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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 16 de diciembre de 2010 431014 1º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1º del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- De la transparencia Los Pliegos a los cuales INDECI transferirá fi nancieramente los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, elaboran un informe acerca de las adquisiciones efectuadas con cargo a dichos recursos, así como, de los resultados alcanzados, el mismo que se publica en el portal institucional de los Pliegos respectivos dentro de los treinta (30) días calendario de fi nalizado el año 2010. En caso los referidos Pliegos no contaran con un portal institucional, INDECI deberá realizar las acciones necesarias para su publicación en su portal institucional. Artículo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas 578751-4 ENERGIA Y MINAS Oficializan el “XIX Congreso Nacional de Ingeniería Mecánica, Eléctrica y Ramas Afines - CONIMERA”, a realizarse en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 532-2010-MEM/DM Lima, 10 de diciembre de 2010 VISTO: El pedido del Colegio de Ingenieros del Perú, suscrito por el Presidente del Capítulo de Ingeniería Mecánica y Mecánica Eléctrica, Ing. Fortunato Alva Dávila, a efectos que se ofi cialice el “XIX Congreso Nacional de Ingeniería Mecánica, Eléctrica y Ramas Afi nes - CONIMERA”, a realizarse del 16 al 19 de agosto de 2011 en la ciudad de Lima. CONSIDERANDO: Que, el Colegio de Ingenieros del Perú solicita el reconocimiento ofi cial del “XIX Congreso Nacional de Ingeniería Mecánica, Eléctrica y Ramas Afi nes - CONIMERA”, a realizarse del 16 al 19 de agosto de 2011; Que, mediante Informe Nº 052-2010/DGE-DNE, la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas señala que el referido evento contribuirá con la difusión de estudios efectuados por los profesionales vinculados al sector energético, en temas de aplicación de tecnologías; uso de recursos en campos hidroeléctrico, hidrocarburífero (petróleo y gas natural), carbonífero y energías renovables; investigación y desarrollo tecnológico; ingeniería, ambiente y desarrollo sostenible; permitiéndose el intercambio de ideas y experiencias que sirvan para valorar el potencial alcanzado por la ingeniería nacional, recomendándose oficializar el citado evento; Que, la institución solicitante ha cumplido con los requisitos señalados en la Resolución Nº 050-2001- EM/SG, que regula el procedimiento para oficializar eventos nacionales por parte del Ministerio de Energía y Minas, a pedido de entidades públicas o privadas; De conformidad con la Resolución Ministerial Nº 050- 2001-EM/SG y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y modificado por Decreto Supremo Nº 026-2010-EM, SE RESUELVE: Artículo Único.- Ofi cializar el “XIX Congreso Nacional de Ingeniería Mecánica, Eléctrica y Ramas Afi nes - CONIMERA”, a realizarse del 16 al 19 de agosto de 2011 en la ciudad de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 577632-1 FE DE ERRATAS ANEXO - RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 518-2010-MEM/DM Mediante Ofi cio Nº 2330-2010-MEM/SEG, el Ministerio de Energía y Minas solicita se publique Fe de Erratas del Anexo de la Resolución Ministerial Nº 518-2010-MEM/ DM, publicada en la edición del 1 de diciembre de 2010. En la Disposición Final del Anexo DICE: (…) “Única.- Las normas complementarias al Arancel de Fiscalización Minera serán dictadas por la Dirección General de Minería.” DEBE DECIR: (…) “Única.- Las normas complementarias al Arancel de Verifi cación y Evaluación serán dictadas por la Dirección General de Minería.” 578742-1