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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de diciembre de 2010 431126 GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Declaran caducidad de diversos derechos mineros por la falta de pago de las obligaciones correspondientes a los años 2009 y 2010 DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA, MINAS E HIDROCARBUROS RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 332-2010-GOREMAD-GRDE/DREMEH Madre de Dios, 18 de noviembre de 2010. VISTO: las Resoluciones de Presidencia Nº 115- 2009-INGEMMET/PCD del 22 de agosto del 2009, Nº 108-2010-INGEMMET/PCD de fecha 27 de agosto del 2010, el informe Nº 1969-2010-INGEMMET/DDV del 18 de octubre del 2010 de la Dirección de Derecho de Vigencia del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET CONSIDERANDO: Que, el Derecho de Vigencia y/o Penalidad constituyen obligaciones fi jadas por el Estado a los titulares de actividad minera para mantener vigente sus derechos mineros, las que son exigibles entre el 01 de enero al 30 de junio de cada año, siendo factible que las deudas vencidas y no pagadas en su oportunidad pueden regularizarse con los pagos efectuados en el año siguiente, dentro del plazo ya indicado, conforme a lo dispuesto en los artículos 39º y 59º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; Que, los pagos realizados sin utilizar el código único del derecho minero, deben acreditarse dentro del mes siguiente de efectuados, así como los acreditados extemporáneamente, previo pago del derecho de trámite correspondiente, conforme el artículo 37º del Decreto Supremo Nº 03-94-EM; Que, la caducidad de petitorios y concesiones mineras se produce por el no pago oportuno del Derecho de Vigencia y/o Penalidad, según sea el caso, durante dos años consecutivos, conforme lo dispuesto en el artículo 59º de la Ley General de Minería; Que, De conformidad con la atribución establecida en el inciso f) del artículo 59º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, aprobado por Ley Nº 27867, Los Gobiernos Regionales ejercen la función de Otorgar concesiones para la Pequeña Minería y la Minería Artesanal de alcance regional, precisado por Decreto Supremo Nº 068-2006- PCM incluyó la recepción de petitorios, tramitación, otorgamiento de concesiones y extinción, y en general todo el Procedimiento Ordinario Minero, conforme la Ley General de Minería y sus Reglamentos; y asumiendo competencia el Gobierno Regional de Madre de Dios, conforme la Resolución Ministerial Nº 046-2008-MEM/DM; y conforme a la facultad conferida a la Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos de la Región Madre de Dios, mediante Resolución ejecutiva Regional Nº 469- 2008-GOREMAD/PR; Que , el inciso g) del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 084-2007-EM, señala que los Gobiernos Regionales tienen la facultad, entre otros, la de declarar la caducidad de derechos mineros; Que, el inciso 24) del artículo 3º del Reglamento de Organización y Funciones del INGEMMET, Decreto Supremo Nº 035-2007-EM señala como ámbito de competencia y función de esta institución la de administrar y distribuir el Derecho de Vigencia y Penalidad, controlando los abonos efectuados, las deudas y expidiendo las resoluciones de no pago de derecho de vigencia y penalidad y resoluciones de exclusión de dicha condición; Que, el inciso 3) del artículo 32º del referido Reglamento, señala que constituye función de la Dirección de Derecho de Vigencia tramitar solicitudes, emitir opinión y proyectar las resoluciones relacionadas con la administración y distribución del derecho de vigencia y penalidad; Que, por Ofi cio Nº 619-2010-INGEMMET/DDV de fecha 18 de octubre del 2010 el INGEMMET hace llegar el Informe Nº 1969-2010-INGEMMET/DDV del 18 de octubre del 2010, la Dirección de derecho de Vigencia del INGEMMET, remitió la relación de petitorios y concesiones mineras en causal de caducidad por incumplimiento de los pagos del Derecho de Vigencia y/o Penalidad, aprobados por Resoluciones de Presidencia Nº 115-2009-INGEMMET/ PCD del 22 de agosto del 2009, Nº 108-2010-INGEMMET/ PCD de fecha 27 de agosto del 2010; Que, el Gobierno Regional de Madre de Dios es competente para declarar la caducidad de derechos mineros, entre petitorios y concesiones mineras, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 96º y 102º del Reglamento de Diversos Títulos del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 03-94-EM; SE RESUELVE: Artículo Primero.-_ Declarar la Caducidad por el no pago oportuno de las obligaciones de los años 2009 y 2010 correspondientes a los derechos mineros: 1) ADELSON I con Código Nº 070026207; 2) AMALUT SEIS con Código Nº 040002806; 3) ANA LUCIA III con Código Nº 6700025708; 4) ANTONY 2008 I con Código Nº 670046908; 5) DEBORAH UNO con Código Nº 670017108; 6) DONNA con Código Nº 670016908, 7) DOÑA MERY con Código Nº 070031808; 8) DRAGON ROJO I con Código Nº 070017304; 9) ESCANDALO con Código Nº 670021308 10) FIDEL 2007 con Código Nº 070013707; 11) FRANSUE con Código Nº 670021408; 12) GRIM con Código Nº 670042408; 13) HEIDI BELEN con Código Nº 070193204; 14) HERMANO MINERO 2008 con Código Nº 070003708, 15) LIDER TRES con Código Nº 070027604; 16) LO ULTIMO con Código Nº 670017008; 17) MARCIA 2008 con Código Nº 670028508; 18) MNH con Código Nº 670036308; 19) NUEVA ESPERANZA 2001 con Código Nº 040004100; 20) PAUL I con Código Nº 070000806; 21) PLAYA DIANA I con Código Nº 070009502; 22) PLAYA NELIDA II con Código Nº 670041808; 23) ROSAMELIA 3 con Código Nº 670018308; 24) TRES AMIGOS con Código Nº 070021707; 25) TRES AMIGOS UNO con Código Nº 070030307: 26) TRES LUCEROS con Código Nº 070025907; 27) VALERIA RV con Código Nº 070006507; 28) YURI con Código Nº 670024208. Artículo Segundo.- Consentida o Ejecutoriada que sea la siguiente resolución, remítase a _ la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para la inscripción pertinente y al Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET para los fi nes que se contrae en la Ley Nº 26615. Regístrese y Publíquese. RONNY PASTOR VELASQUEZ Director Regional (e) 578854-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban habilitación urbana nueva para uso comercio metropolitano sobre terreno ubicado en el Cercado de Lima RESOLUCIÓN Nº 187-2010-MML-GDU-SPHU Lima, 29 de octubre de 2010 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Expediente Nº 147515-2010, de fecha 20 de octubre de 2010, promovido por la empresa INMOBILIARIA