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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de diciembre de 2010 431140 la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, en el artículo 37 establece que todas las entidades elaboran y aprueban su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), el cual contiene todos los procedimientos administrativos de iniciativa de parte requeridos por los administrados y la relación de aquellos servicios prestados en exclusividad por la municipalidad; el artículo 38 del mismo cuerpo normativo en el numeral 38.1 señala que el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), es aprobado por Ordenanza Municipal, o por resolución del titular del organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo y el numeral 38.2 señala que cada 2 (dos) años, las entidades están obligadas a publicar el íntegro del TUPA, bajo responsabilidad de su titular; Que, que mediante Ordenanza Municipal Nº 000037 publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, el 26 de julio de 2010, se aprueban procedimientos, servicios prestados en exclusividad, requisitos y costos administrativos de la Municipalidad Provincial del Callao y mediante Ordenanza Municipal Nº 000038 publicada el 26 de julio de 2010 en el Diario Ofi cial El Peruano, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA 2010, de la Municipalidad Provincial del Callao; Que, en la sesión de la fecha se adoptó el Acuerdo de Concejo Nº 000292, que modifi ca el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA-2010 del 22 de julio de 2010, de la Municipalidad Provincial del Callao, en los procedimientos administrativos a cargo de la Gerencia General de Desarrollo Urbano Nº 7.1, 8.1, 12, 13, 14, 15, 16, 18, 19, 21.1, 21.2, 22.1, 22.2, 22.3, 22.4, 25, 26, 27, 28, 29 y 34, el cual tiene como antecedentes el mediante Memorando Nº 03310-2010-MPC-GGDU, de la Gerencia General de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 78-2010- MPC-GGDU-GPUC, de la Gerencia de Planeamiento, Urbano y Catastro, el Informe Nº 043-2010-MPC-GGDU- GO, de la Gerencia de Obras, ambas dependientes de la Gerencia General de Desarrollo Urbano, el Memorando Nº 1770-2010-MPC/GGPPR, de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización y el Informe Nº 1389-2010-MPC-GGAJC, de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, los cuales opinan favorablemente a la promulgación de la presente Ordenanza; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS A CARGO DE LA GERENCIA GENERAL DE DESARROLLO URBANO Y LOS INCORPORA EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS TUPA-2010 DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Artículo 1º. Apruébase la modifi cación de los procedimientos administrativos Nº 7.1, 8.1, 12, 13, 14, 15, 16, 18, 19, 21.1, 21.2, 22.1, 22.2, 22.3, 22.4, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 y 34, a cargo de la Gerencia General de Desarrollo Urbano así como los requisitos, costos administrativos que correspondan, aprobados por Ordenanza Municipal Nº 000037 del 22 de julio de 2010, de la Municipalidad Provincial del Callao e incorpórase en el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA-2010 – aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000038 del 22 de Julio de 2010, de acuerdo al Anexo Nº 1, adjunto que forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo 2º. Encárgase a la Gerencia Municipal, Gerencia General de Desarrollo Urbano, a la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, la difusión de la presente Ordenanza, así como a todos los órganos municipales el fi el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 3º. Encárgase a la Gerencia de Informática la publicación de la presente Ordenanza Municipal y el Anexo Nº 1 correspondiente, en el Portal Institucional www. municallao.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe que forma parte de la presente Ordenanza Municipal. Artículo 4º. La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. PIO SALAZAR VILLARAN Alcalde del Callao 578627-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL