Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2010 (25/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, sabado 25 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

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Proyectos, Empresas y activos sujeta al cumplimiento de mecanismos de verificacion, en lo que corresponde al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, la transferencia de las Sociedades de Beneficencia Publica y Junta de Participacion Social a los Gobiernos Locales; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 048-2008-PCM-SD, se aprobo la Directiva Nº 004-2008-PCM/SD, "Normas Especificas para la Transferencia de las Sociedades de Beneficencia Publica y Junta de Participacion Social del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social incluidas en el Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM", cuyos numerales 2.4 y 3.2.4 preven, por un lado, que el MIMDES, a traves de su unidad organica competente, continuara ejerciendo las funciones normativas y rectoras que establece el ordenamiento juridico vigente; y, por el otro, que la transferencia efectiva se realizara a partir de la emision del Decreto Supremo que la sustente; Que, el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2009", aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM, prescribe que con la emision de la citada Directiva se dio inicio a la transferencia de las Sociedades de Beneficencia Publica y Junta de Participacion Social consideradas pequenas que cuenten con al menos un inmueble; Que, en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion, es necesario tener una distribucion MORDAZA y precisa de funciones entre los niveles de Gobierno Nacional, Regional y Local, siguiendo el criterio de subsidiaridad, a traves del cual el gobierno mas cercano a la poblacion es el mas idoneo para ejercer la competencia o funcion; sin perjuicio de lo cual, existen competencias compartidas en las que pueden intervenir dos o mas niveles de gobierno que comparten fases sucesivas de los procesos implicados y,

en cuyo ejercicio, cada nivel de gobierno debe actuar de manera oportuna y eficiente, a fin de cumplir a cabalidad las acciones que le corresponden, respetando el MORDAZA de atribuciones propio de los demas; Que, en este sentido, la efectivizacion de la transferencia de las funciones y competencias que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES ejerce sobre las Sociedades de Beneficencia Publica y Junta de Participacion Social requiere determinar el rol que correspondera asumir a cada nivel de gobierno sobre la gestion de las mismas; Que, las Sociedades de Beneficencia Publica y Junta de Participacion Social forman parte del Sistema Nacional para la Poblacion en Riesgo, creado por mandato de la Ley Nº 26918, y tienen como finalidad la promocion, atencion y apoyo a ninos, adolescentes, jovenes, mujeres, ancianos y, en general, a toda persona en situacion de riesgo, abandono o con problemas psiquicos, sociales o corporales que menoscaben su desarrollo humano, de acuerdo con los Decretos Supremos Nº 008-98PROMUDEH y Nº 004-2010-MIMDES, debiendo regirse por las disposiciones contenidas en las citadas normas; Que, la transferencia respecto de las Sociedades de Beneficencia Publica y Junta de Participacion Social solo comprende la transferencia de las funciones y competencias que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES ejerce sobre dichas entidades, por lo que a nivel presupuestal unicamente se transferira a los Gobiernos Locales Provinciales los recursos correspondientes para el pago a los trabajadores activos y pensionistas de las Sociedades de Beneficencia Publica y Junta de Participacion Social, sin contemplarse la transferencia de recursos humanos, economicos, financieros y/o patrimoniales, los cuales seguiran bajo

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotiza@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 3 paginas o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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