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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (05/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 5 de diciembre de 2010 430423 Que, el inciso s) del Artículo 39º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Resolución de Superintendencia N° 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 131-2001-EF ”Estatuto de la SBN”, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Ley Nº 27444; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0661-2010/SBN-GO-JAR, de fecha 25 de octubre de 2010; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car los Artículos 1º y 2º de la Resolución Nº 055-2009/SBN-GO-JAR de fecha 19 de marzo de 2010, en los términos siguientes: “Artículo 1º.- Rectifi car el área del predio de 126 937,50 m² ubicado en el distrito de Castilla, provincia y departamento Piura, que se encuentra inscrito en la Ficha Nº 8118 del Registro de Predios de Piura, por el área real de 123 826,40 m², según la documentación técnica que sustenta la presente resolución. Artículo 2º.- Aclárese el artículo 1º de la Resolución Nº 087-2009/SBN-GO-JAR, de fecha 29 de abril de 2009, quedando en los siguientes términos: “Artículo 1°.- Disponer la inscripción de dominio a favor del Estado del predio de 123 826,40 m², ubicado en el distrito de Castilla, provincia y departamento de Piura, que corre inscrito en la Ficha Nº 8118 del Registro de Predios de Piura, manteniéndose vigente la afectación en uso dispuesta a favor del Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, en mérito a la Resolución Directoral Nº 044-91-VC-6100 del 27 de junio de 1991, por los argumentos expuestos en los considerandos de la presente Resolución; y de acuerdo a los documentos técnicos que la sustentan”.” Regístrese, comuníquese y publíquese. EDDA YSABEL CARRASCO GAVIÑO Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 574208-5 Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en los departamentos de Ancash y Lima en la Provincia Constitucional del Callao JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 321-2010/SBN-GO-JAR San Isidro, 30 de noviembre del 2010 Visto el Expediente N° 329-2010/SBN-JAR, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 56 693,05 m2, ubicado en la Carretera La Capilla, altura del Km. 5+200, Sector Los Chimus, en el distrito de Samanco, provincia de Santa y departamento de Ancash; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 56 693,05 m2, ubicado en la Carretera La Capilla, altura del Km. 5+200, Sector Los Chimus, en el distrito de Samanco, provincia de Santa y departamento de Ancash, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, mediante Informe Técnico Nº 983-2010-Z.R.Nº VII/OC-CHIMB, de fecha 31 de agosto de 2010, la Ofi cina Registral de Chimbote, señaló que no existe superposición con predios inscritos incorporados en las bases cartográfi cas catastrales de las propiedades inscritas con las que cuenta la Ofi cina de Catastro de la Zona Registral Nº VII - Sede Chimbote; Que, realizada la inspección técnica con fecha 07 de octubre de 2010, se verifi có que se trata de un terreno de naturaleza eriaza de textura arenosa, con presencia de grama debido a la humedad del terreno y presenta topografía plana; Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 56 693,05 m2, de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008- VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, aprobada por Resolución N° 011-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolución Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestión Inmobiliaria y Supervisión a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la SBN; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39° del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Resolución de Superintendencia N° 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a identifi car los terrenos eriazos y/o en abandono con la fi nalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias, Decreto Supremo N° 131-2001-EF, “Estatuto de la SBN” y Resolución de Superintendencia N° 315-2001/SBN; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 743 -2010/SBN-GO-JAR, de fecha 24 de noviembre de 2010; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 56 693,05 m2, ubicado en la Carretera La Capilla, altura del Km. 5+200, Sector Los Chimus, en el distrito de Samanco, provincia de Santa y departamento de Ancash, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° VII - Sede Chimbote de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Chimbote. Regístrese, comuníquese y publíquese EDDA YSABEL CARRASCO GAVIÑO Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 574208-1