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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de enero de 2010 410704 Que, la Resolución Administrativa Nº 120-2009-CE-PJ, de fecha de publicación 19 de mayo del año 2009, aprueba la “Redefi nición de la Estadística Jurisdiccional 2009” en cuanto al procedimiento de recolección y procesamiento de datos a través de los formularios estadísticos electrónicos por especialidad y tipo de órgano jurisdiccional, utilizando la tecnología informática disponible del Poder Judicial. Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los numerales 3) y 9) del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que los órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior, remitan obligatoriamente al Área de Desarrollo de la Presidencia, la información estadística referida a la carga procesal y producción jurisdiccional, en forma mensual, en los formatos establecidos, dentro de los cinco días útiles del mes siguiente, información que tendrá carácter de declaración jurada. Déjese sin efecto cualquier disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente resolución, respecto de la información adicional mensual que viene remitiendo el Magistrado sobre su producción mensual. Artículo Segundo.- DISPONER que los órganos jurisdiccionales sin excepción, cumplan con realizar el inventario y depuración de expedientes en el mes de diciembre, remitiendo la información al Área de Desarrollo de la Presidencia dentro de los cinco días útiles posterior al mes indicado. Los órganos jurisdiccionales deberán elaborar el inventario a partir de la cuarta semana del mes de diciembre, el mismo que no afectará el normal desarrollo de sus funciones, bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- DISPONER que los órganos jurisdiccionales sin excepción, cumplan con realizar el llenado del Formulario Estadístico Electrónico, en el aplicativo informático que estará disponible en la página Web del Poder Judicial. Artículo Cuarto.- DISPONER que los Señores Magistrados de los distintos órganos jurisdiccionales designen al Asistente de Juez o Relatores, según sea el caso, como responsables de la recopilación de información y llenado de los formatos de estadística mensual para su posterior remisión al Área de Desarrollo de la Presidencia, debiendo para tal fi n contar con la colaboración de los Auxiliares Jurisdiccionales los que deberán brindar información fi dedigna, lo que permitirá cumplir con las disposiciones impartidas en la presente resolución; asimismo deberá asignarse a un servidor responsable suplente, quien deberá efectuar el encargo en ausencia del titular. Artículo Quinto.- DISPONER que la información sobre los actos procesales realizados en las Salas y Juzgados sea registrada en el sistema informática y de no contar con éste, en los libros respectivos, el mismo día de su emisión o realización, bajo responsabilidad del Magistrado. Artículo Sexto.- ENCARGAR al Área de Desarrollo de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, la planifi cación, ejecución y control de las actividades señaladas en los artículos precedentes. El Área de Desarrollo a la Presidencia, para el cumplimiento del encargo conferido queda facultado para realizar visitas inopinadas en los órganos jurisdiccionales, proponer medidas correctivas y adoptar las acciones administrativas que fueran necesarias en coordinación con los señores magistrados. Artículo Séptimo.- DISPONER que la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura realice en forma muestral verifi caciones periódicas de la información remitida por los órganos jurisdiccionales, como parte de las visitas de control que realiza estas dependencias; debiendo poner en conocimiento de esta Ofi cina el incumplimiento a lo dispuesto en los artículos: primero, segundo y quinto de la presente resolución. Artículo Octavo.- DISPONER que el Área de Desarrollo de la Presidencia, informe mensualmente a la Presidencia sobre los avances de la ejecución de las actividades estadísticas. Artículo Noveno.- DISPONER que la Ofi cina de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima, brinde el apoyo logístico necesario al Área de Desarrollo de la Presidencia para el adecuado desarrollo de las labores encomendadas. Artículo Décimo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Corte Suprema de la República, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscalía de la Nación, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Ofi cina de Administración Distrital y Área de Desarrollo de la Presidencia. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 443843-1 Establecen el desarrollo de las actividades para el Informe de Gestión de la Corte Superior de Justicia de Lima del 4 de enero al 31 de diciembre de 2010 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 27-2010-P-CSJLI/PJ Lima, siete de enero del dos mil diez. VISTA: La Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 030-2009-P-PJ, publicada el veintiocho de enero del 2009; y, CONSIDERANDO: Que, es política de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, lograr el mejoramiento del servicio de la administración de justicia en sus distintos niveles, tanto en el área jurisdiccional como administrativa; Que, es necesario para la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, normar la formulación, ejecución, control y evaluación del Plan Operativo de la Corte Superior de Justicia de Lima, el mismo que constituye el instrumento de planeamiento y gestión, describiendo en forma desagregada, para cada una de las dependencias orgánicas que conforman tal Corte, los Objetivos, Indicadores de Gestión y Metas -Jurisdiccionales y Administrativas- por alcanzar en el año; permitiendo consolidar el requerimiento presupuestal del Distrito Judicial de Lima y coadyuvando a la toma de decisiones oportunas para el efectivo logro de los objetivos y metas de la Corte Superior de Justicia de Lima. Encontrándose encargada de la verifi cación del referido plan, que se viabilizará del 04 de Enero hasta el 31 de Diciembre del año en curso, el Área de Desarrollo de la Presidencia; Que, para la consecución de lo expuesto, es necesario el cumplimiento obligatorio de todos los órganos jurisdiccionales y administrativos para que proporcionen mensualmente la correspondiente información; Que, el levantamiento de la información para la elaboración de la Gestión de la Corte Superior de Justicia de Lima, se consignará en los formatos respectivos, debiendo efectuarse de manera ordenada, coherente y coordinada, de tal modo que dicha información sea clara y precisa, permitiendo el manejo fácil por parte de los responsables de elaborar y remitir mensualmente el indicado informe. Para el mejor logro de lo antes señalado, la coordinación se hará directamente con los señores Magistrados y con los jefes de las diferentes áreas administrativas, los cuales estructurarán la información pertinente, lo que revertirá en que la obtención de datos de Gestión Jurisdiccional y Administrativa sea altamente confi able; por tanto, la