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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (11/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de agosto de 2010 423562 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, es atribución del Presidente de Corte Superior de Justicia, dirigir la política del Poder Judicial en su Distrito Judicial, conforme lo establece el inciso 3) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Que, el día 18 de Julio del año próximo pasado la Presidencia de esta Corte Superior realizó el denominado “Primer Encuentro de Magistrados y Trabajadores de la Corte Superior de Justicia del Callao”, evento inédito en la historia del Poder Judicial que sirvió para hacer un balance de gestión de la presidencia de esta Corte Superior, así como de sus dependencias administrativas, cuyo resultado se dio cuenta en aquella oportunidad, a todos los magistrados y trabajadores de esta Corte Superior. Que, en dicho cónclave se recibieron de parte de los asistentes, sugerencias, opiniones, aportes, proyectos, y nuevas ideas para mejorar el servicio de administración de justicia a favor de la población Chalaca, las mismas que se consolidaron en la formulación de las respectivas conclusiones, y que han servido como herramientas de gestión a esta Presidencia. Que, habiendo transcurrido más de un año desde aquel evento, es necesario realizar un segundo encuentro de Magistrados y Trabajadores, donde nuevamente se haga un balance de gestión del período transcurrido y se de cuenta de los resultados obtenidos respecto a las conclusiones del primer encuentro. Que, en este segundo evento, se dará cuenta además de nuevos proyectos que han surgido en el camino para recibir propuestas de parte de todos los magistrados y trabajadores a fi n de lograr su concreción en benefi cio de la administración de justicia en esta parte del país. Que, es menester precisar que, este tipo de eventos debe realizarse en una organización de personas donde se practica como política institucional una relación de tipo horizontal entre sus componentes, la misma que se ha consolidado en esta Corte Superior a tal punto que se ha “democratizado” todos los niveles de la organización. En consecuencia, en uso de las facultades conferidas a los Presidentes de Corte, por los incisos 1), 4) y 9) del Artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, ya acotada. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la realización del “II Encuentro de Magistrados y Trabajadores de la Corte Superior de Justicia del Callao”, para el día sábado 04 de setiembre del año en curso en la Provincia Constitucional del Callao. Artículo Segundo.- CONFORMAR la Comisión organizadora del “II Encuentro de Magistrados y Trabajadores de la Corte Superior de Justicia del Callao ”, la misma que estará conformada de la siguiente manera: • Señor doctor Cesar José Hinostroza Pariachi - Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, quien la Presidirá • Señor doctor Daniel Adriano Peirano Sánchez- Juez Superior • Señorita doctora Ana María Bromley Guerra - Juez Superior • Señor doctor Ricardo Rodolfo Pastor Arce - Juez Especializado • Señor doctor Miguel Angel Dueñas Arce - Juez Especializado • Señora doctora Rosario Quijano Soria- Juez Especializado • Señor licenciado Felix Candela Bartolo - Administrador de la Corte Superior de Justicia del Callao • Señora ingeniera Judith Zaida López Vásquez - Jefe de la Ofi cina de Informática de la Corte Superior de Justicia del Callao. Artículo Tercero.- DISPONER que la Ofi cina de Administración, la Ofi cina de Estadística y la Ofi cina de Informática presten apoyo a dicha Comisión para la realización del evento antes mencionado. Artículo Cuarto.- PONGASE la presente Resolución, en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, del Jefe de la Ofi cina de Administración Distrital, de la Ofi cina de Estadística, de la Ofi cina de Informática, de la Ofi cina Distrital de Imagen Institucional, y de los señores magistrados para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CÉSAR HINOSTROZA PARIACHI Presidente Corte Superior de Justicia del Callao 528668-1 Designan juez provisional del Trigésimo Noveno Juzgado Civil de Lima y juez supernumeraria del Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Lince y San Isidro CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 625-2010-P-CSJLI/PJ Lima, 9 de agosto del 2010 VISTO y CONSIDERANDO: Que, mediante el Ingreso Nº 60392-2010, la doctora Eddy Luz Vidal Ccanto, Juez Titular del Trigésimo Noveno Juzgado Civil de Lima, solicita se le conceda licencia con goce de haber por motivo de salud a partir del 10 al 20 de agosto del presente año. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, la Presidencia de esta Corte Superior, considera menester nombrar a otro magistrado con la fi nalidad que no se vea afectada el servicio de administración de justicia a favor de los justiciables, a fi n de evitar el posible quiebre de las audiencias programadas con antelación o nulidades posteriores. Que, resulta pertinente precisar que la novísima Ley de la Carrera Judicial, en su artículo sesenta y cinco, defi ne y clasifi ca la nomenclatura de los jueces en Titulares, Provisionales, Supernumerarios; es así que el inciso tercero del citado artículo denomina como Jueces Supernumerarios a aquellos que “(…no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan incorporarse al registro de jueces supernumerarios en su nivel siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir plazas vacantes conforme al artículo doscientos treinta y nueve de la Ley Orgánica del Poder Judicial…)”. Que, bajo este contexto, de conformidad con la norma antes referida, se desprende que en adelante se denominará como Jueces Supernumerarios, a los magistrados que antes eran nombrados Jueces Suplentes, por cuanto la nomenclatura y las características de los antes denominados Jueces Titulares y Provisionales, aún se mantiene en la “Ley de la Carrera Judicial”. Que, no obstante ello, la norma antes acotada, establece ciertos requisitos para el nombramiento de los Jueces Supernumerarios; sin embargo, debido a lo reciente del citado cuerpo normativo, tales requerimientos formales se encontrarían en implementación por parte de los entes encargados de ello; razón por la cual, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, ante la