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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (11/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de agosto de 2010 423545 de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República de Colombia, detallado a continuación, para participar en la “II Conferencia de Jefes de Defensa de América”, a realizarse en la ciudad de Lima, del 06 al 09 de agosto de 2010: 1. Almirante DAVID RENE MORENO MORENO 2. Cap. Fragata DARWIN ALBERTO ALONSO TORRES 3. Coronel MICHEL BROWN 4. Cap. Navío ROBERTO ALVARADO VELARDE Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE Ministro de Comercio Exterior y Turismo Encargado del Despacho de Defensa 529076-1 ENERGIA Y MINAS Delegan al Viceministro de Energía la facultad de suscribir convenios y adendas a efectos de propiciarse la ejecución del Proyecto “Construcción de la Planta de Fraccionamiento en la Provincia de La Convención” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 340-2010-MEM/DM Lima, 10 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Energía y Minas tiene por fi nalidad promover el desarrollo integral y sostenible de las actividades minero-energéticas normando y/o supervisando, según sea el caso, el cumplimiento de las políticas de alcance nacional. Es una función institucional del MEM promover la inversión en el Sector, según se desprende del contenido del artículo 6º, literal a) del Decreto Ley 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas, función prevista también en los Planes Sectoriales de corto y mediano plazo de la entidad; Que, conforme a las funciones y atribuciones del Ministro de Energía y Minas, según se desprende del contenido de los literales e) y k) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007- EM, éste podrá delegar en los Viceministros y Secretario General u otro funcionario las facultades y atribuciones que no sean privativas a sus funciones de Ministro de Estado, específi camente aquellos convenios de colaboración interinstitucional, acuerdos y contratos relacionados con las actividades del Sector; Que, a efectos de propiciarse la ejecución del Proyecto “Construcción de la Planta de Fraccionamiento en la Provincia de La Convención”, ubicado en la Región Cusco, se ha visto por conveniente suscribir un Convenio Marco y sus consecutivos Convenios Específi cos, entre el Ministerio de Energía y Minas, el Gobierno Regional del Cusco, la Municipalidad Provincial de La Convención y la Municipalidad Distrital de Echarate, para dotarse de fi nanciamiento a la ejecución del acotado Proyecto; Que, siendo política de la Alta Dirección desconcentrar la gestión administrativa de la Entidad, resulta necesario delegar, bajo el ámbito de sus competencias, en el Viceministro de Energía, la facultad de suscribir el Convenio Marco, los Convenios Específi cos necesarios, así como Adendas de los mismos, con el Gobierno Regional del Cusco, la Municipalidad Provincial de La Convención y la Municipalidad Distrital de Echarate, a fi n de propiciarse la ejecución del Proyecto “Construcción de la Planta de Fraccionamiento en la Provincia de La Convención”, ubicado en la Región Cusco; De conformidad con lo establecido en el último párrafo del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Delegar en el Viceministro de Energía la facultad de suscribir convenios y adendas en representación del Ministerio de Energía y Minas, con el Gobierno Regional del Cusco, la Municipalidad Provincial de La Convención y la Municipalidad Distrital de Echarate, a efectos de propiciarse la ejecución del Proyecto “Construcción de la Planta de Fraccionamiento en la Provincia de La Convención”, ubicado en la Región Cusco. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 529066-1 JUSTICIA Conceden indulto por razones humanitarias a interna del Establecimiento Penitenciario de Chorrillos I RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 152-2010-JUS Lima, 10 de agosto de 2010 Visto el Informe Humanitario Nº 0025 – 2010 y el Acta de Sesión de fecha 20 de julio de 2010, con recomendación favorable de la Comisión de Gracias Presidenciales. CONSIDERANDO: Que, ALICIA DORA REYES VARA, es interna del Establecimiento Penitenciario de Chorrillos I; Que, de conformidad con el artículo 1º de la Constitución Política del Perú, la defensa de la persona