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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de diciembre de 2010 431125 Artículo 3º.- Disponer que la Gerencia Regional de Infraestructura, gestione la remisión de una nueva Carta Notarial formulando a los propietarios la oferta de adquisición, a fi n de dar por agotado el trato directo. Artículo 4º.- Determinar que el bien a expropiar tiene las siguientes características técnicas: COORDENADAS UTM DEL AREA A EXPROPIAR: lado: 1-2 ; d= 15.63 (229,323.219; 8,187, 535.463), lado:2- 3; d= 6.10 (229,308.380 ; 8,187,540.371), lado:3-4; d= 4.84 (229,305.953 ; 8,187,534.775), lado: 4-5; d= 15.72 (229,304.765 ; 8, 187,530.083), lado:5-1; d= 10.40 (229, 319.840 ; 8, 187,525.627), AREA DEL TERRENO A EXPROPIAR: 169.25 m2, Dada en la Sede del Gobierno Regional de Arequipa, a los seis (6) días del mes de diciembre del dos mil diez. Regístrese y comuníquese. JUAN MANUEL GUILLÉN BENAVIDES Presidente 578208-1 GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Autorizan iniciar acciones legales contra presuntas responsables de falsificación de documentos y suplantación de personal docente RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N° 502-2010-GR.LAMB/PR Chiclayo, 1 de diciembre del 2010 VISTO: El Ofi cio Nº 797-2010-GR.LAMB/ORAJ, de fecha 05 de noviembre de 2010 (Exp. 1468846), y el Ofi cio Nº 077- 2010-GR.LAMB/DIGR, de fecha 17 de noviembre de 2010 (Exp. Nº 1483373); CONSIDERANDO: Que, mediante documento del Visto, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, solicita al Directorio de Gerentes, se inicien las acciones legales correspondientes contra la docente YULIANA VANESSA RISCO TORRES, sobre la presunta falsifi cación de documentos en agravio del Estado, conforme a los Ofi cios Nº 3082 y 4322-2010-GR.L.AMB/DREL-OFAJ (Reg. 1457981 y 1380134) remitidos por la Dirección Regional de Educación Lambayeque, que forman parte de la presente resolución; Que, a través del Oficio Nº 3082-2010-GR.LAMB/ DREL-OFAJ, de fecha 26 de octubre de 2010, se tiene conocimiento que la docente YULIANA VANESSA RISCO TORRES, presuntamente habría falsificado firmas que figuran en el Acta Consolidada de Evaluación integral de nivel de educación (4º Grado), por cuanto las firmas no coinciden con una y otra; que mediante Informe Nº 126-2008-GR.LAMB/DRE-CADER, la Comisión de Atención de Denuncias y Reclamos, da a conocer que al efectuar la investigación preliminar ha constatado que existe presunta falsificación e irregularidades en los documentos de la propuesta de Contrato de la profesora YULIANA VANESSA RISCO TORRES, lo que es corroborada con pruebas en la que pudo observar que el documento presentado por la citada profesora consistente en el Acta de Consolidación de Evaluación Integral de 1º al 6º grado de Educación Primaria año 2007 es falsa (escaneada) por lo que el original que obra en la DREL, se observó que corresponde a YOVANA DEL ROSARIO PINTADO CHERO (a fls. 35). Por lo que mediante Oficio Nº 1975-2009-GR.LAMB/DRE- OFAJ, del 30-12-2009 la Directora de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional de Educación Lambayeque, recomienda que no se expida la resolución de contrato y se deriven los actuados al Gobierno Regional, para disponer que se inicien las acciones legales correspondientes, documentación que fue remitida a esta Sede Regional, con el Oficio Nº 1857-2010- GR.LAMB/DRE/OFAJ, del 08 de abril de 2010; Que, es de indicar que con Informe Nº 0001-2010- DREL/CPPAD, del 13 de enero del 2010, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, concluye que la servidora administrativa ELIZABETH ELISA MENDOZA BRAVO, Trabajadora de Servicio IV de la I.E. “DIEGO FERRE SOSA” distrito de Monsefú, ha venido haciéndose suplantar por su hermana LUCINDA MENDOZA BRAVO, hechos que constituyen presuntas faltas graves de carácter administrativo disciplinario, tipicado en el artículo 28º inciso a) del Decreto Legislativo Nº 276, así como la Ley Nº 27815 - Ley del Código de Etica de la Función Pública, siendo pasible de apertura de proceso administrativo disciplinario, teniendo en cuenta que doña LUCINDA MENDOZA BRAVO no tiene vínculo laboral con la Entidad; razón por la cual mediante Resolución Directoral Regional Sectorial Nº 0101-2010- GR.LAMB/DREL, del 21 de enero de 2010 se apertura proceso administrativo a la servidora ELIZABETH ELISA MENDOZA BRAVO, la misma que fuera sancionada, a través de la R.D.R.S. Nº 0845-2010-GR.LAMB/DREL, del 25 de marzo del presente, documentación que mediante Ofi cio Nº 1939-2010-GR.LAMB/DRE-OFAJ, de fecha 13 de abril de 2010, el Director Regional de Educación Lambayeque, remite el Expediente Nº 1221546-2010, mediante el cual a través de la Resolución Directoral Regional Sectorial Nº 845-2010-GR.LAMB/DREL, se está disponiendo que se inicien las acciones legales correspondientes sobre suplantación de personal docente, contra ELIZABETH ELISA MENDOZA BRAVO y LUCINDA MENDOZA BRAVO; a fi n de que se emita la resolución ejecutiva autoritativa a favor del Procurador Público, para las acciones judiciales pertinentes; Que, con Ofi cio Nº 077-2010-GR.LAMB/DIGR, de fecha 17 de noviembre de 2010, el Directorio de Gerentes aprobó autorizar al Procurador Público Regional el inicio de las acciones judiciales pertinentes; De conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política del Estado, Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representación y Defensa del Estado en Asuntos Judiciales, modificado por Decreto Ley Nº 17667, inciso a) de Art. 21º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, Decreto Supremo Nº 002-2003-JUS - Reglamento de la Representación y Defensa de los Intereses del Estado a nivel de los Gobiernos Regionales, Ley Nº 27783 – Ley de Bases de Descentralización, Decreto Legislativo Nº 1068 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS; con el visado de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica y la conformidad de Gerencia General Regional; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR al señor Abog. Enrique Eduardo Salazar Fernández - Procurador Público Regional, para que en nombre y representación del Estado - Gobierno Regional de Lambayeque, inicie las acciones legales pertinentes, contra YULIANA VANESSA RISCO TORRES, sobre presunta falsifi cación de documentos en agravio del Estado; y, contra ELIZABETH ELISA MENDOZA BRAVO y LUCINDA MENDOZA BRAVO, por presunta suplantación de personal docente, por las consideraciones expuestas. Artículo Segundo.- REMITIR copia de la presente Resolución y los antecedentes del caso a la Procuraduría Pública Regional del Gobierno Regional de Lambayeque, para los fines a que se contrae la presente Resolución, además de publicarse en el Diario Oficial El Peruano y Portal Electrónico del Gobierno Regional Lambayeque. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS BECERRA ARRIBASPLATA Presidente Regional 576714-1