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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (16/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 16 de diciembre de 2010 431038 Expresan felicitación y reconocimiento a magistrados integrantes de la Comisión de Capacitación en el Área Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 949-2010-P-CSJLI/PJ Lima, 3 de diciembre de 2010 VISTOS La Res. Adm. Nº 287-2009-P-CSJL-PJ del 14 de mayo del 2009; el Informe s/n de fecha catorce de mayo del dos mil nueve, cursado por la Comisión de Capacitación en el Área Comercial de esta Corte Superior de Justicia. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Capacitación del Área Comercial designada para llevar a cabo la tarea encomendada conforme a los Lineamientos establecidos por la Directiva Nº 008-2008-CE-PJ, elaboró el Plan de Trabajo y el Plan de Capacitación Anual. Que, la Comisión de Capacitación del Área Comercial, ha organizado con éxito el Cronograma de conferencias durante los meses de Setiembre, Octubre y Noviembre del año dos mil nueve, en el que se ha contado con la participación de destacados abogados y profesores universitarios especializados en la materia comercial, nacionales y extranjeros, así como un prominente representante del empresariado peruano. Que, los objetivos planteados para contribuir a profundizar y actualizar el conocimiento de nuevas figuras, fortalecer la relación del Poder Judicial con la sociedad, recoger las expectativas expresadas por primera vez de manera inmediata y directa por un prominente representante del empresariado peruano, estableciendo las perspectivas con relación al actual contexto de globalización y el rol que le compete a la Justicia Comercial, se ha cumplido satisfactoriamente. Que, dichos objetivos se han alcanzado en consideración al entusiasmo, entrega y perseverancia de los miembros de la mencionada Comisión de Capacitación, lo cual ha implicado múltiples coordinaciones y reuniones permanentes de la Comisión, lo cual debe ser reconocido por esta Presidencia, en tanto constituye un valioso aporte a la mejora del servicio de importación de justicia con la que está comprometida. En consecuencia y con arreglo a lo dispuesto por el artículo 85º inciso 3) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial: SE RESUELVE: Artículo Primero.- Expresar la FELICITACIÓN y RECONOCIMIENTO por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, a los magistrados integrantes de la Comisión de Capacitación en el Área Comercial, por la exitosa labor desempelada, Comisión integrada por los siguientes señores magistrados: • Dra. Lucía María La Rosa Guillén, Juez Superior Titular • Dra. Ana Patricia Lau Deza, Juez Especializada Titular • Dr. Juan Pablo Rengifo Santander, Juez de Paz Letrado Titular Artículo Segundo.- Poner esta resolución en conocimiento de la Ofi cina de Personal a fi n que conste en legajo de los señores magistrados referidos y de las Comisiones de Meritocracia respectivas para los fi nes consiguientes, y de los magistrados integrantes de la Comisión. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 578466-1 ORGANOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Establecen número de candidatos para la aplicación de la cuota de género en las listas de candidatos para el Congreso de la República y para el Parlamento Andino RESOLUCIÓN Nº 4952-2010-JNE Lima, catorce de diciembre de dos mil diez CONSIDERANDOS 1. En las Elecciones Generales a realizarse el 10 de abril de 2011, convocadas por Decreto Supremo Nº 105-2010-PCM publicado el 5 de diciembre de 2010, se elegirá a los 130 Congresistas de la República y a los representantes peruanos ante el Parlamento Andino, 5 titulares y sus 2 respectivos suplentes. 2. Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, en sus artículos 115 y 116, establece que los Congresistas de la República son elegidos por cada distrito electoral, y las listas de candidatos deben incluir un número no menor del 30% de mujeres o de varones. En los distritos electorales en que se inscriban listas con tres candidatos, por lo menos uno de los candidatos debe ser varón o mujer. 3. Mediante Resolución Nº 2529-2010-JNE de fecha 1 de octubre de 2010, este Pleno estableció la distribución de escaños que corresponde a cada uno de los distritos electorales para las Elecciones Generales del año 2011. 4. Por Ley Nº 28360, artículos 1 y 3, los representantes peruanos ante el Parlamento Andino se eligen en distrito electoral único; precisándose que las listas de candidatos son presentadas con 15 integrantes, en número correlativo, entre los cuales serán electos como miembros titulares y suplentes, según el orden conforme al voto preferencial; asimismo, que el porcentaje de cuota por razón de género se rige por lo dispuesto en la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, es decir, el 30% de la lista, como se señala en el fundamento precedente. 5. Al respecto, las cuotas electorales constituyen medidas positivas para garantizar la inclusión política de los grupos minoritarios que, históricamente, han estado excluidos del proceso democrático en el país; correspondiendo al Jurado Nacional de Elecciones velar por el cumplimiento de dicho requisito, estableciendo, en principio, el número mínimo de candidatos, tanto para el Congreso de la República como para el Parlamento Andino, que represente el porcentaje de la cuota de género. Por tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Artículo Primero.- ESTABLECER, para la aplicación de la cuota de género en las listas de candidatos para el Congreso de la República, el número de candidatos