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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (05/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de agosto de 2010 423220 sugerencias y comentarios que han sido evaluados e incluidos en el referido protocolo; Con los visados del Despacho Viceministerial de Pesquería, de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y de conformidad con las normas citadas precedentemente, y el Decreto Legislativo Nº 1047 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el “Protocolo para el Monitoreo de Emisiones Atmosféricas y de Calidad de Aire de la Industria de Harina y Aceite de Pescado y de Harina de Residuos Hidrobiológicos” que en calidad de anexo, forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial y el anexo a que se refi ere el artículo 1 en el Portal Electrónico del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe) en la misma fecha de la publicación ofi cial, bajo responsabilidad”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ NICANOR GONZALES QUIJANO Ministro de la Producción 526433-1 SALUD Autorizan incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto del Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2010 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 611-2010/MINSA Lima, 27 de julio del 2010 VISTO: el Informe Nº 143-2010-OGPP-OP/MINSA de la Ofi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y de la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, se expidió la Resolución Ministerial N° 900-2009/ MINSA, de fecha 30 de diciembre de 2009, que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2010 del Pliego 011 Ministerio de Salud; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los límites y procedimientos mediante los cuales podrán ser modifi cados los créditos presupuestarios contenidos en los Presupuestos del Sector Público; Que, el literal a), numeral 42.1 del artículo 42º y artículo 69º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad, cuando provienen de las Fuentes de Financiamiento distintas a las de Recursos Ordinarios y recursos por operaciones ofi ciales de crédito que se produzcan durante el año fi scal; Que, el numeral 2.2. del artículo 2º, Capítulo I, del Anexo Nº 1: Ejecución del Presupuesto de los Pliegos del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales, de la Directiva Nº 005-2009-EF/76.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” aprobada mediante Resolución Directoral Nº 043-2009-EF/76.01, establece el modelo y plazos de presentación de las resoluciones de aprobación de la incorporación de mayores fondos públicos; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 135-2010- PCM, de fecha 27 de abril de 2010, la Presidencia del Consejo de Ministros ha asignado al Pliego 011 Ministerio de Salud, los recursos fi nancieros para la culminación de la actividad “Evaluación del desarrollo psicomotor, toma de medidas antropométricas y dosaje de hemoglobina para el monitoreo del crecimiento y desarrollo de niñas y niños menores de cinco años en los establecimientos de salud del ámbito CRECER”, hasta por el monto de S/. 26 833 599,60, el cual se distribuye en las Genéricas de Gasto 2.3 Bienes y Servicios y 2.6 Adquisición de Activos no Financieros, hasta por los montos de S/.5 376 876,60 y S/. 21 456 726,00, respectivamente; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 2.2 del artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 037-2010, publicado el día 11 de mayo de 2010, que establece medidas en materia económica y fi nanciera en los pliegos del Gobierno nacional para el cumplimiento de las metas fi scales del año fi scal 2010, la genérica “Bienes y servicios” a nivel de Pliego Presupuestario no podrá ser habilitadora ni habilitada por modifi caciones en el nivel institucional o en el nivel funcional programático; motivo por el cual, sólo fue posible autorizar la incorporación de los recursos destinados a la Genérica de Gasto 2.6 Adquisición de Activos no Financieros, hasta por el monto de S/. 21 456 726,00, mediante Resolución Ministerial Nº 423-2010/MINSA, del 20 de mayo de 2010; Que, el numeral 2.4 del artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 041-2010, a través del cual se dictan medidas fi nancieras en el Gobierno Nacional para la implementación de la Ley de la Carrera Pública Magisterial, la prestación de los servicios en los establecimientos de salud y el monitoreo del crecimiento y desarrollo de niños y otras acciones, autoriza al Ministerio de Salud a incorporar en su presupuesto institucional y ejecutar los recursos transferidos por la Presidencia del Consejo de Ministros mediante Resolución Ministerial Nº 135-2010/PCM, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 019-2010, para ser destinado a implementar la evaluación del desarrollo psicomotor, toma de medidas antropométricas y dosaje de hemoglobina para el monitoreo del crecimiento y desarrollo en menores de 5 años en los establecimientos de salud del ámbito CRECER; lo que hace posible la incorporación de los recursos destinados a la Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, hasta por el monto de S/. 5 376 876.60; Que, el numeral 2.5 del artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 041-2010, establece que la incorporación señalada se debe realizar previa opinión favorable de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, la cual fue otorgada mediante Ofi cio Nº 247-2010-EF/76.19, del 22 de junio de 2010; Que, de acuerdo al numeral 3.2 del artículo 3º de la Directiva Nº 005-2009-EF/76.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, establece que los montos que se consignen en las disposiciones que aprueban las modifi caciones presupuestarias deben registrarse en números enteros; motivo por el cual, la incorporación de los recursos destinados a la Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, es de S/. 5 376 877.00; Estando a lo informado por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Ofi cina de Presupuesto y con las visaciones del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo previsto en el literal a), numeral 42.1, del artículo 42º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el numeral 2.4, del artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 041-2010; y, lo dispuesto en el artículo 8º, literal l), de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Objeto Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 011 Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2010, en la Fuente de Financiamiento 5 Recursos Determinados, hasta por la suma de CINCO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 376 877,00), de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS En Nuevos Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 RECURSOS DETERMINADOS 1.4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 5 376 877,00 1.4.2 DONACIONES DE CAPITAL 5 376 877,00 1.4.2.3 DE OTRAS UNIDADES DE GOBIERNO 5 376 877,00