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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de diciembre de 2010 431686 ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Res. Nº 079-2010-BCRP.- Aprueban diversas medidas de austeridad que serán de aplicación para el ejercicio 2011 431703 Circular Nº 046-2010-BCRP.- Aprueban Circular relativa al requerimiento de información sobre el uso de canales e instrumentos de pago distintos al dinero en efectivo y sobre comisiones por el uso de transferencias interbancarias 431703 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. Nº 17017-2010.- Autorizan al Banco Continental la apertura de agencia en el distrito de Majes, provincia de Caylloma, departamento de Arequipa 431704 RR. Nºs. 17050 y 17051-2010.- Autorizan a El Pacífi co Vida Compañía de Seguros y Reaseguros la comercialización de productos de seguros a través de los canales “Comercializadores” y “Sistemas de comercialización a distancia” 431705 Res. Nº 17063-2010.- Autorizan al Banco Falabella Perú S.A. la apertura de ofi cina especial en el Cercado de Lima 431705 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LINCE Ordenanza Nº 280-MDL.- Aprueban Sistema Local de Gestión Ambiental y crean la Comisión Ambiental Municipal del distrito de Lince 431706 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Ordenanza Nº 015-2010-MDLP/ALC.- Ordenanza que aprueba el Régimen de Prevención y Control de Consumo de Tabaco en el distrito de La Punta 431710 SEPARATAS ESPECIALES EDUCACION Modelo de Calidad para la Acreditación Institucional Universitaria 1 al 28 MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Ordenanza N° 019-2010-MDLP/ALC y Acuerdo N° 000307.- Marco Legal para la Determinación y Distribución de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana en el distrito de La Punta para el Ejercicio Fiscal 2011 431638 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Ordenanza N° 198 y Acuerdo N° 489.- Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles, Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio 2011 431664 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Establecen que en el marco de la declaración de preferente interés nacional dispuesta por D.S. Nº 010- 2010-AG, el Estado prestará garantías para la ejecución de las obras de afianzamiento hídrico en la cuenca del río Apurímac, a fin de satisfacer las demandas hídricas de la provincia de Espinar, departamento del Cusco DECRETO SUPREMO Nº 016-2010-AG EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2010-AG se declaró de preferente interés nacional el afi anzamiento hídrico que permita satisfacer las demandas hídricas multisectoriales futuras de la provincia de Espinar, departamento del Cusco y dictar medidas que permitan la ejecución de estudios y obras correspondientes; Que, el artículo 3º de la precitada norma, dispuso que el Ministerio de Agricultura, con cargo a su presupuesto, ejecutará durante el año 2011 los estudios de preinversión, a nivel de prefactibilidad y factibilidad, relacionados al afi anzamiento hídrico de la provincia de Espinar que permita desarrollar en detalle la alternativa determinada en el perfi l que elaborará la Autoridad Nacional del Agua; Que los estudios de: Impacto Ambiental de la Represa de Angostura y Balance Hídrico denominado: “Confrontación de Oferta y Demanda de la Cuenca del Apurímac al Río Salado”, aprobados por Resolución de Dirección General Nº 049-10-AG-DVM-DGAA y Resolución Jefatural Nº 507-2010-ANA, de la Dirección General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Agricultura y de la Autoridad Nacional del Agua, respectivamente, recomendaron realizar estudios y obras de afi anzamiento hídrico en la cuenca del río Apurímac y cuencas vecinas para atender las demandas actuales y futuras de los usos sociales y productivos en el ámbito de la provincia de Espinar, departamento del Cusco; Que, resulta necesario dictar medidas destinadas a posibilitar la ejecución de las obras de afi anzamiento hídrico que garantice satisfacer las demandas hídricas para los usos poblacional y productivo agrícola contemplado en el Proyecto de Irrigación Cañón del Apurímac, en la provincia de Espinar, departamento del Cusco, hasta por un volumen que se determinará en los estudios destinados al afi anzamiento hídrico, que ejecute la Autoridad Nacional del Agua, conforme dispone el Decreto Supremo Nº 010-2010-AG; En uso de la facultad conferida por el numeral 8 del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Establecer que en el marco de la declaración de preferente interés nacional dispuesta por el Decreto