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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de enero de 2010 410711 de Desarrollo Urbano, Sub Gerencia de Planifi cación Urbana y Catastro, para los fi nes convenientes. Artículo 3º.- DISPONER que a través de la Gerencia de Desarrollo Urbano, se remitan los actuados a la Municipalidad Metropolitana de Lima para la continuación del trámite correspondiente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA Alcalde 443057-3 Aprueban Directiva de Formulación, Seguimiento y Evaluación del Plan Operativo Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate DECRETO DE ALCALDIA Nº 015 Ate, 2 de diciembre de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO el Informe Nº 280-2009-MDA/OGP de la Ofi cina General de Planifi cación, el Informe Nº 1041- 2009 y Nº 1076-2009-MDA/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, sobre el proyecto de Directiva para la Formulación, Seguimiento y Evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) de la Municipalidad Distrital de Ate, el Proveído Nº 4291-2009/MDA/GM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 28411, numeral 71.3) del Artículo 71° de la “Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto”, señala que los Planes Operativos Institucionales refl ejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada Año Fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las metas presupuestarias establecidas para dicho período. Que, mediante Informe Nº 280-2009-MDA/OGP la Ofi cina General de Planifi cación, indica que en ejecución de las funciones asignadas en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado mediante Ordenanza Nº 178-MDA, ha elaborado el proyecto de Directiva para la Formulación, Seguimiento y Evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) de la Municipalidad Distrital de Ate, el cual se constituye como un instrumento de gestión institucional, que orienta el accionar municipal en su conjunto y que su ejecución es un paso hacia el logro del escenario posible que describe la Visión, plasmada en el Plan de Desarrollo Concertado (PDC) del Distrito de Ate. Que, la Directiva precitada, establecerá los procedimientos y las orientaciones metodológicas de carácter técnico y operativo, que permitirán desarrollar en forma adecuada, el proceso de formulación, seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional de la Municipalidad de Ate. Que, el proyecto de Directiva antes citada, se ha elaborado siguiendo las pautas metodológicas establecidas por el Decreto Supremo Nº 034-82-PCM que dispone la formulación y aplicación de Políticas de Gestión y Planes Operativos Institucionales de los Organismos de la Administración Pública y por la Resolución Jefatural Nº 003-94-INAP/DNR que aprueba la Directiva Nº 002- INAP/DNR sobre normas para la Orientación, Formulación, Aplicación, Evaluación y Actualización del Plan de Trabajo Institucional. Que, mediante Informe Nº 1076-2009-MDA/OGAJ la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, respecto al proyecto de Directiva para la Formulación, Seguimiento y Evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) de la Municipalidad Distrital de Ate, señala que es procedente y sugiere que el referido documento sea aprobado mediante Decreto de Alcaldía, norma de carácter general que establece los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal, de conformidad al artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Que, mediante Proveído Nº 4291-2009-MDA/GM la Gerencia Municipal, indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente. Estando A Los Fundamentos Expuestos En La Parte Considerativa Y En Uso De Las Atribuciones Conferidas Por El Numeral 6) Del Artículo 20 De La Ley Orgánica De Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Artículo 1º.- APROBAR la Directiva Nº 008-2009- MDA, “DIRECTIVA DE FORMULACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL (POI) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE”, la misma que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo 2º.- PUBLÍQUESE el presente Decreto, en el Diario Ofi cial “El Peruano”; y en el Portal de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe), el íntegro de la Directiva, Anexos y Formatos que forman parte del presente. Artículo 3º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Ofi cina General de Planifi cación y todas las demás unidades orgánicas que conforman la Municipalidad Distrital de Ate. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA Alcalde 443057-1 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Aprueban Planeamiento Integral del módulo vial de la vía de acceso a la Quebrada Las Cumbres ORDENANZA MUNICIPAL Nº 200-MDCH Chaclacayo, 17 de diciembre del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHACLACAYO VISTO: En la Orden del Día de la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha 17 de diciembre de 2009, el Informe Nº 0137-2009-GDU/MDCH de fecha 11 de diciembre de la Gerencia de Desarrollo Urbano; por el que recomienda al honorable Concejo la aprobación del Proyecto de Ordenanza que aprueba el Planeamiento Integral de Módulo Vial de la vía de acceso a la denominada Quebrada Las Cumbres, denominada también Av. Las Cumbres, que se ubica sobre los terrenos ubicados en el denominado Sector Catastral Nº 4 del distrito de Chaclacayo; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 194º, modifi cado por la Ley Nº 28607, establece que Las Municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, norma concordante con el artículo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972. Que, el Titulo Preliminar artículo I y IV de La Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; que señala que los Gobiernos Locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de la participación vecinal en los asuntos públicos que