Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2010 (07/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de enero de 2010

Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084-Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUC, senalando que en caso de los calculos de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion (PMCE) y de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion (LMCE), el Ministerio de la Produccion considera una nueva reserva de contingencia, la misma que sera utilizada para dar atencion, entre otros supuestos, a lo senalado en el numeral 3 del citado articulo 11 de indica: "Cuando lo disponga una resolucion administrativa o judicial firme que implique (i) la modificacion de los PMCE asignados por el Ministerio; (ii) el otorgamiento de un permiso de pesca que se encontraba en tramite por sustitucion de igual capacidad de bodega, saldos o cualquier otro derecho otorgado con posterioridad a la aprobacion del PMCE; o, (iv) la modificacion del permiso de pesca; Que, el numeral 2) del Articulo 5º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084, Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, senala que se asignara un Limite MORDAZA de Captura por Embarcacion a las embarcaciones pesqueras que cuentan con permiso de pesca vigente para la extraccion de los recursos anchoveta y anchoveta MORDAZA, en la fecha de vigencia de la Ley y aquellas reconocidas por el Ministerio en virtud de resolucion administrativa o judicial firme; Que, mediante Informe Nº 013-2009-PRODUCE/ OGAJ-jrisi, la Oficina General de Asesoria Juridica, manifiesta que la posibilidad de realizar variaciones en el listado de asignacion de PMCE, solo resuelta factible en la medida que no se vean alterados los PMCE vigentes, es decir, que no se presente una redistribucion del PMCE que altere la asignacion determinada. En tal sentido, senala que a manera de ilustracion, un acto administrativo emitido con posterioridad al inicio de la temporada de pesca que determine cambios en la situacion de los derechos de pesca vigentes podra ser implementado en el listado de asignacion del PMCE, en la medida que no altere la asignacion de PMCE originalmente determinada; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 919-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 19 de noviembre de 2009, se aprobo a favor de EMPRESA PESQUERA FERDASA S.R.L., el cambio de titular de la autorizacion de incremento de flota de la embarcacion pesquera "ROSA MORDAZA MS - 4" con matricula Nº PL-28538-PM, por ampliacion de bodega via sustitucion de la embarcacion pesquera "ROSA MORDAZA MS 3" con matricula Nº PL-13780-CM, otorgada mediante Resolucion Directoral Nº 791-2008PRODUCE/DGEPP; Que, asimismo se modifico la Resolucion Directoral Nº 389-2008-PRODUCE/DGEPP, modificada en su titularidad con Resolucion Directoral Nº 640-2009PRODUCE/DGEPP, con la que se otorgo permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA "ROSA MORDAZA MS-4" de matricula Nº PL-28538-PM, en el extremo de su capacidad de bodega, entendiendose que la citada embarcacion cuenta con 88.33 m3 de volumen de bodega; Que, mediante el Oficio Nº 1270-2009-PRODUCE/ OGTIE-Oe, la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica, remite el calculo del PMCE y LMCE de la embarcacion pesquera referida en los considerandos precedentes; Que, habiendose aprobado a favor de EMPRESA PESQUERA FERDASA S.R.L., la modificacion de permiso de pesca de su embarcacion "ROSA MORDAZA MS-4" de matricula Nº PL-28538-PM, por ampliacion de la capacidad de bodega de 51.33 m3 a 88.33 m3, via sustitucion de la embarcacion pesquera "ROSA MORDAZA MS 3" con matricula Nº PL-13780-CM, el mismo que ha sido otorgado en fecha posterior a la Resolucion Directoral Nº 843-2008-PRODUCE/DGEPP de fecha 31 de diciembre del 2008 que aprueba el listado de los PMCE y Resolucion Ministerial Nº 872-2009-PRODUCE de fecha 30 de octubre de 2009, que aprueba el Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion-LMCE del recurso anchoveta, correspondiente a la MORDAZA temporada de pesca 2009, se considera tecnicamente viable proceder a su incorporacion en el Listado de Asignacion de PMCE y LMCE, correspondientes; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 12952009-PRODUCE/DGEPP-Dchi, Oficio Nº 1270-2009-

PRODUCE/OGTIE-Oe y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE y sus normas modificatorias y ampliatorias; Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE y demas normas modificatorias; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incorporar al Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE, aprobado por Resolucion Directoral Nº 843-2008PRODUCE/DGEPP, de fecha 31 de diciembre del 2008, a la embarcacion pesquera "ROSA MORDAZA MS - 4" con matricula Nº PL-28538-PM, con un PMCE de 0,05477% para la MORDAZA Norte -Centro. Articulo 2º.- Incorporar al Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion ­ LMCE, aprobado por Resolucion Directoral Nº 872-2009-PRODUCE/ DGEPP, de fecha 30 de octubre del 2009, a la embarcacion pesquera "ROSA MORDAZA MS - 4" con matricula Nº PL28538-PM, con un LMCE de 1 095, 63 TM. Articulo 3º.- La incorporacion de la embarcacion pesquera "ROSA MORDAZA MS - 4" con matricula Nº PL28538-PM, al Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion - PMCE, aprobado por Resolucion Directoral Nº 843-2008-PRODUCE/DGEPP, y al Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion ­ LMCE, aprobado por Resolucion Directoral Nº 872-2009-PRODUCE/DGEPP, referidas en los Articulos 1º y 2º, no modifica los PMCE y LMCE asignados a las embarcaciones pesqueras en las citadas Resoluciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 441415-13 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 956-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 3 de diciembre del 2009 Visto el escrito de Registro Nº 00093902 de fecha 24 de noviembre de 2009, presentado por CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., el Oficio Nº 1275-2009PRODUCE/OGTIE-Oe y el Informe Nº 1297-2009PRODUCE/DGEPP-Dchi, emitidos por la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica y la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, respectivamente. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1084, se promulgo la Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, estableciendose un mecanismo de ordenamiento pesquero aplicable a la extraccion de los recursos anchoveta y anchoveta MORDAZA destinada al Consumo Humano Indirecto, con la finalidad de mejorar las condiciones para su modernizacion y eficiencia; promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentacion, empleo e ingresos; y asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiologicos, en MORDAZA con la preservacion del medio ambiente y la conservacion de la biodiversidad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2008PRODUCE, se aprobo el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobandose a traves de su Articulo 2º, la preasignacion de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE, como indices o

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