TEXTO PAGINA: 12
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 28 de diciembre de 2010 431768 testimonio de manera directa en el quehacer funcional de cada uno de los trabajadores a su cargo, debiendo relievar de manera especial cualidades como son la disciplina, puntualidad, entusiasmo y mística demostrada por los servidores Señores JUAN FRANCISCO NEYRA GUTIERREZ, CÉSAR SALINAS CABANILLAS y VÍCTOR RODOLFO INTI GOÑI. Tercero: Que, los citados servidores han demostrado en el desempeño de sus funciones el cumplimiento cabal de sus labores, lo que se traduce no sólo en su puntualidad llegando a la sede laboral desde muy tempranas horas de la madrugada debiéndose también resaltar su preocupación por el cumplimiento de manera decidida con las funciones encomendadas por su respectiva área. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia. Que, en atención a lo expuesto con antelación se resuelve: Artículo Primero.- FELICITAR Y RECONOCER la labor desplegada en el desempeño de sus funciones por parte de los servidores detallados a continuación: - JUAN FRANCISCO NEYRA GUTIERREZ - CÉSAR SALINAS CABANILLAS. - VÍCTOR RODOLFO INTI GOÑI Artículo Segundo.- Regístrese la presente resolución en el legajo personal de los citados servidores. Artículo Tercero.- Póngase la presente resolución a conocimiento de la Gerencia de Personal y Escalafón y Ofi cina de Administración Distrital para los fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 582833-1 Aceptan declinaciones de magistrados al cargo de Integrantes de la Unidad de Quejas Verbales de la ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 975-2010-P-CSJLI/PJ Lima, 23 de diciembre del 2010 VISTO y CONSIDERANDO: Que, mediante ofi cio Nº 995-2010-J-ODECMA-CSJLI/ PJR, el doctor Carlos Giovanni Arias Lazarte, Jefe de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura- ODECMA, pone en conocimiento la declinación de los doctores Manuel Alipio Román Olivas y Victor Raúl Villanueva Rivera, quienes actualmente se desempeñan como magistrados de la Unidad de Quejas verbales del referido órgano de control, a efectos de retornar a los Juzgados de los cuales son titulares. Que, estando a lo solicitado por el Jefe del Órgano de Control se dispone el retorno de los Magistrados en mención a los órganos jurisdiccionales de los cuales son titulares, expresándoles el agradecimiento por los el adecuado desempeño en las labores encomendadas durante su permanencia en el Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratifi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Suplentes que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero: ACEPTAR la declinación del doctor MANUEL ALIPIO ROMÁN OLIVAS, Magistrado Integrante de la Unidad de Quejas Verbales de la ODECMA, debiendo retornar a su Juzgado de origen, esto es, el Sexto Juzgado Civil con Sub Especialidad Comercial de Lima, a partir del 31 de diciembre del año en curso; expresándole a nombre de la Presidencia de la Corte de Lima el correspondiente reconocimiento por la labor desempeñada en el referido órgano de control. Artículo Segundo: ACEPTAR la declinación del doctor VICTOR RAÚL VILLANUEVA RIVERA, Magistrado Integrante de la Unidad de Quejas Verbales de la ODECMA, debiendo retornar a su Juzgado de origen, esto es, el Terecer Juzgado Contencioso Administrativo de Lima, a partir del 27de diciembre del año en curso; dándole las gracias por la labor desplegada en la Ofi cina de Control Interno de ésta Corte Superior de Justicia. Artículo Tercero: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 582835-1 ORGANOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran la conformación del Jurado Electoral Especial de Lima Centro para el proceso de Elecciones Generales del año 2011 RESOLUCIÓN N° 5005-2010-JNE Lima, veintisiete de diciembre de dos mil diez VISTOS el Ofi cio N° 3161-2010-P-CSJLI/PJ, recibido el 17 de diciembre de 2010, mediante el cual el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima comunica la elección en Sala Plena, de los magistrados designados presidente, titular y suplente, del Jurado Electoral Especial de Lima Centro para el proceso de Elecciones Generales del año 2011, y el acta de Audiencia Pública de fecha 27 de diciembre de 2010 sobre la realización del sorteo para la designación de miembros titulares y suplentes del Jurado Electoral Especial antes referido. CONSIDERANDO 1. Mediante Resolución N° 4935-2010-JNE modifi cada por Resolución N° 4960-2010-JNE de fechas 10 y 16 de diciembre de 2010, respectivamente, se establecieron las circunscripciones administrativo-electorales que funcionarán con motivo de las Elecciones Generales convocadas por Decreto Supremo N° 105-2010-PCM. 2. Entre las circunscripciones administrativo- electorales antes referidas, está la de Lima Centro, sobre la cual tendrá competencia el Jurado Electoral Especial