Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2010 (14/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES

423855

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE POZUZO
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de terreno para la construccion de institucion educativa
ACUERDO DE CONCEJO Nº 039-2010-MDP

Pozuzo, 22 de MORDAZA del 2010. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE POZUZO, PROVINCIA DE OXAPAMPA, DEPARTAMENTO DE PASCO. VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo Nº 02 de fecha 16 de MORDAZA de 2010, el Informe Nº 073-2010-MDP-LACMTRACCU del Tecnico responsable del Area de Catastro y Control MORDAZA, el Informe Nº 0247-2010-GOMA/MDP del Gerente de Operaciones y Medio Ambiente, el Informe Nº 152-2010-GA/MDP, del Gerente de Administracion y el Informe Nº 55-ALE/MDP de la Asesoria Legal Externa de la Municipalidad Distrital de Pozuzo; CONSIDERANDO: Que, el Art. 194 de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, prevee; que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, mediante Informe Nº 073-2010-MDP-LACMTRACCU, de fecha 13 de junio del 2010, el Tecnico Responsable del Area de Catastro y Control MORDAZA, informa que mediante Carta Nº 010-2010-APAFA del 10 de junio del 2010, solicita el apoyo a la Municipalidad Distrital de Pozuzo, para la compra de un terreno de 30.00 m x 50.00 m (1,500.00 m2) donde se construira la obra "Construccion de aulas y servicios complementarios de la I.E. MORDAZA Rosa", dado que el evaluador del expediente determino la reubicacion del proyecto por que la ubicacion inicial presentaba vulnerabilidad ante desastres naturales. Que, de los Analisis realizado por el Tecnico responsable del Area de Catastro y Control MORDAZA, informa que, existe disponibilidad de terreno en las cercanias del MORDAZA deportivo de MORDAZA MORDAZA, con las dimensiones solicitadas de 30,00 m x 50.00 m ( 1,500.00 m2). El propietario de dicha area de terreno es el Sr. MORDAZA MORDAZA Witting Schaus, el cual esta registrado bajo el Nº 11008749, en la MORDAZA Registral Nº 8-Selva Central; el area total de dicho terreno es de 812,228.00 m2. El precio referencial x m2 en el centro poblado de MORDAZA MORDAZA es de S/. 30.00 nuevos soles x m2. La adquisicion de dicha area de terreno de 1,500.00 m2 costara S/. 45,000.00 nuevos soles. Que, el Tecnico responsable del Area de Catastro y Control MORDAZA, concluye y recomienda su conformidad favorable la adquisicion del terreno solicitado en los terminos MORDAZA senalado. Que, mediante Informe Nº 0247-2010-GOMA/MDP, de fecha 17 de junio del 2010, el Gerente de Operaciones y Medio Ambiente, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, considera conforme la adquisicion del terreno de 30 x 50 (1,500.00 m2) donde se construira la obra: "Construccion de aulas y servicios complementarios de la I. E. MORDAZA Rosa" por el Gobierno Regional Pasco, por lo que esta Gerencia sugiere realizar la aprobacion de esta compra mediante Resolucion de Consejo y las Gestiones pertinentes a la Gerencia de Administracion. Que, mediante Informe Nº 152-2010-GA-MDP, de fecha 17 de junio del 2010, el Gerente de Administracion, solicita la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la compra de un terreno de 1,500 m2 de propiedad de Sr. MORDAZA MORDAZA Witting Schaus, por el importe de S/. 45,000 Nuevos Soles, por lo que no existe terreno sustituto y es propietario unico y si no se efectua la compra se podria perder la oportunidad de Construir

la I.E. Educativa MORDAZA MORDAZA, por que existen otras personas interesadas en el inmueble. Que, el inciso e) del Articulo 20º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1017, precisa que estan exoneradas de los procesos de seleccion las contrataciones que se realicen cuando exista proveedor unico de bienes o servicios que no admiten sustitutos, o cuando por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor. Que, el Articulo 131º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, establece en los casos en que no exista bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente. El Articulo 133º establece que el Acuerdo de Concejo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion requiere obligatoriamente de uno (1) o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion. El Articulo 134º establece que el Acuerdo que aprueba la exoneracion y los informes que los sustentan, seran publicadas a traves del SEACE dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su Aprobacion. En el mismo plazo, la referida informacion debera ser comunicada a la Contraloria General de la Republica. El Articulo 135º establece que la Entidad efectuara las contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, las cuales solo deben contener lo indicado en los literales b), c), e), h) e i) del articulo 26º de la Ley. La propuesta podra ser en forma expresa. La exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion; por lo que los actos preparatorios y contratos que se celebren como consecuencia de aquella, deben cumplir con los respectivos requisitos, condiciones y formalidades. El contrato de la compra del bien objeto de la exoneracion, sera realizada por el organo encargado de las contrataciones de la Entidad. Que, mediante Informe Nº 55-ALE/MDP de fecha 17 de Junio del 2010, la Asesoria Legal Externa, es de OPINION: Declarar PROCEDENTE LA EXONERACION DEL MORDAZA DE SELECCION PARA LAADQUISICION DEL TERRENO, debiendo ser Aprobado mediante Acuerdo del Concejo Municipal. Estando a lo dispuesto, y en uso de sus facultades conferidas por el Articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, luego del debate correspondiente, el pleno del Concejo Municipal, por unanimidad aprobo el siguiente: ACUERDO: Articulo 1º.- EXONERAR del MORDAZA de Seleccion para la adquisicion del terreno de 1,500.00 m2 de propiedad de don MORDAZA MORDAZA Witting Schaus, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Articulo 2º.- AUTORIZAR al Gerente de Administracion, bajo la causal de bienes que no admiten sustitutos y propietario unico, la adquisicion del terreno de 1,500.00m2, para la construccion de la I.E. Educativa MORDAZA MORDAZA, con un presupuesto de S/. 45,000.00 Nuevos Soles. Articulo 3º.- DISPONER la publicacion del presente Acuerdo de Concejo y los informes que los sustentan, a traves del SEACE dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su Aprobacion. En el mismo plazo, la referida informacion debera ser comunicada a la Contraloria General de la Republica. Articulo 4º.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia de Administracion, Oficina de Contabilidad, Oficina de tesoreria, Oficina de Logistica y Secretaria General. Registrese, comuniquese, publiquese y archivase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
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