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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (07/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 7 de diciembre de 2010 430495 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Madrid, Reino de España, de los servidores de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, químicos farmacéuticos Katty Carol Clavijo Montes, Rocío del Pilar Orna Castro, Rosa Karin Soto Carrillo y Elssie Shavelly Garavito Chang, del 11 al 19 de diciembre de 2010, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos por la Unidad Ejecutora 001 Administración Central - MINSA, del Pliego 011 - Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle: Pasajes Aéreos (US$ 1,745.00 x 4 personas) : US$ 6 980,00 Viáticos (US$ 260.00 x 7 días x 4 personas) : US$ 7 280,00 T.U.A.A. (US$ 31 x 4 personas) : US$ 124,00 Total : US$ 14 384,00 Artículo 3º.- Los citados profesionales deberán presentar un informe sobre las actividades realizadas dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno. Artículo 4º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación OSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 574946-21 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Rectifican error material incurrido en la R.M. Nº 270-2010-TR RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 307-2010-TR Lima, 6 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 270-2010- TR del 15 de octubre de 2010, se reconoce como representantes de la Federación Nacional de Trabajadores Lustradores de Calzado y Afi nes del Perú - FENTRALUC, ante los Órganos de Dirección y de Control de la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú - CAJAPATRAC, para el período 2010-2012; Que, en el artículo 1º de la referida resolución, se consignó por error, como representante de la Federación Nacional de Trabajadores Lustradores de Calzado y Afi nes del Perú - FENTRALUC, ante el Comité de Vigilancia del Órgano de Control de la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú - CAJAPATRAC, al señor Donato Remberto Parrillo Huatta, debiendo ser Donato Remberto Parillo Huatta; Que, el artículo 201º de Ley de Procedimiento Administrativo General establece que los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; debiendo adoptar la rectifi cación las formas y modalidades de la comunicación o publicación del acto original; Que, del mismo modo, el indicado dispositivo prescribe, en su artículo 14º, numeral 14.1 que cuando el vicio del acto administrativo por el incumplimiento a sus elementos de validez, no sea trascendente, prevalece la conservación del acto, procediéndose a su enmienda por la propia entidad emisora; Que, en el presente caso, la rectifi cación del error material consignado en la Resolución Ministerial N° 270- 2010-TR, no altera lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Con la visación de la Jefa de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 201º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; y el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, SE RESUELVE: Artículo Único.- Rectifi car el error material establecido en artículo 1º de la Resolución Ministerial N° 270-2010- TR del 15 de octubre de 2010, donde se consignó por error, como representante de la Federación Nacional de Trabajadores Lustradores de Calzado y Afi nes del Perú - FENTRALUC, ante el Comité de Vigilancia del Órgano de Control de la Caja de Protección y Asistencia de los Trabajadores Lustradores de Calzado del Perú - CAJAPATRAC, al señor Donato Remberto Parrillo Huatta, debiendo ser Donato Remberto Parillo Huatta. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 574673-1 Modifican el Plan Estratégico de Comunicaciones y el Plan Estratégico de Publicidad del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo - 2010 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 308-2010-TR Lima, 6 de diciembre de 2010 VISTO: El Informe Nº 009-2010/4.1 del Jefe (e) de la Ofi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28874, Ley que regula la publicidad estatal, se establece los criterios generales para el uso de los recursos de las instancias del gobierno nacional, gobierno regional y gobierno local, destinarán al rubro de publicidad, en prensa escrita, radio y televisión, así como para fi scalizar la transparencia y racionalidad en el uso de los mismos; Que, el literal a) del artículo 3º de la Ley Nº 28874, establece que, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, para la autorización de la realización de publicidad estatal, se debe cumplir con un Plan de Estrategia Publicitaria acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias; las mismas que deben adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales; Que, de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2010-TR, la Ofi cina de Comunicación e Imagen Institucional, tiene como funciones específi cas, entre otros, proponer el plan anual de difusión de los servicios y programas de Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y Gestionar estratégicamente la información del Ministerio, difundiendo y proyectando una imagen institucional acorde a los objetivos de política sectorial; Que, en ese sentido, a través de la Resolución Ministerial Nº 177-2010-TR de 26 de julio de 2010 y modifi cado por