Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2010 (16/12/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

431004

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de diciembre de 2010

de sus funciones, en base a una pluralidad de criterios de medicion; Que, el Estado ejecuta la accion publica a traves de dependencias, entidades u organismos, los mismos que se soportan en procedimientos, constituyendo la entidad el elemento basico de la organizacion del Estado; Que, en tal sentido, resulta indispensable para el MORDAZA de modernizacion, contar con la definicion de entidad publica, el registro y la informacion relevante de cada una de ellas, asi como las respectivas ubicaciones dentro de la estructura del Estado; Que, conforme a lo establecido en el numeral 4 del articulo 19º de la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, le corresponde al Presidente del Consejo de Ministros, formular, aprobar y ejecutar las politicas nacionales de modernizacion de la administracion publica y las relacionadas con la estructura y organizacion del Estado, asi como coordinar y dirigir la modernizacion del Estado; Que, conforme al articulo 36º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la PCM, la Secretaria de Gestion Publica es el organo de linea de la Presidencia del Consejo de Ministros, encargada de coordinar y dirigir el MORDAZA de modernizacion de la gestion publica, y como tal, es competente en materia de funcionamiento y organizacion del Estado; De conformidad con la Ley Nº 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la PCM, aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion de la Directiva Aprobar la Directiva Nº002-2010-PCM/SGP "Disposiciones relacionadas a la definicion del concepto de Entidad Publica y la validacion del Registro Preliminar de las Entidades Publicas del Estado Peruano", que en anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Publicacion La presente Resolucion Ministerial y la Directiva indicada en el articulo anterior, deberan ser publicadas en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe) el mismo dia de la publicacion de esta resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Vigencia La Directiva entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en los referidos portales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion 578749-1

Gobierno Electronico e Informatica; asimismo, se encarga de coordinar y supervisar la integracion funcional de los sistemas informaticos del Estado y promover el desarrollo de sistemas y aplicaciones de uso comun en las entidades de la Administracion Publica; Que, la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica (ONGEI) en cumplimiento de las funciones senaladas en el parrafo anterior, requiere disponer y mantener actualizada la informacion tecnica respecto de la infraestructura de los recursos informaticos de las entidades de la Administracion Publica del pais; incluyendo al conjunto de entidades localizadas en el ambito central, regional y local, a efectos de medir sus capacidades y potencialidades en materia de Tecnologias de Informacion y Comunicaciones (TIC); para lo cual, es necesaria la aplicacion de una Encuesta Nacional de Recursos Informaticos en la Administracion Publica; Que, el Gobierno Nacional, asi como los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales requieren contar con informacion sobre las Tecnologias de Informacion de sus respectivos ambitos, para proceder a actualizar o elaborar sus respetivos planes estrategicos en Tecnologia de la Informacion y Comunicaciones (TIC); Que, habiendose aplicado periodicamente la citada encuesta, es necesario actualizar la informacion para lo cual se requiere autorizar la ejecucion de la "VIII Encuesta Nacional de Recursos Informaticos en la Administracion Publica 2010", asi como la aprobacion de los documentos tecnicos de gestion. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0632007-PCM, y sus modificatorias: SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizacion de la Encuesta Autoricese la ejecucion de la "VIII Encuesta Nacional de Recursos Informaticos en la Administracion Publica 2010 ­ (VIII ENRIAP)", dirigida a las entidades a que se refiere la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Se exceptuan, de la citada Encuesta, a los Institutos Superiores, Instituciones Educativas (los Colegios Nacionales), los centros de Salud (postas medicas), las Comisarias de la Policia Nacional del Peru, las Agencias Agrarias y las Areas de Desarrollo Educativo. Articulo 2º.- Funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica (ONGEI) respecto de la Encuesta La evaluacion, monitoreo y coordinacion general de la "VIII Encuesta Nacional de Recursos Informaticos en la Administracion Publica ­ (VIII ENRIAP)", estara a cargo de la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica (ONGEI) de la Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo 3º.- Aprobacion del Cuestionario Apruebese el texto del Cuestionario de la "VIII Encuesta Nacional de Recursos Informaticos en la Administracion Publica ­ (VIII ENRIAP)", documento que como anexo forma parte de la presente Resolucion, el cual sera publicado en el MORDAZA de la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica (ONGEI): www.ongei. gob.pe y en el MORDAZA de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM): www.pcm.gob.pe. Articulo 4º.- Diligenciamiento de la Encuesta Los Directores, Jefes o Encargados de las Direcciones de Informatica o del Organo que haga sus veces, accederan al Cuestionario citado en el Articulo 3º, a traves del MORDAZA de la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica (ONGEI): www.ongei.gob.pe/enriap. Las consultas que pudieran surgir respecto de la informacion que debera ser registrada en el Cuestionario, se realizaran a la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica (ONGEI) de la Presidencia del Consejo de Ministros, a traves del correo electronico: ongei@pcm. gob.pe, o a traves de los siguientes numeros telefonicos: 274-4356 y/o 274-4358, Anexos 104, 107 y 112.

Autorizan ejecucion de la "VIII Encuesta Nacional de Recursos Informaticos en la Administracion Publica"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 375-2010-PCM MORDAZA, 15 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0632007-PCM, la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica (ONGEI) es el organo especializado, encargado de dirigir como Ente Rector, el Sistema Nacional de Informatica, implementando la Politica Nacional de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.