Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2010 (31/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, martes 31 de agosto de 2010 Departamento Provincia MORDAZA Ferrenafe

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:
Datum WGS84 MORDAZA 17 UTM Este 640570.00 638336.00 635486.00 633902.00 632027.00 631919.00 631892.00 631797.00 UTM Norte 9282139.00 9281328.00 9280097.00 9280758.00 9280350.00 9280418.00 9280444.00 9280593.00

424741

Nombre del paisaje Datum PSAD56 MORDAZA 17 cultural Distrito UTM Este UTM Norte arqueologico MORDAZA Prehispanico (I) 640812.00 9282270.00 Pitipo Sector La Saranda (F) 640788.00 9281296.00 MORDAZA Prehispanico Sector Bosque de (I) 635729.00 9280228.00 Pitipo Pomac ­ Cerro (F) 634145.00 9280889.00 MORDAZA MORDAZA Prehispanico (I) 632270.00 9280481.00 Sector Cachinche, Pitipo (F) 632162.00 9280549.00 (Primer Segmento) MORDAZA Prehispanico (I) 632135.00 9280575.00 Sector Cachinche, Pitipo (F) 632040.00 9280724.00 (Segundo Segmento)

Articulo 2º.- Encargar a la Direccion Regional de Cultura de MORDAZA la elaboracion de los expedientes tecnicos de los monumentos arqueologicos prehispanicos mencionados en el articulo 1º de la presente resolucion. Articulo 3º.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueologicos prehispanicos declarados patrimonio cultural de la Nacion, debera contar con la aprobacion previa del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA fedateada de la presente resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional 536320-10

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO
Asignan montos recaudados por concepto de pago de derecho de vigencia y penalidad de derechos mineros y por la formulacion de petitorios mineros, correspondiente al mes de MORDAZA de 2010
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 110-2010-INGEMMET/PCD MORDAZA, 24 de agosto de 2010 Visto; el Informe Nº 011-2010-INGEMMET/DDV/ D de la Direccion de Derecho de Vigencia de fecha 23 de Agosto del 2010, respecto a la distribucion de los ingresos registrados por Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros vigentes formulados al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, los montos recaudados por los pagos efectuados en el ano 2010 por Derecho de Vigencia en la formulacion de petitorios mineros durante el mes de MORDAZA, conforme el referido Decreto Legislativo;

Que, por Ley Nº 29169, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 20 de Diciembre del 2007, se modifico el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92EM, precisando los porcentajes para la distribucion de los montos recaudados por los pagos efectuados por concepto de Derecho de Vigencia y Penalidad entre las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energia y Minas; Que, el articulo 3º de la citada MORDAZA dispone que los Gobiernos Regionales recibiran los porcentajes de los ingresos que correspondan a los pagos efectuados por los Pequenos Productores Mineros y los Productores Mineros Artesanales; a partir de los pagos realizados desde el siguiente mes de su publicacion, esto es a partir de los pagos realizados en el mes de enero de 2008; Que, la Direccion de Derecho de Vigencia, informa que el monto total a distribuir correspondiente al mes de MORDAZA del 2010, es de US $ 6´000,870.25 (Seis Millones Ochocientos Setenta y 25/100 Dolares Americanos) y S/. 54,246.66 (Cincuenta y Cuatro Mil Doscientos Cuarenta y Seis y 66/100 Nuevos Soles), efectuandose a este compensaciones por un monto ascendente a US $ 24,681.87 (Veinticuatro Mil Seiscientos Ochenta y Uno y 87/100 Dolares Americanos); resultando un importe neto a distribuir de US $ 5´976,188.38 (Cinco Millones Novecientos Setenta y Seis Mil Ciento Ochenta y Ocho y 38/100 Dolares Americanos) y S/. 54,246.66 (Cincuenta y Cuatro Mil Doscientos Cuarenta y Seis y 66/100 Nuevos Soles); Que, en atencion a las consideraciones precedentes, y a lo dispuesto en el articulo 92º del Decreto Supremo Nº 03-94-EM, procede autorizar la distribucion de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de MORDAZA del 2010, a las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energia y Minas; De conformidad con el articulo 3º inciso 24) del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Geologico, Minero y Metalurgico ­ INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM; Con los visados de la Oficina de Asesoria Juridica y la Direccion de Derecho de Vigencia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Asignar los montos recaudados por concepto de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros formulados durante la vigencia del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, los montos recaudados por los pagos efectuados en el ano 2010 por concepto de Derecho de Vigencia en la formulacion de petitorios mineros correspondiente al mes de MORDAZA, al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708, de la siguiente manera:
Entidades DISTRITOS INGEMMET MEM GOBIERNOS REGIONALES TOTAL Total a Distribuir US$ S/. Deducciones US$ S/. Neto a Distribuir US$ S/.

4´500,652.69 40,685.00 -22,881.24 1´040,493.15 10,849.33 -1,440.51 260,123.29 199,601.12 2,712.33 0.00 -360.12 0.00

0.00 4´477,771.45 40,685.00 0.00 1´039,052.64 10,849.33 0.00 0.00 259,763.17 199,601.12 2,712.33 0.00

6´000,870.25 54,246.66 -24,681.87

0.00 5´976,188.38 54,246.66

(*) Ver Anexos Nº 1 y Nº 2

Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Oficina de Administracion del INGEMMET, para que ejecute las acciones pertinentes a fin de proceder con las transferencias a las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA T. CASQUINO Presidente del Consejo Directivo INGEMMET

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