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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (25/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de diciembre de 2010 431689 Que, asimismo, los incisos a) y c) del artículo 16° de los referidos Lineamientos, prevén que las Entidades de la Administración Pública deberán modifi car su CAP cuando éstas hayan sufrido modifi caciones en su Reglamento de Organización y Funciones que conlleven cambios en sus funciones o en su estructura organizacional o por motivo de una acción de racionalización o mejoramiento de procesos, así como por un reordenamiento de cargos que conlleve a una afectación de su Presupuesto Analítico de Personal - PAP; Que, mediante Resolución Suprema N° 105-2008- EF se modifi có y actualizó el Cuadro para Asignación de Personal-CAP de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución Suprema N° 071-2004-EF y modifi cado por Resolución Suprema N° 100-2007-EF, al haberse creado ciento cincuenta (150) plazas autorizadas por la Ley N° 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, por modifi caciones en su estructura organizacional, así como un reordenamiento de cargos; Que, en virtud de la facultad conferida en el inciso e) de la Primera Disposición Transitoria de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, aprobada por Ley N° 29465, la SUNAT, emitió la Resolución de Superintendencia N° 284-2009/SUNAT, que aprobó las disposiciones de austeridad, racionalidad, disciplina en el gasto público y de los ingresos del personal para la SUNAT en el Año Fiscal 2010; Que, el numeral 2.2 del artículo 2° de la citada Resolución de Superintendencia, establece cuatro supuestos de excepción para la prohibición de ingreso de personal en la SUNAT prevista en la misma Resolución: a) La designación en cargos de confi anza; b) La contratación para el reemplazo por cese del personal o para suplencia temporal; c) La contratación de personal previo concurso público de méritos, para la cobertura de plazas presupuestadas; y, d) La contratación a plazo indeterminado de personal que labora con contrato sujeto a modalidad, previo proceso de evaluación y selección, siempre que se cuente con plaza presupuestada; Que, en mérito a las disposiciones antes señaladas, se han producido modifi caciones en la estructura organizacional de la SUNAT producto de la racionalización y mejoramiento de procesos, así como un reordenamiento de cargos, por lo que resulta pertinente modifi car y actualizar el CAP de la SUNAT, con arreglo a la normativa legal sobre la materia; De conformidad con la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto para el Año Fiscal 2010, los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las Entidades de la Administración Pública, aprobados por Decreto Supremo N° 043-2004-PCM y la Resolución de Superintendencia N° 284-2009/SUNAT, que aprueba medidas de austeridad, racionalidad, disciplina en el gasto público y de ingresos de personal a aplicarse durante el Año Fiscal 2010; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi cación y Actualización del Cuadro para Asignación de Personal - CAP Aprobar la modifi cación y actualización del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2°.- Publicación de la norma La presente Resolución Suprema será publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”. El Cuadro para Asignación de Personal de la SUNAT será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la SUNAT (www.sunat.gob.pe), en la misma fecha de la publicación ofi cial de la presente Resolución. Artículo 3º.- Derogatoria Déjase sin efecto la Resolución Suprema N° 105- 2008-EF. Artículo 4º.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas 582265-5 Designan Miembros Permanentes del Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura Portuaria - PRO PUERTOS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 140-2010-EF Lima, 24 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28660, se determina la naturaleza jurídica de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, como organismo público descentralizado adscrito al sector economía y fi nanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera, constituyendo un pliego presupuestal; Que, por Decreto Supremo Nº 042-2009-EF, publicado el 19 de febrero de 2009, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN; Que, el Artículo 10º del citado Reglamento de Organización y Funciones, establece que los Comités Especiales están conformados por los Comités de PROINVERSIÓN y se constituyen por Resolución Suprema del Sector Economía y Finanzas, a propuesta del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN; Que, mediante Resolución Suprema Nº 051-2010-EF, de fecha 7 de abril de 2010, se designó a los señores Jorge Luis Ramos Felices y Gabriel Amaro Alzamora como Miembros del Comité Permanente de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura Portuaria - PRO PUERTOS, respectivamente; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, aceptó las renuncias presentadas por los señores Jorge Luis Ramos Felices y Gabriel Amaro Alzamora como Miembros Permanentes del Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura Portuaria - PRO PUERTOS, acordándose proponer en sus reemplazos a los señores Juan Antonio Arrieta Ocampo y Fernando Jesús Toledo Arburúa; De conformidad con el numeral 4 del Artículo 11º de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2009-EF; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, las renuncias presentadas por los señores Jorge Luis Ramos Felices y Gabriel Amaro Alzamora como Miembros Permanentes del Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura Portuaria - PRO PUERTOS, respectivamente, dándoseles las gracias por los importantes servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a los señores Juan Antonio Arrieta Ocampo y Fernando Jesús Toledo Arburúa, como Miembros Permanentes del Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura Portuaria - PRO PUERTOS.