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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 2010 (06/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de enero de 2010 410438 pesquera de madera denominada “CORAZON DE MARIA” de matrícula N° PT-4431-CM, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado por Resolución Directoral N° 082-2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR de fecha 07 de marzo de 2003. Artículo 2°.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente Resolución está supeditada al cumplimiento de la normatividad en materia de ordenamiento jurídico pesquero, de sanidad y de medio ambiente. Artículo 3°.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a través de la Resolución Directoral N° 082-2003-GOB.REG.-PIURA/DIREPE-DR, a favor de SANTOS EVARISTO PANTA PANTA, para operar la embarcación pesquera “CORAZON DE MARIA” de matrícula N° PT-4431-CM. Artículo 4°.- Incorporar a SANTOS PANTA ALVAREZ y su cónyuge MARIA VERONICA PERICHE PANTA, JUAN PANTA ALVAREZ y su cónyuge BERONICA RUIZ SABA y AGUSTIN PANTA ALVAREZ y su cónyuge JULISSA MARIVI SAMILLAN OLAYA como nuevos titulares del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera “CORAZON DE MARIA” de matrícula N° PT-4431-CM, así como la presente Resolución al Anexo correspondiente de la Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE, excluyendo al señor SANTOS EVARISTO PANTA PANTA y la Resolución Directoral N° 082-2003-GOB.REG.-PIURA/ DIREPE-DR, consignados en el Anexo de la indicada Resolución Ministerial. Artículo 5°.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SÁNCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 441415-3 Aprueban a favor de persona natural el cambio de titular de permiso de pesca otorgado por R.D. Nº 247-2003- PRODUCE/DNEPP RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 897-2009-PRODUCE/DGEPP Lima, 11 de noviembre de 2009 Visto el Escrito de Registro Nº 00082997-2009 de fecha 21 octubre del 2009, presentado por el señor JORGE LUÍS JAVE MARTÍNEZ. CONSIDERANDO: Que, el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; Que, mediante Resolución Directoral Nº 247-2003- PRODUCE/DNEPP de fecha 14 de agosto del 2003, se otorgó permiso de pesca entre otros a los armadores pesqueros PEDRO FIESTAS GÁLAN, MARÍA EUGENIA GÁLAN RAMÍREZ y DIONICIO FIESTAS GÁLAN, para operar la embarcación pesquera MARIA EUGENIA, con matrícula PL-2122-CM, de Arqueo Neto 12.34 equivalente a 52.51 m3 de capacidad de bodega, en la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto, y sardina para consumo humano directo, con uso de cajas con hielo como medio de preservación a bordo, utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), y 1½ pulgada (38 mm), según corresponda, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa; Que, los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 05 de setiembre del 2002, establecen respectivamente que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus), serán destinados al consumo humano directo, y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto, sólo podrán desarrollar actividades extractivas de los recursos en mención, en el marco del Régimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados, aprobado por Resolución Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolución; Que, a la fecha se consigna en la Página Web del Ministerio de la Producción a la embarcación pesquera de madera MARIA EUGENIA, de matrícula PL-2122-CM, con 52.51 m3 de capacidad de bodega, con permiso de pesca vigente para la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta para consumo humano directo e indirecto, y sardina para consumo humano directo, a nombre de Pedro Fiestas Galán, María Eugenia Galán Ramírez y Dionisio Fiestas Galán; Que, a través del escrito del visto, el señor JORGE LUIS JAVE MARTÍNEZ, en su condición de nuevo propietario solicita el cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolución Directoral Nº 247- 2003-PRODUCE/DNEPP, para operar la embarcación pesquera MARIA EUGENIA, de matrícula PL-2122-CM, formulando su solicitud de acuerdo al procedimiento Nº 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; Que, de la evaluación efectuada a los documentos presentados, se determina que el señor Jorge Luís Jave Martínez, posee el dominio sobre la embarcación pesquera de madera MARIA EUGENIA, de matrícula PL-2122- CM, según consta en la Partida Registral Nº 11019784, emitido por la Zona Registral Nº II – Sede Chiclayo de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto mediante Informes Nº 1200-2009- PRODUCE/DGEPP-Dchi, y 1000-2009-PRODUCE/ DGEPP, y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modifi catorias; el Literal d) del Artículo 53º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006PRODUCE; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor del señor JORGE LUÍS JAVE MARTÍNEZ, el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Directoral Nº 247- 2003-PRODUCE/DNEPP, para operar la embarcación pesquera de madera MARIA EUGENIA, de matrícula PL- 2122-CM, en los mismos términos y condiciones con que fue otorgado. Artículo 2º.- El permiso de pesca a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución, deberá ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifi quen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE.