Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2010 (31/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, martes 31 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES

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Que, en el numeral 6.1 del punto 6 del Informe N° 3302010-PRODUCE/DGEPP-Dch emitido de acuerdo a la recomendacion del IMARPE, el cual indica que el limite de capacidad de bodega a otorgar para la flota de altamar no debe exceder la capacidad de bodega existente para jurel y caballa, se establecio que la linea de base para determinar dicho limite es de 44,151.62 m³, dejando sin efecto los 73,176.56 m³ senalados en la Nota N° 029-PRODUCE/ DGEPP-WAN, a febrero de 2009. En tal sentido, teniendo en cuenta la linea base MORDAZA mencionada existe un exceso de capacidad de bodega autorizada para incremento de flota otorgada en virtud al Articulo 5°, la cual es de 21,889.38 m³; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informes Nº 6582009-PRODUCE/DGEPP-Dch y N° 330-2010-PRODUCE/ DGEPP-Dch del 03 de diciembre del 2009 y 21 de MORDAZA del 2010, respectivamente, y con la opinion favorable de la Instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE - Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar improcedente la solicitud de incremento de flota para la construccion de una embarcacion pesquera a denominarse MANUCO con una capacidad de bodega de 650 m³ para la extraccion de los recursos jurel y caballa, presentada por la empresa PESQUERA 2020 S.A.C., por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA UGARTE SERVAT Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 536568-9

el funcionamiento de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social, establece una nueva conformacion de los Directorios de las referidas Sociedades y Juntas, incluyendo a un representante de la Direccion Regional de Salud designado directamente por el Gobierno Regional en el que se circunscribe la Sociedad de Beneficencia Publica o Junta de Participacion Social, por lo que el Ministerio de Salud ya no tiene representacion en tales organos; Que, en tal virtud, corresponde dar por concluida la designacion efectuada en virtud a la Resolucion Ministerial N° 245-2010/MINSA; Con el visado del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dar por concluida la designacion del medico cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como representante del Ministerio de Salud ante la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 536836-5

Designan Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Gestion de Recursos Humanos del Hospital Nacional MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 663-2010/MINSA MORDAZA, 26 de agosto del 2010 Visto el expediente Nº 10-064891-001 que contiene el Oficio Nº 1763-2010-DG/HNCH del Director General del Hospital Nacional MORDAZA MORDAZA de la Direccion de Salud V MORDAZA MORDAZA del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 137-2010/ MINSA del 12 de febrero del 2010, se designo, entre otros, al abogado Freddy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Oficina Ejecutiva de Gestion de Recursos Humanos del Hospital Nacional MORDAZA Heredia; Que estando a lo solicitado con el documento de visto, resulta necesario dar termino a la designacion del profesional MORDAZA indicado y designar al profesional propuesto; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; en la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2010; en el literal I) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y en su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar termino a la designacion del abogado Freddy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director

SALUD
Dan por concluida designacion de representante del Ministerio ante la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 662-2010/MINSA MORDAZA, 26 de agosto del 2010 Visto el Expediente Nº 10-065763-001; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 2452010/MINSA del 17 de MORDAZA del 2009, se designo al medico cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como representante del Ministerio de Salud ante la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao; Que, el articulo 5° del Decreto Supremo N° 004-2010MIMDES, Decreto Supremo que dicta medidas para

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