Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2010 (05/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de agosto de 2010

a) Garantizar la absoluta neutralidad del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, Organos Desconcentrados, Programas y/o Proyectos especiales, y Unidades Ejecutoras; y de sus funcionarios, empleados publicos y personas que prestan servicios en al Sector bajo cualquier modalidad contractual, MORDAZA y durante el MORDAZA de elecciones regionales y municipales de 2010. b) Asegurar que no se utilicen, de forma directa o indirecta, bienes o recursos de propiedad o administrados por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, para realizar actividades politico partidarias o de proselitismo politico MORDAZA y durante el MORDAZA de elecciones regionales y municipales de 2010. II. FINALIDAD Contribuir con la neutralidad y transparencia del MORDAZA Electoral 2010 convocado por el Gobierno Nacional. III. BASE LEGAL a) Constitucion Politica del Peru. b) Codigo Penal. c) Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones. d) Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales. e) Ley Nº 27815, Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica. f) Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica. g) Ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico. h) Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico. i) Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa. j) Decreto Supremo Nº 019-2010-PCM, que convoca a elecciones regionales y municipales. k) Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Fomento del Empleo. l) Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el regimen especial de contratacion administrativa de servicios m) Resolucion Nº 057-2010-JNE, que aprobo el Reglamento sobre el Uso de Publicidad Estatal en Elecciones Regionales y Municipales. IV. ALCANCE Esta Directiva es de cumplimiento obligatorio para los funcionarios, empleados publicos y personas que prestan servicios en el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, Organos Desconcentrados, Programas y/o Proyectos especiales, y Unidades Ejecutoras, independientemente de su regimen laboral y/o contractual, durante el horario de trabajo o mientras permanezcan en las instalaciones y/o locales institucionales, asi como durante las comisiones de servicio que realicen, MORDAZA y durante el MORDAZA de elecciones regionales y municipales de 2010. Esta Directiva no es de aplicacion para empleados publicos que, de acuerdo con las normas electorales, hayan obtenido licencia para participar como candidatos durante el MORDAZA electoral del ano 2010, siempre que durante el tiempo que dure la licencia, no actuen como empleados publicos ni utilicen recursos del Estado con fines politicos electorales. V. NORMAS 1.1 Glosario de terminos Candidato Ciudadano postulante a cualquier cargo de eleccion popular, incluyendose aquellos que han manifestado publicamente su voluntad de postular a un cargo elegido por MORDAZA popular, aunque no hayan inscrito aun su organizacion politica o candidatura. Empleado Publico Todo funcionario publico, empleado de confianza o servidor publico, que desempene actividades o funciones en nombre del Estado, sin importar el regimen juridico de la entidad en la que se presta servicios ni el regimen laboral o de contratacion al que este sujeto.

Organizaciones politicas Todas las organizaciones politicas de alcance nacional, regional, local, provincial o local, distrital, inscritas o no en el Registro de Organizaciones politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones. Proselitismo politico Cualquier actividad realizada por los empleados publicos en el ejercicio de su funcion, o, por medio de la utilizacion de los bienes, de las entidades en las que laboran o prestan servicios, MORDAZA, durante o despues del horario de trabajo dentro de la sede central o en las oficinas descentralizadas de la Institucion; que este destinada a favorecer o perjudicar los intereses particulares de organizaciones politicas de cualquier indole o de sus representantes o de sus candidatos, se encuentren inscritas o no. 1.2 Principios rectores. Los funcionarios, empleados publicos y personas que prestan servicios en el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, Organos Desconcentrados, Programas y/o Proyectos especiales, y Unidades Ejecutoras, independientemente de su regimen laboral y/o contractual, durante el horario de trabajo o mientras permanezcan en las instalaciones y/o locales institucionales, tienen la obligacion MORDAZA y durante el MORDAZA de Elecciones Regionales y Municipales de 2010, de observar, contribuir y respetar los siguientes principios: a) Legalidad, para asegurar la aplicacion de la legislacion vigente y garantizar que se apliquen limitaciones que sobre la actuacion politica establece el ordenamiento juridico. b) Transparencia, para garantizar una actuacion publica diafana que no admite guardar reserva sino en aquellos casos dispuestos por la ley. c) Imparcialidad y neutralidad para asegurar que ningun empleado publico actue a favor o en contra de las organizaciones politicas o de los candidatos que participan en el MORDAZA electoral, utilizando para ello el poder derivado de su cargo. d) Equidad, para asegurar que quienes participen en un MORDAZA electoral tengan las mismas oportunidades dentro del MORDAZA legal y frente a las garantias que debe dar el Estado a todos los ciudadanos para el ejercicio del derecho de participacion politica. VI. MECANICA OPERATIVA. 6.1 MORDAZA DE QUEJAS Y DENUNCIAS. Los funcionarios, empleados publicos y personas que prestan servicios en el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, Organos Desconcentrados, Programas y/o Proyectos especiales, y Unidades Ejecutoras, independientemente de su regimen laboral y/o contractual, durante el horario de trabajo o mientras permanezcan en las instalaciones y/o locales institucionales, asi como durante las comisiones de servicio que realicen, MORDAZA y durante el MORDAZA de elecciones regionales y municipales de 2010, que tengan conocimiento de cualquier acto que contravenga lo dispuesto en la presente directiva, tiene la obligacion de denunciar los hechos ante la Secretaria General del Ministerio. La Secretaria General en un plazo no mayor de diez (10) dias utiles, atendera y procesara previa evaluacion, las denuncias sobre los hechos que contravengan lo dispuesto en la presente Directiva, efectuados por funcionarios, empleados publicos y personas que prestan servicios en el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, Organos Desconcentrados, Programas y/o Proyectos especiales, y Unidades Ejecutoras, independientemente de su regimen laboral y/o contractual, que por su extension se encuentre comprendida dentro de los alcances de la presente Directiva. Los funcionarios, empleados publicos y personas que prestan servicios en el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, Organos Desconcentrados, Programas y/o Proyectos especiales, y Unidades Ejecutoras, independientemente de su regimen laboral y/o contractual, durante el horario de trabajo o mientras permanezcan en las instalaciones y/o locales institucionales, asi como durante las comisiones de servicio que realicen, se

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