Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2010 (17/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

431139

ORDENANZA QUE APRUEBA EL CAMBIO DE ZONIFICACION DEL PREDIO UBICADO EN LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 170 ­ DISTRITO DE BELLAVISTA ­ CALLAO, DE RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA ALTA (RDMA) A COMERCIO LOCAL (CL)
Articulo 1º.- Apruebase el cambio de zonificacion del predio ubicado en la MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 170 ­ distrito de Bellavista ­ provincia del Callao, de Residencial de Densidad Media Alta (RDMA) a Comercio Local (CL), de acuerdo al Plano PZ ­ 02, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- Modificase en lo pertinente el Plan MORDAZA Director de la Provincia Constitucional del Callao 1995 al

2010 aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000018 de fecha 5 de octubre de 1995. Articulo 3º.- Encargase a la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo 4º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA del Callao

578357-1

Modifican procedimientos administrativos a cargo de la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA y los incorpora en el TUPA-2010 de la Municipalidad Provincial del Callao
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000065
Callao, 1 de diciembre de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesion de fecha 1 de diciembre de 2010, aprobo la siguiente Ordenanza Municipal:

CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en el articulo 194 establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; igualmente, el articulo 195 inciso 3, senala que los gobiernos locales son competentes para administrar sus bienes y sus rentas, asi como el inciso 4 establece que son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en el articulo 9 inciso 8 establece que son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, y el inciso 9 el de crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a ley, y el articulo 40 senala que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba

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