi co Sur – CPPS es un organismo regional marítimo creado para la coordinación de las políticas marítimas de sus Estados Miembros, Chile, Colombia, Ecuador y Perú, creada el 18 de agosto de 1952 con la Declaración sobre Zona Marítima; Que, por Decretos Supremos Nrs. 04-71-RE y 005- 78-RE, de fechas 26 de marzo de 1971 y 15 de agosto de 1978, respectivamente, se aprobaron el “Estatuto sobre Funcionamiento de las Secciones Nacionales de la Comisión Permanente del Pacífi co Sur” y se reorganizó la composición de la Sección Nacional Peruana de la Comisión Permanente del Pacífi co Sur; Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-86-RE, se amplió la composición de la Sección Nacional Peruana de la Comisión Permanente del Pacífi co Sur, estando integrado entre otros, por un representante de la Ofi cina Nacional de Evaluación de Recursos Naturales, ente que posteriormente integró al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA; Que, por Decreto Supremo Nº 030-2008-AG se aprobó la fusión del INRENA e INADE en el Ministerio de Agricultura, siendo este último el ente absorbente; Que, mediante el Informe del visto se sustenta la relación que tiene la Autoridad Nacional del Agua con la Sección Nacional Peruana de la Comisión Permanente del Pacífi co Sur, en virtud que de conformidad con lo establecido en el artículo 33º de la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338, La Autoridad Nacional del Agua coordina con el Ministerio de Relaciones Exteriores la suscripción de acuerdos multinacionales que tengan por fi nalidad la gestión integrada del agua en cuencas transfronterizas, en este caso la cuenca del Pacífi co; Que, por tanto, resulta necesario que un representante de la Autoridad Nacional del Agua, en su calidad de ente rector y máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos en el país, integre la Sección Nacional Peruana de la Comisión Permanente del Pacífi co Sur como representante del Ministerio de Agricultura; De conformidad, con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG. SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Ing. Oscar Alberto Avalos Sanguinetti, Director de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua como representante del Ministerio de Agricultura ante la Sección Nacional Peruana de la Comisión Permanente del Pacífi co Sur. Regístrese, comuníquese y publíquese. ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura 526503-1 Designan Director General de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0488-2010-AG Lima, 3 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0177-2010- AG, se encargo al señor Ing. Juan Carlos Viladegut Moreno las funciones de Director General de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica del Ministerio de Agricultura; Que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia a la mencionada encargatura y efectuar la designación correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 997 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio