Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2010 (05/08/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES

423213

2.7 Consumidor Ofertante.- Es el Consumidor que requiere vender produccion y/o capacidad de transporte de gas natural a firme en el MORDAZA MORDAZA y que ha sido calificado como tal por el Administrador del MECAP. Las palabras utilizadas en el Reglamento, que se encuentren con inicial mayuscula y no esten dentro de las definiciones anteriores, tendran el significado que le atribuye la normatividad sectorial vigente. Articulo 3º.- Alcance del Reglamento El presente reglamento es de alcance a todas las operaciones de transferencia de produccion y/o capacidad de transporte de gas natural que se realicen en el MORDAZA Secundario. En Situaciones de Congestion dentro de un Periodo de Congestion, declarado por el COES en virtud del Articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 1041, prevalecera la reasignacion de gas natural ordenado por esta MORDAZA norma. Articulo 4º.- El MECAP Las subastas de transferencia de produccion y/o capacidad de transporte de gas natural en el MORDAZA MORDAZA, seran llevadas a cabo a traves del MECAP, siendo el Administrador del MECAP el responsable de proveer la plataforma electronica, conducir la subasta y garantizar la confiabilidad y transparencia del sistema. Los Consumidores que requieran participar en el MORDAZA MORDAZA no requieren la obtencion de una autorizacion para realizar la actividad de comercializacion.

7.8 Proponer para la aprobacion del Ministerio de Energia y Minas los procedimientos necesarios para el ejercicio de sus competencias. Articulo 8º.- Cargos aplicables en el MORDAZA MORDAZA El costo de administracion del MECAP sera fijado por el Ministerio de Energia y Minas y sera pagado por los Consumidores Ofertantes y los Consumidores Demandantes, mediante el cargo por derecho de participacion en el MORDAZA Secundario. Articulo 9º.- Reglas Adicionales Las transferencias de produccion y/o capacidad de transporte que se realicen en el MORDAZA MORDAZA, no dispensan al Consumidor Ofertante de la obligacion de pago al Contratista y/o al concesionario de transporte. La transferencia de produccion y capacidad de transporte de gas natural que impliquen cambios o modificaciones en los Puntos de Entrega (PE), requeriran la aprobacion de la concesionaria de transporte y de la concesionaria de distribucion, de ser el caso. La concesionaria de transporte y la concesionaria de distribucion, de ser el caso, deberan ofrecer capacidad firme si hubiere disponible, o transporte interrumpible si no hubiere, para las operaciones en las que se determina un MORDAZA punto de entrega para la transferencia Articulo 10º.- Cumplimiento de normas sectoriales El Consumidor Demandante adjudicado, debera cumplir con las normas sectoriales de operacion y seguridad. La supervision, fiscalizacion y sancion sera competencia del OSINERGMIN.

CAPITULO SEGUNDO. REGLAS DE LA TRANSFERENCIA DE PRODUCCION Y/O CAPACIDAD DE TRANSPORTE EN EL MORDAZA MORDAZA
Articulo 5º.- Cantidad y Temporalidad 5.1 Los Consumidores Ofertantes pueden transferir el integro de su produccion contratada y/o capacidad de transporte firme contratada, o una parte de estas. 5.2 Los Consumidores Ofertantes podran solicitar su incorporacion en la subasta en el MORDAZA MORDAZA, especificando la cantidad y precio de la produccion y/o transporte firme que desean transferir. 5.3 Los Consumidores Demandantes podran solicitar su incorporacion en la subasta en el MORDAZA MORDAZA, especificando la cantidad y precio de la produccion y/o transporte firme que desean contratar. 5.4 Las subastas a que se refiere el parrafo anterior, tendran unicamente una vigencia temporal de un (1) dia (24 horas). Articulo 6º.- Criterios de adjudicacion en las subastas del MORDAZA MORDAZA El punto de equilibrio del MORDAZA MORDAZA se determinara a partir de las curvas de oferta y demanda construidas utilizando las cantidades y precios ofertados por los Consumidores Ofertantes y las cantidades y precios solicitados por los Consumidores Demandantes. El precio de venta y la asignacion de cantidades a los Consumidores Ofertantes y a los Consumidores Demandantes se obtendran producto del punto de equilibrio del MORDAZA MORDAZA utilizando el MECAP. Articulo 7º.- Administrador del MECAP El Administrador del MECAP sera una persona juridica contratada por el Ministerio de Energia y Minas, cuyos recursos se generaran de los cargos a que se refiere el Articulo 8º, y tendra encargadas las siguientes funciones: 7.1 Recibir solicitudes de venta de produccion y/o capacidad de transporte de gas natural en el MORDAZA Secundario. 7.2 Administrar las subastas electronicas. 7.3 Calificar a los Participantes (Consumidores Demandantes y Ofertantes). 7.4 Realizar el despeje del MORDAZA Secundario; asi como las cantidades y precios de adjudicacion. 7.5 Registrar las operaciones realizadas en el MORDAZA Secundario. 7.6 Resolver los reclamos e impugnaciones. 7.7 Aprobar los mecanismos de pago y las garantias financieras de participacion en el MORDAZA secundario.

DISPOSICION TRANSITORIA
Primera Disposicion Transitoria.- El Ministerio de Energia y Minas, mediante Resolucion Ministerial, aprobara las normas reglamentarias que permitan la aplicacion del presente decreto supremo, considerando entre otros, las compensaciones a favor de los Agentes Demandantes que resulten adjudicados, producto del incumplimiento del Productor o Transportista, lineamientos para el desarrollo de los procesos de subasta, los plazos respectivos, los criterios para la calificacion de los Consumidores Ofertantes y Demandantes, el tratamiento de las garantias, requisitos y facultades del Administrador del MECAP. MORDAZA Disposicion Transitoria.- Durante un plazo no mayor a un (1) ano de publicado el presente reglamento, las operaciones en el MORDAZA MORDAZA podran realizarse en forma de acuerdos bilaterales, luego de lo cual deberan adecuarse al mecanismo de subasta electronica que regula el presente Decreto Supremo. El Ministerio de Energia y Minas definira mediante Resolucion Ministerial la fecha de entrada en vigencia del mecanismo de subasta electronica. Las operaciones que se realicen tendran una vigencia que no exceda en mas de dos meses al plazo de un ano senalado en la presente disposicion transitoria.

526700-4

INTERIOR
Autorizan viaje de oficiales de la PNP a EE.UU. para ejecutar la extradicion activa de procesado por delito contra la MORDAZA, el cuerpo y la salud - parricidio
RESOLUCION SUPREMA Nº 065-2010-IN
MORDAZA, 4 de agosto de 2010 VISTO, la Hoja de Estudio y Opinion Nº 22-2010DGPNP/INTERPOL-EM, del 13 de MORDAZA de 2010, formulada por el Jefe de Estado Mayor de la Oficina Central Nacional INTERPOL - MORDAZA, mediante la cual se recomendo la autorizacion de viaje al extranjero en comision del servicio del MORDAZA de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del Mayor de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.