Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2010 (16/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de diciembre de 2010

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28455 ­ Ley que crea el Fondo para las Fuerzas Armadas y Policia Nacional, Ley Nº 29465 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010 y el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar una transferencia financiera del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros al Pliego 026 Ministerio de Defensa hasta por la suma total de TREINTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 35'900,656.00), recursos que financiaran los gastos del Servicio de la Deuda del Ano Fiscal 2010. Articulo 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolucion, se aplicara el Presupuesto Institucional Modificado del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, segun Estructuras Programaticas y de Gasto siguientes: Unidad Ejecutora 003 Secretaria General ­ PCM, con cargo a los Recursos de la Fuente de Financiamiento: 5 Recursos Determinados ­ Rubro 18 Canon y Sobrecanon, Regalias, Renta de Aduanas y Participaciones; Actividad 1.000267 Gestion Administrativa, Categoria de Gasto 5 Gastos Corrientes, Generica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, incorporados en el Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo 3º.- Encargar a la Oficina General de Administracion de la Presidencia del Consejo de Ministros, el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion 578748-1

CULTURA
Autorizan al Archivo General de la Nacion a contratar servicios personales para cubrir plazas vacantes consideradas en su CAP y en su Presupuesto Analitico de Personal
DECRETO SUPREMO Nº 003-2010-MC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29565 se creo el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personeria juridica de derecho publico; Que, de acuerdo al Articulo 11º de la citada Ley entre los organismos publicos adscritos al Ministerio de Cultura se encuentra el Archivo General de la Nacion; Que, a traves del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, modificado por el Decreto Supremo Nº 002-2010-MC, se dispuso la fusion por absorcion de entidades y organos en el Ministerio de Cultura; Que, la Unica Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC establece que: "Una vez concluido los procesos de fusion que dispone el Articulo 2º, los organismos publicos que quedan adscritos al Ministerio de Cultura son los siguientes: (...) d. Archivo General de la Nacion - AGN"; Que, el Archivo General de la Nacion conforme al Decreto Supremo Nº 013-90-JUS, que aprueba el

Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Archivo General de la Nacion; la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29565, Ley que creo el Ministerio de Cultura; la Ley Nº 25323, Ley que crea el Sistema Nacional de Archivos; y, la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, es el organismo publico ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura encargado de la defensa, conservacion e incremento del Patrimonio Documental de la Nacion, organo rector y central del Sistema Nacional de Archivo y encargado de registrar declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion dentro de los ambitos de su competencia; Que, el Archivo General de la Nacion ha solicitado la cobertura para el Ano Fiscal 2010, de seis (6) plazas vacantes consideradas en su Cuadro de Asignacion de Personal y en su Presupuesto Analitico de Personal; Que, de conformidad con el numeral 9.1 del Articulo 9º de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, se encuentra prohibido el ingreso de personal en el Sector Publico por servicios personales, excepto cuando se trate de la contratacion para el reemplazo por cese de personal o para suplencia de los servidores conforme a lo previsto en el literal c) del mencionado numeral; contratacion que debe aprobarse mediante Decreto Supremo, previo informe favorable del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, considerando dicho MORDAZA legal el Ministerio de Economia y Finanzas, mediante Oficio Nº 7612010-EF776.19 de fecha 25 de noviembre de 2010, emitido por la Direccion General del Presupuesto Publico, concluye senalando que: el requerimiento se enmarca en las excepciones previstas en el literal c) del numeral 9.1 del Articulo 9º de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010; las seis plazas vacantes se encuentran registradas en el Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico; y, el Archivo General de la Nacion cuenta con la respectiva certificacion del credito presupuestario para el ano 2010 y 2011, tal como lo dispone el penultimo parrafo del numeral 9.1 del Articulo 9º de la citada Ley; por lo que emite opinion favorable a efectos de que el Archivo General de la Nacion gestione el Decreto Supremo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Autorizar al Archivo General de la Nacion a contratar servicios personales para cubrir las plazas vacantes consideradas en su Cuadro de Asignacion de Personal y en su Presupuesto Analitico de Personal, que se detallan en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Financiamiento Las acciones previstas en el Articulo 1º de la presente MORDAZA se financiaran con cargo al presupuesto institucional del Archivo General de la Nacion, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Cultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de diciembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA OSSIO MORDAZA Ministro de Cultura

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