Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2010 (16/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

431005

Articulo 5º.- Periodo de ejecucion de le Encuesta El periodo de ejecucion de la "VIII Encuesta Nacional de Recursos Informaticos en la Administracion Publica ­ (VIII ENRIAP)", sera del 22 de Diciembre de 2010 al 22 de Enero de 2011. Articulo 6º.- Responsables del diligenciamiento de la Encuesta Los responsables del diligenciamiento del Cuestionario de la "VIII Encuesta Nacional de Recursos Informaticos en la Administracion Publica ­ (VIII ENRIAP)", seran los Directores, Jefes o Encargados de las Direcciones de Informatica o del Organo que haga sus veces. De existir alguna entidad sin recursos informaticos, esta debera cumplir con diligenciar exclusivamente el Capitulo I, Datos del Informante y Observaciones respectivas de la "VIII Encuesta Nacional de Recursos Informaticos en la Administracion Publica ­ (VIII ENRIAP)". El metodo a utilizarse para completar la informacion requerida en el Cuestionario, sera el de auto ­ empadronamiento. Articulo 7º.- Incumplimiento de la elaboracion de la Encuesta Las entidades de la administracion publica que incumplan con el diligenciamiento y entrega del cuestionario de la "VIII Encuesta Nacional de Recursos Informaticos y Tecnologicos en la Administracion Publica 2010 (VIII ENRIAP)", seran reportadas a la Contraloria General de la Republica como omisas al cumplimiento de la presente norma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion 578749-2

c) El treinta por ciento (30%) de las regalias que perciba el Gobierno Nacional por la explotacion del Lote 56 de Camisea a partir de su explotacion. d) Los Intereses que generen los ingresos mencionados en el presente articulo. e) Otros recursos que senale el Poder Ejecutivo. Que, el numera 4.1) del articulo 4º de la Ley Nº 28455 establece que los recursos de El Fondo se destinan unica y exclusivamente para: a) Adquisicion de equipamiento destinado a la modernizacion de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional. b) Repotenciacion y renovacion tecnologica del equipamiento de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional. c) Reparacion y mantenimiento del equipamiento de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional. Que, en el MORDAZA del articulo 5º de la Ley Nº 28455 y por Resoluciones Supremas Nºs. 419-2005-IN-PNP y 3732005-DE-SG, se aprobaron los planes estrategicos de la Policia Nacional del Peru ­ PNP y del Ejercito, MORDAZA de MORDAZA y Fuerza Aerea del Peru, respectivamente; Que, mediante Oficio Nº 0680-2010-MINDEF-VPDD/02 de fecha 14 de Octubre de 2010, el Ministerio de Defensa solicita a la Presidencia del Consejo de Ministros en su condicion que preside el Comite de Administracion del Fondo para las Fuerzas Armadas y Policia Nacional, convoque a sesion de comite con la finalidad de aprobar el Acta de Transferencia Financiera para registrar el pago del Servicio de Deuda, a favor de las Fuerzas Armadas por la suma de TREINTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 35'900,656.00); Que, mediante el Acta de sesion por el Comite de Administracion del Fondo para las Fuerzas Armadas y Policia Nacional de fecha 17 de Noviembre de 2010, se autoriza la transferencia financiera solicitada por el Ministerio de Defensa por un importe de TREINTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 35'900,656.00), recursos que financiaran los gastos del Servicio de la Deuda del Ano Fiscal 2010, a que se refiere el Contrato de Fideicomiso suscrito con fecha 07 de MORDAZA de 2008 y sus modificatorias; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 369-2010-PCM de fecha 07 de Diciembre de 2010, se aprobo la incorporacion de mayores fondos publicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros para el Ano Fiscal 2010, hasta por la suma de TREINTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 35'900,656.00), recursos que financiaran los gastos del Servicio de la Deuda del Ano Fiscal 2010; Que, de acuerdo al literal e) del numeral 75.4) del articulo 75º de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las transferencias financieras entre pliegos presupuestarios realizadas por la Presidencia del Consejo de Ministros con cargo al Fondo para las Fuerzas Armadas y Policia Nacional solo se aprueban por resolucion del Titular del pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, en concordancia con el articulo 15º de la Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, se suspende la aplicacion del articulo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y sus modificatorias, salvo las transferencias financieras contenidas en los literales b), d) y e) del citado articulo; Que, conforme a la disponibilidad de recursos en el Presupuesto Institucional en la Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados, a la fecha existe credito presupuestario disponible para la atencion de la transferencia financiera debidamente autorizada con la correspondiente documentacion y normatividad vigente; Contando con el visado de la Oficina General de Administracion, de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Aprueban transferencia financiera del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros al Pliego Ministerio de Defensa para financiar gastos del Servicio de la Deuda del Ano Fiscal 2010
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 376-2010-PCM MORDAZA, 15 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 546-2009-PCM de fecha 30 de Diciembre de 2009, se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Egresos del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros para el Ano Fiscal 2010, de conformidad con la Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010; Que, mediante Ley Nº 28455 de fecha 01 de Enero de 2005, se creo el Fondo para las Fuerzas Armadas y Policia Nacional, el cual esta conformado por los ingresos descritos en el articulo 3º de la citada MORDAZA, distribuidos en los siguientes porcentajes: Fuerzas Armadas Policia Nacional del Peru 75% 25%

Que, de acuerdo al Articulo 2º de la Ley Nº 28455 establece que constituyen ingresos de El Fondo para las Fuerzas Armadas y Policia Nacional: a) Veinticinco Millones de dolares americanos (US $ 25 000 000.00) por unica vez, provenientes del Tesoro Publico. b) El veinte por ciento (20%) de las regalias que perciba el Gobierno Nacional del Lote 88 de Camisea en el ano 2005; y el cuarenta (40%) a partir del ano 2006.

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