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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de diciembre de 2010 431701 ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE Aprueban el Reglamento del Registro y Proceso de Selección de Empresas y Personas Naturales autorizadas por el OSINFOR para la realización de Supervisión y Auditorías Quinquenales RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 235-2010-OSINFOR Lima, 17 de diciembre de 2010 VISTO: El Informe N° 212-2010-OSINFOR-DSCFFS de fecha 26 de julio del 2010, el Informe Legal N° 154-2010- OSINFOR/SG/OAJ de fecha 09 de agosto del 2010, el Informe N° 99-2010-OSINFOR/SG/OAJ de fecha 08 de septiembre del 2010 y el Ofi cio N° 880-2010-0SINFOR- DSCFFS de fecha 09 de diciembre de 2010, mediante los cuales la Dirección de Supervisión de las Concesiones Forestales y de Fauna Silvestre y la Ofi cina de Asesoría Jurídica, proponen y recomiendan la aprobación del proyecto de “Reglamento del Registro y Proceso de Selección de Empresas y Personas Naturales autorizadas por el OSINFOR para la realización de Supervisión y Auditorías Quinquenales”, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1085, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 28 de junio de 2008, se crea el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, como un Organismo Público Ejecutor, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno, encargado de la supervisión y fi scalización del aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como de los servicios ambientales provenientes del bosque, otorgados por el Estado a través de las diversas modalidades de aprovechamiento reconocidas por la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, Ley N° 27308; Que, según lo dispuesto en el numeral 3.1 del artículo 3° del Decreto Legislativo N° 1085, el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, tiene entre sus funciones supervisar y fi scalizar el cumplimiento de los títulos habilitantes otorgados por el Estado, así como las obligaciones y condiciones contenidas en ellos y en los planes de manejo respectivos; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 3.5. del artículo 3° del Decreto Legislativo Nº 1085, dispositivo concordado con el inciso 5.5 del artículo 5º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 065-2009-PCM, el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR, es competente para dictar las normas y/o reglamentos que regulen los procedimientos a su cargo, así como aquellas que se refi era a obligaciones o derechos contenidos en los títulos habilitantes; Que, conforme a lo establecido en el numeral 6 (a) del Anexo 18.3.4, Anexo sobre el Manejo del Sector Forestal del Protocolo de Enmienda al Acuerdo de Promoción Comercial Perú - Estados Unidos, el Estado Peruano asumió como compromiso la realización de auditorías quinquenales a efectos de verifi car que el manejo de los bosques se efectúe de manera sostenible y conforme a la normatividad vigente; Que, en el artículo 3° numeral 3.4 del Decreto Legislativo N° 1085, se le otorga al Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR, la facultad de efectuar Programas de Evaluación Quinquenal, para lo cual dispondrá la ejecución de auditorías a los Planes Generales de Manejo, las mismas que pueden ser realizadas por personas naturales o jurídicas de derecho privado especializadas en la materia y debidamente acreditadas ante OSINFOR; Que, en el artículo 16° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1085, se dispone que mediante Resolución Presidencial Ejecutiva se aprobará el “Reglamento del Registro y Proceso de Selección de Empresas y Personas Naturales autorizadas por el OSINFOR para la realización de Supervisión y Auditorías Quinquenales”, el mismo que se sujetará a las siguientes etapas: a) Inscripción en el Registro, b) Concurso Público de Méritos, c) Contratación de servicios y d) Evaluación y Monitoreo de los servicios; Que, mediante Informe N° 212-2010-OSINFOR- DSCFFS y el Ofi cio N° 880-2010-OSINFOR-DSCFFS, la Dirección de Supervisión de Concesiones Forestales y de Fauna Silvestre, propone el proyecto de “Reglamento del Registro y Proceso de Selección de Empresas y Personas Naturales autorizadas por el OSINFOR para la realización de Supervisión y Auditorías Quinquenales”, según facultades que le han sido otorgadas conforme a lo establecido en el numeral 40.6 del artículo 40° del Reglamento de Organización y Funciones del OSINFOR, aprobado por el Decreto Supremo N° 065-2009-PCM; Que, mediante Informe Legal N° 154-2010-OSINFOR/ SG/OAJ y el Informe N° 99-2010-OSINFOR/SG/OAJ, la Ofi cina de Asesoría Jurídica del OSINFOR emite opinión legal, considerando necesaria la aprobación del proyecto de “Reglamento del Registro y Proceso de Selección de Empresas y Personas Naturales autorizadas por el OSINFOR para la realización de Supervisión y Auditorías Quinquenales”, debido que es un instrumento normativo que contribuirá al cumplimiento de las funciones que han sido encomendadas al OSINFOR; Que, conforme a las facultades conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR, aprobado por Decreto Supremo Nº 065-2009-PCM; Con las visaciones del Director de Supervisión de Concesiones Forestales y de Fauna Silvestre, del Director de Supervisión de Permisos y Autorizaciones Forestales y de Fauna Silvestre, del Jefe (e) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y del Secretario General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el “Reglamento del Registro y Proceso de Selección de Empresas y Personas Naturales autorizadas por el OSINFOR para la realización de Supervisión y Auditorías Quinquenales”, cuyo texto adjunto, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- La presente Resolución será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, y entrará en vigencia desde el día siguiente de su publicación. El anexo que forma parte integrante de la presente Resolución será publicado en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob. pe), en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas– PSCE (www.serviciosalcuidadano.gob.pe) y, en el Portal Institucional del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR (www.osinfor.gob.pe), en la misma fecha de la publicación señalada en el párrafo anterior. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICHARD E. BUSTAMANTE M. Presidente Ejecutivo 581846-1