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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 7 de diciembre de 2010 430492 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 516-2010-RE Lima, 6 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores se ha previsto recursos para el pago de cuotas a organismos internacionales; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a organismos internacionales de acuerdo y en función a la disponibilidad de la Caja Fiscal; De conformidad con lo establecido en el artículo 67, numeral 67.1 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2010, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar el pago de US$ 310,000.00 (Trescientos Diez Mil y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) al siguiente organismo internacional: ORGANISMO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT) 310,000.00 Saldo de la cuota 2008 y parcial de la cuota 2009 Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente serán con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Función 02, Programa Funcional 002, Subprograma Funcional 0002, Actividad 1.046589, Componente 3.122499, Meta 00565, Genérica del Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Específi ca de Gasto 2.4.12.1 99 A Otros Organismos Internacionales del Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al Ejercicio 2010. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 574947-5 Autorizan al Ministerio de Transportes y Comunicaciones efectuar pago de cuota a la Unión Postal Universal (UPU) RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 517-2010-RE Lima, 6 de diciembre de 2010 VISTO: El ofi cio Nº 544-2010-MTC/09.01, de 11 de noviembre de 2010, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota del año 2011 a la Unión Postal Universal (UPU); CONSIDERANDO: Que el artículo 67º, numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota 2011 a la Unión Postal Universal (UPU), con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a efectuar el pago de CHF 122,979.00 (Ciento veintidós mil novecientos setenta y nueve y 00/100 francos suizos) a la Unión Postal Universal (UPU), correspondiente al pago de la cuota del año 2011. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 574947-6 Aceptan donación destinada a financiar gastos de la “II Reunión de Embajadores del Perú acreditados en el Exterior: Retos y Metas de la Diplomacia Peruana Rumbo al 2021” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1009/RE-2010 Lima, 2 de diciembre de 2010 VISTO: El Memorándum (TES) N° TES0543/2010 de 12 de noviembre de 2010, del Departamento de Tesorería de la Dirección de Finanzas; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Corporación Andina de Fomento - CAF suscribieron el Convenio de Cooperación Técnica no Reembolsable destinado a brindar apoyo a la “II Reunión de Embajadores del Perú acreditados en el Exterior: Retos y Metas de la Diplomacia Peruana Rumbo al 2021”; Que, mediante Memorándum de Visto, el Departamento de Tesorería de la Dirección de Finanzas informa que se ha efectuado el depósito del cheque de gerencia N° 06236607 del Banco Continental proveniente de la Corporación Andina de Fomento - CAF por US$ 35 814,00 (TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CATORCE Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), equivalentes a S/. 99 204,78 (NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CUATRO Y 78/100 NUEVOS SOLES), habiéndose abonado en la cuenta corriente de la Entidad N° 133-30000005246 DONACIONES del Banco Interbank; Que, en ese sentido, resulta necesario aceptar la donación efectuada por la Corporación Andina de Fomento - CAF, por el importe de US$ 35 814,00 (TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CATORCE Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), equivalentes a S/. 99 204,78