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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 31 de diciembre de 2010 433200 F.5 INFRACCION DEL GENERADOR DE CARGA: a) Contratar el servicio de transporte con un transportista que no se encuentra autorizado, o cuya autorización es para realizar servicio de transporte privado de mercancías. b) Permitir o utilizar la vía pública como lugar habitual o constante para la carga y/o descarga de mercancías. c) Exigir que el transportista cuente con la autorización especial de la autoridad vial que corresponda cuando transporte bienes cuyas dimensiones o peso superen los máximos establecidos por el RNV. Muy Grave Multa de 0.5 de la UIT b) Infracciones contra la seguridad en el servicio de transporte CÓ- DI- GO INFRACCIÓN CALIFI- CACIÓN CONSE- CUENCIA MEDIDAS PREVENTIVAS APLICABLES SEGÚN CORRESPONDA S.1 INFRACCION DEL TRANSPORTISTA: Utilizar conductores que: a) No tenga(n) licencia de conducir. b) Cuya licencia no se encuentra vigente. c) Cuya licencia de conducir no corresponde a la clase y categoría requerida por las características del vehículo y del servicio a prestar. Muy Grave Multa de 0.5 de la UIT En forma sucesiva: Interrupción de viaje. Retención del vehículo. Internamiento del vehículo. S.2 INFRACCION DEL TRANSPORTISTA: Utilizar vehículos que no cuenten con alguno o cualquiera de los elementos de seguridad y emergencia, siguientes: a) Extintores de fuego de conformidad con lo establecido en el Reglamento. b) Conos o triángulos de seguridad. c) Botiquín equipado para brindar primeros auxilios. Leve Multa de 0.05 de la UIT En forma sucesiva: Interrupción de viaje. Retención del vehículo. Internamiento del vehículo. S.3 INFRACCION DEL TRANSPORTISTA: Utilizar vehículos que: a) No cuenten con las láminas retrorrefl ectivas. b) No cuenten con parachoques delantero o posterior. c) No cuenten con el dispositivo antiempotramiento exigido por el RNV, en el transporte de mercancías. d) No cuenten con el número mínimo de luces exigidas por el RNV. e) No cuenten con vidrio parabrisas delantero o éste se encuentre trizado en forma de telaraña, de tal manera que impida la visibilidad del conductor. f) No cuenten con el limitador de velocidad y/o éste no se encuentre programado de acuerdo a lo dispuesto en el presente Reglamento, cuando éste es exigible. g) No cuenten con dispositivo registrador de eventos y ocurrencias ó sistema sustitutorio en perfecto estado de funcionamiento. h) Correspondan a las categorías M o N con neumáticos que no cumplen lo dispuesto por el RNV. Muy Grave Multa de 0.5 de la UIT En forma sucesiva: Interrupción de viaje. Retención del vehículo. Internamiento del vehículo. En el caso de los supuestos f) y g) procederá además: S u s p e n s i ó n precautoria de la habilitación vehicular. S.4 INFRACCION DEL TRANSPORTISTA: Utilizar vehículos en los que: a) Alguna de las luces exigidas por el RNV no funcione. b) Las láminas retrorrefl ectivas no cumplan lo dispuesto por el RNV. c) Los neumáticos no cumplen lo dispuesto por el RNV (aplicable sólo para vehículos de la categoría O). Leve Multa de 0.05 de la UIT En forma sucesiva: Interrupción de viaje. Retención del ve- hículo. Internamiento del vehículo. S.5 INFRACCION DEL TRANSPORTISTA: Permitir que: a) Se transporte usuarios que excedan el número de asientos indicado por el fabricante del vehículo, con excepción del transporte provincial regular de personas que se realice en vehículos diseñados para el transporte de usuarios de pie. b) Se transporte mercancías sin estibarlas, atarlas o protegerlas con los elementos necesarios para evitar que se desplacen o caigan del vehículo. Muy Grave Multa de 0.5 de la UIT Al vehículo: Interrupción de viaje. S.6 INFRACCION DEL TRANSPORTISTA: a) Se permita el viaje de menores de más de cinco años en el mismo asiento que un adulto. b) Los conductores que realicen el servicio sobrepasen el límite de edad máximo establecido en el presente Reglamento Grave Multa de 0.1 de la UIT En forma sucesiva: Interrupción de viaje. Retención del vehículo. Internamiento del vehículo. En el caso del su- puesto a) no pro- cederá la medida preventiva. S.8 INFRACCION DEL CONDUCTOR: Realizar la conducción de un vehículo de transporte con licencia de conducir: a) Que se encuentre vencida. b) Que se encuentre retenida, suspendida o cancelada. c) Que no corresponda a la clase y categoría requerida por la naturaleza y características del servicio. Muy grave Multa de 0.5 de la UIT En forma sucesiva al vehículo: Interrupción del viaje. Retención del vehículo. Internamiento del vehículo. Al conductor: Retención de la li- cencia de conducir. c) Infracciones a la Información o Documentación CÓ- DI- GO INFRACCIÓN CALIFI- CACIÓN CONSE- CUENCIA MEDIDAS PREVENTIVAS APLICABLES SEGÚN CORRESPONDA I.1 INFRACCION DEL CONDUCTOR: No portar durante la prestación del servicio de transporte, según corresponda: a) El manifi esto de usuarios o el de pasajeros, en el transporte de personas, cuando éstos no sean electrónicos. b) La hoja de ruta, cuando no sea electrónica. c) En el servicio de transporte de mercancías, la guía de remisión del transportista y, de ser el caso, el manifi esto de carga. d) El documento de habilitación del vehículo. e) El Certifi cado de ITV. f) El Certifi cado del Seguro Obligatorio de Accidente de Tránsito o CAT cuando corresponda. Grave Multa de 0.1 de la UIT En forma sucesiva: Interrupción de viaje. Retención del vehículo. Internamiento del vehículo. En el caso del supuesto e) y f) no procederá la medida preventiva si se comprueba por otros medios que el vehículo cuenta con Certifi cado de ITV, el Certifi cado del Seguro Obligatorio de Accidente de Tránsito o CAT cuando corresponda.