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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (16/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 16 de diciembre de 2010 431007 ANEXO Cargo Nivel Unidad Orgánica Técnico Administrativo III STA Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto de la Ofi cina Técnica Administrativa Director del Programa Sectorial I F-2 Dirección de Conservación de la Dirección Nacional de Archivo Histórico Director del Programa Sectorial I F-2 Dirección de Archivo Colonial de la Dirección Nacional de Archivo Histórico Técnico Administrativo IV STA Dirección de Archivos Notariales y Judiciales de la Dirección Nacional de Desarrollo Archivístico y Archivo Intermedio Especialista en Archivo III SPB Dirección de Archivos Notariales y Judiciales de la Dirección Nacional de Desarrollo Archivístico y Archivo Intermedio Técnico en Archivo IV STA Dirección de Conservación de la Dirección Nacional de Archivo Histórico 578751-5 DEFENSA Disponen que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno por el tiempo que dure el Estado de Emergencia declarado en provincias y distritos de los departamentos de Ayacucho, Huancavelica, Cusco y Junín RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 620-2010-DE/ Lima, 15 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 109-2010-PCM de fecha 15 de diciembre de 2010, se prorrogó por el término de sesenta (60) días, a partir del 04 de enero de 2011, el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convención del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de Concepción y en los distritos de Santo Domingo de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junín; Que, conforme a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 137º de la Constitución Política del Perú, las Fuerzas Armadas en Estado de Emergencia, asumen el control del orden interno si así lo dispone el Presidente de la República; Que, por Decreto Legislativo Nº 1095 de fecha 31 de agosto de 2010, se establecieron los procedimientos que regulan la intervención de las Fuerzas Armadas en zonas declaradas en Estado de Emergencia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer que las Fuerzas Armadas asuman el control del Orden Interno por el tiempo que dure el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convención del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de Concepción y en los distritos de Santo Domingo de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junín. La Policía Nacional del Perú contribuirá al logro de dicho objetivo en los departamentos, provincias y distritos indicados en el párrafo anterior. Artículo 2º.- La intervención de las Fuerzas Armadas se efectuará conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1095 de fecha 31 de agosto de 2010. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa MIGUEL HIDALGO MEDINA Ministro del Interior 578750-7 Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra a Brasil, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 621-2010-DE/MGP Lima, 15 de diciembre de 2010 Visto el Ofi cio N.1000-2697 del Director General de Educación de la Marina de fecha 22 de octubre de 2010; CONSIDERANDO: Que, el Agregado de Defensa del Perú en la República Federal de Brasil, informa que el Jefe de la División de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa del Brasil, ha concedido una vacante adicional en el Curso de Altos Estudios de Política y Estrategia - CAEPE, a favor de UN (1) Ofi cial de la Marina de Guerra del Perú, el cual se realizará en la ciudad de Rio de Janeiro - BRASIL, a partir del 26 de diciembre de 2010 al 10 de diciembre de 2011; Que, la Marina de Guerra del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2010, la designación y autorización de viaje al exterior en Misión de Estudios de UN (1) Ofi cial Superior a fi n de participar en el referido curso; Que, el citado viaje se encuentra incluido en el Rubro 3: Instrucción Militar Superior (Perfeccionamiento), Item 58, aprobado mediante Resolución Suprema N° 461- 2010-DE de fecha 18 de octubre de 2010, que modifi ca el Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa del Año Fiscal 2010; Que, la duración del citado curso incluye los Años Fiscales 2010 y 2011, por lo que el pago correspondiente al período comprendido del 26 al 31 de diciembre de 2010, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; para completar el periodo de duración de la Misión de Estudios a partir del 1 de enero al 10 de diciembre de 2011, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal respectivo; Que, la preparación y formación del Ofi cial participante en el citado Programa Académico, provee la capacitación a profesionales con experiencia signifi cativa en relaciones internacionales, fortaleciendo los conocimientos para un mejor desempeño en el campo institucional y acceder a nuevas competencias, nociones y experiencias que contribuyan a elevar el nivel profesional del citado Ofi cial, para luego ser vertidos en provecho de la Marina de Guerra del Perú;