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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de diciembre de 2010 431688 a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico del Ministerio de Cultura, las fi rmas impresas de los Directores Regionales y de los responsables de los peritajes, para el registro correspondiente. Artículo 8º.- Los Directores Regionales de Cultura de Cusco y La Libertad del Ministerio de Cultura, así como los responsables de los peritajes, bajo responsabilidad, deberán fi rmar los certifi cados de réplicas que emitan sus sedes regionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN OSSIO ACUÑA Ministro de Cultura CERTIFICADO DE BIENES NO PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL CON FINES DE EXPORTACIÓN Fecha de expedición: N° DDPH-MC La Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico del Ministerio de Cultura, certifi ca que los bienes detallados en el presente documento NO PERTENECEN AL PATRIMONIO CULTURAL DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento. Por lo tanto, dichos bienes no cuentan con limitación alguna de acuerdo a la Ley para su traslado fuera del país o su comercialización. Expediente: Nombre y Apellidos: Documento de identidad: Nacionalidad: Domicilio: Destino: Cantidad solicitada: Descripción: Cantidad autorizada: Fotografías: OBSERVACIONES: Certifi cado válido por cuarenta y cinco (45) días calendarios, contados a partir de la expedición del presente. Responsable del peritaje: Director de Defensa del Patrimonio Histórico Número de Informe Técnico: CERTIFICADO DE RÉPLICAS DE BIENES CULTURALES CON FINES DE EXPORTACIÓN Fecha de expedición: N° DRC-MC La Dirección Regional Cusco del Ministerio de Cultura, certifi ca que los bienes detallados en el presente documento SON RÉPLICAS DE BIENES CULTURALES Y NO PERTENECEN AL PATRIMONIO CULTURAL DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento. Por lo tanto, dichos bienes no cuentan con limitación alguna de acuerdo a la Ley para su traslado fuera del país o su comercialización. Expediente: Nombre y Apellidos: Documento de identidad: Nacionalidad: Domicilio: Destino: Cantidad solicitada: Descripción: Cantidad autorizada: Fotografías: OBSERVACIONES: Certifi cado válido por cuarenta y cinco (45) días calendarios, contados a partir de la expedición del presente. Responsable del peritaje: Director Regional de Cusco Número de Informe Técnico: CERTIFICADO DE RÉPLICAS DE BIENES CULTURALES CON FINES DE EXPORTACIÓN Fecha de expedición: N° DRLL-MC La Dirección Regional La Libertad del Ministerio de Cultura, certifi ca que los bienes detallados en el presente documento SON RÉPLICAS DE BIENES CULTURALES Y NO PERTENECEN AL PATRIMONIO CULTURAL DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento. Por lo tanto, dichos bienes no cuentan con limitación alguna de acuerdo a la Ley para su traslado fuera del país o su comercialización. Expediente: Nombre y Apellidos: Documento de identidad: Nacionalidad: Domicilio: Destino: Cantidad solicitada: Descripción: Cantidad autorizada: Fotografías: OBSERVACIONES: Certifi cado válido por cuarenta y cinco (45) días calendarios, contados a partir de la expedición del presente. Responsable del peritaje: Director Regional de La Libertad Número de Informe Técnico: 581756-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban modificación y actualización del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 139-2010-EF Lima, 24 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Supremo N° 043-2004- PCM, se aprobaron los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las Entidades de la Administración Pública, estableciendo en el artículo 15° que la aprobación del CAP, se efectúa mediante Resolución Suprema refrendada por el Titular del Sector al que pertenezca la entidad, previo informe favorable de la Ofi cina de Presupuesto y Planifi cación del respectivo Sector;