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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (05/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 5 de diciembre de 2010 430435 Regional Cajamarca, conforme al Plan Nacional de Demarcación Territorial. c. Desarrollar acciones de ordenamiento y delimitación en el ámbito del territorio regional y organizar, evaluar y tramitar los expedientes técnicos de demarcación territorial, en armonía con las políticas y normas de la materia. d. Promover de ofi cio las acciones de demarcación territorial necesarias para la organización territorial del ámbito territorial del Gobierno Regional Cajamarca. e. Diseñar y ejecutar programas de cuencas, corredores económicos y de ciudades intermedias, en coordinación con las instancias correspondientes. f. Elaborar estudios de diagnóstico y zonifi cación bajo los lineamientos y el asesoramiento técnico de la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial. g. Aprobar la categorización y recategorización de centros poblados en el ámbito territorial del Gobierno Regional Cajamarca. h. Generar información de carácter técnico - cartográfi co, que contribuya en la elaboración de los Planes de Desarrollo a nivel local y regional. i. Solicitar a las entidades del sector público, la opinión técnica y/o información requerida para el cumplimiento de sus funciones. j. Declarar la procedencia e improcedencia de las solicitudes, petitorios y/o propuestas de demarcación territorial que no reúnan los requisitos establecidos por la normatividad vigente. k. Elaborar estudios específi cos sobre demarcación territorial en coordinación con la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial. l. Participar en el diseño de los proyectos de macrorregiones. m. Participar en la formulación del Plan de Ordenamiento Territorial Regional teniendo como instrumento a la zonifi cación ecológica-económica. n. Elevar los informes favorables de los petitorios atendidos a la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de las instancias correspondientes. o. Proponer, dirigir, ejecutar, controlar y evaluar las políticas en materia de administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado, de conformidad con la legislación vigente y el Sistema de Bienes Nacionales. p. Realizar los actos de inmatriculación, saneamiento, adquisición, enajenación, administración y adjudicación de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdicción, con excepción de los terrenos de propiedad municipal. q. Establecer los mecanismos aplicables al registro, inscripción y fi scalización de los bienes de propiedad estatal, con excepción de los de propiedad de los gobiernos locales y del Gobierno Nacional, de acuerdo con la normatividad vigente. r. Sistematizar y difundir la normatividad legal en materia de propiedad estatal. Artículo 55º m Son funciones generales de la Subgerencia de Programación e Inversión Pública: a. Consolidar el Programa Multianual de Inversión Pública en coordinación con el Director Regional del CEPLAR y el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. b. Velar porque los proyectos de inversión pública incluidos en el Programa Multianual de Inversión Pública se enmarquen en los lineamientos de política sectorial, la misión del Gobierno Regional, las políticas regionales de desarrollo e institucionales de gestión, el Plan estratégico Institucional y el Plan de Desarrollo Regional Concertado. c. Organizar y conducir el Banco de Proyectos del Gobierno Regional Cajamarca, vigilando su actualización permanente. d. Solicitar el registro de nuevas Unidades Formuladoras de nivel regional ante el Banco de Proyectos y promover la capacitación permanente del personal técnico de las Unidades Formuladoras del Gobierno Regional encargados de la identifi cación y formulación de los proyectos de inversión pública. e. Declarar la viabilidad de los proyectos de inversión pública en el marco de la delegación de funciones otorgada por el Ministerio de Economía y Finanzas. f. Evaluar y emitir informes técnicos sobre estudios de pre inversión. g. Informar a la Dirección General de Programación Multianual del Ministerio de Economía y Finanzas sobre los proyectos de inversión pública declarados viables, así como a las instancias pertinentes de los entes ministeriales que corresponda y al Gobierno Regional. Cuarto.- ENCARGAR, al CEPLAR la realización de un estudio que evalúe la situación de las organizaciones sociales de la región de Cajamarca, con la fi nalidad de fortalecer su participación en la gestión del desarrollo de la región. Quinto.- El personal asignado al Centro Regional de Planeamiento Estratégico – CEPLAR, se sujetará a la normatividad legal vigente y su régimen remunerativo se ajustará a la disponibilidad presupuestal del Gobierno Regional Cajamarca. Sexto.- DEROGAR, los artículos del 81º al 91º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Cajamarca. Sétimo.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca la publicación de la presente Ordenanza Regional en el portal electrónico del Gobierno Regional Cajamarca (www.regioncajamarca. gob.pe). Octavo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional Cajamarca, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil diez. WILSON NICOLAS FLORES CASTILLO Presidente Regional Provisional 573862-2 Crean el Consejo Regional de la Mujer - COREMU ORDENANZA REGIONAL Nº 015 -2010-GRCAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN CAJAMARCA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: - Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Estado concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales que emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un pliego presupuestal; - Que, la “Convención sobre Eliminación de todas las formas de Discriminación Contra la Mujer de las Naciones Unidas– CEDAW”, es un instrumento internacional fi rmado y aprobado por el Estado Peruano, el 22 de diciembre del 2000 ratifi cándolo el 9 de abril del 2001, en su el artículo 14º numeral 2 señala: “Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la