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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de diciembre de 2010 431589 la Gerencia de Operaciones, a identifi car los terrenos eriazos y/o en abandono, con la fi nalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 131-2001-EF, que aprueba el Estatuto de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 719-2010/SBN-GO-JAR, de fecha 12 de noviembre de 2010; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 2 167,54 m², ubicado en zona de expansión urbana frente al derecho de vía de la carretera Panamericana Sur, a la altura del Km 448.90 y a 1 900 metros del Aeródromo de Nazca, colindante a terrenos eriazos del Estado y de propiedad de la empresa MINEX S.A., en el distrito de Vista Alegre, provincia de Nazca y departamento de Ica, de acuerdo al plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° XI - Sede Ica de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno antes descrito en el Registro de Predios de Nazca. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDDA YSABEL CARRASCO GAVIÑO Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 581266-1 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 342-2010/SBN-GO-JAR San Isidro, 20 de diciembre del 2010 Visto el Expediente N° 308-2010/SBN-JAR, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 35 602,19 m², ubicado al Sur de la propiedad del Estado (afectado en uso a favor del IPEN – Central Nuclear) y a la altura del Kilómetro 12 de la vía de ingreso al Instituto Peruano de Energía Nuclear, en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 35 602,19 m², ubicado al Sur de la propiedad del Estado (afectado en uso a favor del IPEN – Central Nuclear) y a la altura del Kilometro 12 de la vía de ingreso al Instituto Peruano de Energía Nuclear, en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, mediante Informe Técnico Nº 12237-2010- SUNARP-Z.R.Nº.IX/OC, de fecha 18 de octubre de 2010, la Ofi cina Registral de Lima, señala que el predio materia de consulta se ubica en ámbito del cual en la base gráfi ca parcial del predio mosaico de predios, no se ha identifi cado a la fecha, información gráfi ca de plano con antecedentes registral; Que, realizada la inspección técnica con fecha 08 de noviembre de 2010, se verifi có que el terreno es eriazo, de forma irregular, de topografía variada, suelo arcilloso y pedregoso, y se encuentra desocupado. Asimismo, se precisa que al interior del predio se encuentra la vía de acceso al IPEN, debidamente asfaltada; Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 35 602,19 m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, aprobada por Resolución N° 011-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003- 2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolución Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestión Inmobiliaria y Supervisión a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la SBN; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39° del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Resolución de Superintendencia N° 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a identifi car los terrenos eriazos y/o en abandono con la fi nalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias, Decreto Supremo N° 131-2001-EF, “Estatuto de la SBN” y Resolución de Superintendencia N° 315-2001/SBN; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº712 -2010/SBN-GO-JAR, de fecha 11 de noviembre de 2010; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 35 602,19 m², ubicado al Sur de la propiedad del Estado (afectado en uso a favor del IPEN – Central Nuclear) y a la altura del Kilómetro 12 de la vía de ingreso al Instituto Peruano de Energía Nuclear, en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.- EDDA YSABEL CARRASCO GAVIÑO Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 581266-2 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 343-2010/SBN-GO-JAR San Isidro, 20 de diciembre del 2010 Visto el Expediente N° 226-2010/SBN-JAR, correspondiente al trámite de primera inscripción de