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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (05/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 5 de diciembre de 2010 430434 Artículo 55º h La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial está a cargo de un Gerente Regional designado por el Presidente Regional. Artículo 55º i Son funciones de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial: a. Difundir, orientar y dirigir la metodología establecida para la formulación del Plan Operativo Institucional del Gobierno Regional. b. Difundir, orientar y dirigir la formulación del Presupuesto Institucional del Gobierno Regional en el marco de la normativa del presupuesto público. c. Dirigir la formulación del Proyecto de Presupuesto Participativo Anual del Gobierno Regional. d. Supervisar, controlar y evaluar los avances de la ejecución del plan operativo, presupuesto institucional, presupuesto participativo y los programas y proyectos de inversión, estableciendo los mecanismos de retroalimentación correspondientes. e. Efectuar las evaluaciones de gestión operativa mediante indicadores debidamente estandarizados establecidos por la Dirección de Monitoreo y Evaluación. f. Dirigir, coordinar y evaluar los procesos de tributación regional, alcanzando el autofi nanciamiento de los servicios públicos regionales. g. Dirigir, coordinar y evaluar los procesos de desarrollo y fortalecimiento institucional. h. Dirigir, coordinar y evaluar la pertinencia de los programas y proyectos de inversión pública en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública. i. Dirigir y coordinar las relaciones de apoyo y asesoría de la Cooperación Técnica Internacional dentro del ámbito del Gobierno Regional. j. Evaluar y supervisar los actos administrativos de sus órganos dependientes. Artículo 55º j La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial para el cumplimiento de sus funciones está conformado por: a. La Subgerencia de Planeamiento Operativo. b. La Subgerencia de Planeamiento y Tributación. c. La Subgerencia de Desarrollo Institucional. d. La Subgerencia de Ordenamiento Territorial. e. La Subgerencia de Programación e Inversión Pública. f. Centro de Información y Sistemas. Artículo 55º k Son funciones generales de la Subgerencia de Planeamiento Operativo: a. Proponer las metodologías para la formulación, ejecución y evaluación del Plan Operativo Institucional del Gobierno Regional. b. Coordinar con la Dirección de Monitoreo y Evaluación la identifi cación, priorización y aplicación de los indicadores de resultados de la gestión a nivel de productos o entregables que corresponden al Plan Operativo Institucional. c. Evaluar e informar los avances y productos resultantes de los programas, actividades y proyectos de inversión del Plan Operativo Institucional, estableciendo los mecanismos de retroalimentación correspondientes. d. Elaborar y sistematizar la información estadística de utilidad para la formulación del Plan Operativo Institucional y sus respectivos programas. e. Opinar sobre los requerimientos de Cooperación Técnica Internacional que formulen los organismos públicos y no públicos de la Región. f. Emitir opinión sobre la organización y constitución de Organismos No Gubernamentales de Desarrollo puestos a su consideración. g. Elaborar la Memoria Anual de Gestión del Gobierno Regional. Artículo 55º l Son funciones generales de la Subgerencia de Presupuesto y Tributación: a. Conducir el Proceso Presupuestario Institucional en el marco de las disposiciones que emita la Dirección Nacional de Presupuesto Público. b. Organizar, consolidar, verifi car y presentar la información de carácter presupuestal ante la Dirección Nacional de Presupuesto Público. c. Coordinar, verifi car y controlar la información de ejecución de ingresos y gastos autorizados en el presupuesto aprobado; así como sus respectivas modifi caciones. d. Formular, programar, consolidar, ejecutar y evaluar, el presupuesto a nivel de Pliego que administra el Gobierno Regional. e. Dirigir y coordinar en la formulación, ejecución y evaluación del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional. f. Efectuar el seguimiento y control de la ejecución presupuestal de las categorías presupuestarias que conduce el Gobierno Regional. g. Aprobar solicitudes de calendarios de compromisos a nivel de pliego, de acuerdo a la aplicación de la normatividad presupuestal vigente. h. Elaborar propuestas e iniciativas en materia de tributación regional, de acuerdo a ley. i. Diseñar y poner en práctica el Sistema de Recaudación y Administración Tributaria Regional, en el marco de las disposiciones legales correspondientes. Artículo 55º m Son funciones generales de la Subgerencia de Desarrollo Institucional: a. Dirigir el proceso de modernizaron del Gobierno Regional en todas sus instancias con la fi nalidad de cumplir con efi ciencia, efi cacia, equidad e inclusión la misión institucional en correspondencia con la visión institucional y la visión territorial de desarrollo de Cajamarca. b. Formular y actualizar, los instrumentos de gestión del Gobierno Regional tales como: el Reglamento de Organización y Funciones, Cuadro para Asignación de Personal, Cuadro Nominativo de Personal, Manual de Organización y Funciones, Texto Único de Procedimientos Administrativos y Manual de Procedimientos Administrativos. c. Formular los instrumentos de gestión organizacional y técnicos normativos, así como opinar sobre aquellos que han sido formulados por otras dependencias del Gobierno Regional. d. Emitir opinión, en coordinación con la Subgerencia de Presupuesto sobre los procesos de selección, ingreso, desplazamiento y evaluación del personal del Gobierno Regional. e. Promover y participar en cumplimiento de una norma expresa en programas de modernización de todo órgano estructurado del Gobierno Regional, a nivel de reorganización, reestructuración y reordenamiento institucional, con criterio de racionalidad de recursos y simplifi cación administrativa. f. Promover y orientar la utilización racional de los recursos y potencialidades con que cuenta el Gobierno Regional. g. Determinar la efi ciencia de los servidores públicos regionales y administrativos que presta en Gobierno Regional. h. Participar en la formulación de indicadores socio- económicos que permitan la homogeneidad de la medición de los resultados obtenidos en la gestión institucional. Artículo 55º n Son funciones generales de la Subgerencia de Ordenamiento Territorial: a. Dirigir, ejecutar y controlar los planes y políticas en materia de ordenamiento territorial en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales. b. Conducir el proceso de demarcación y organización territorial en el ámbito del Gobierno