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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de enero de 2010 411164 VIVIENDA Modifican el Índice del Reglamento Nacional de Edificaciones aprobado por D.S. Nº 015-2004-VIVIENDA, en lo referente a la Norma Técnica CE.010 DECRETO SUPREMO Nº 001-2010-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento de conformidad con la Ley Nº 27792, tiene competencia para formular, aprobar, ejecutar y supervisar las políticas de alcance nacional aplicables en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento, a cuyo efecto dicta normas de alcance nacional y supervisa su cumplimiento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2004- VIVIENDA, se aprobó el Índice y la Estructura del Reglamento Nacional de Edifi caciones, en adelante RNE, aplicable a las Habilitaciones Urbanas y a las Edifi caciones, como instrumento técnico - normativo que rige a nivel nacional, el cual contempla sesenta y nueve (69) Normas Técnicas; Que, por Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, se aprobaron sesenta y seis (66) Normas Técnicas del RNE y se constituyó la Comisión Permanente de Actualización del RNE, a fi n que se encargue de analizar y formular las propuestas para su actualización, quedando pendiente de aprobación tres (03) Normas Técnicas, entre ellas, la Norma Técnica CE.010: Aceras y Pavimentos; Que, con Informe Nº 04-2009/VIVIENDA/VMVU- CPARNE, el Presidente de la Comisión Permanente de Actualización del RNE, eleva la propuesta de modifi cación del Índice del Reglamento Nacional de Edifi caciones, respecto a la denominación de la Norma Técnica CE.010 Aceras y Pavimentos por CE.010 Pavimentos Urbanos, y de aprobación de la referida Norma Técnica; la misma que ha sido materia de evaluación y aprobación por la mencionada Comisión conforme aparece en el Acta de su Vigésima Sexta Sesión; Que, estando a lo informado por la Comisión Permanente de Actualización del RNE, resulta pertinente disponer la modifi cación de la denominación de la Norma Técnica a que se refi ere el considerando anterior, así como su aprobación, con el objeto establecer los requisitos mínimos para el diseño, construcción, rehabilitación, mantenimiento, rotura y reposición de pavimentos urbanos, desde los puntos de vista de la Mecánica de Suelos y de la Ingeniería de Pavimentos, a fi n de asegurar la durabilidad, el uso racional de los recursos y el buen comportamiento de aceras, pistas y estacionamientos de pavimentos urbanos, a lo largo de su vida de servicio; De conformidad con lo dispuesto en numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el numeral 3) del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Decreto Supremo Nº 002-2002- VIVIENDA modifi cado por Decreto Supremo Nº 045-2006- VIVIENDA; DECRETA: Artículo 1.- Modifi cación de denominación de la Norma Técnica CE.010 del Reglamento Nacional de Edifi caciones - RNE. Modifíquese el Índice del Reglamento Nacional de Edifi caciones aprobado por Decreto Supremo Nº 015- 2004-VIVIENDA, en lo referente a la Norma Técnica CE.010 Aceras y Pavimentos, la misma que en adelante quedará redactada de la siguiente manera: CE.010 Pavimentos Urbanos. Artículo 2.- Aprobación de la Norma Técnica CE.010 Pavimentos Urbanos del Reglamento Nacional de Edifi caciones - RNE. Apruébese la Norma Técnica CE.010 Pavimentos Urbanos del Reglamento Nacional de Edifi caciones - RNE, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Publicación Publíquese la Norma Técnica CE.010 Pavimentos Urbanos del Reglamento Nacional de Edificaciones, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob. pe), de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de enero del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JUAN SARMIENTO SOTO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 445769-8 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA Designan Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica de PROINVERSIÓN RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 002 -2010 Lima, 13 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28660, se determinó la naturaleza jurídica de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, como organismo público descentralizado adscrito al Sector Economía y Finanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera, constituyendo un pliego presupuestal; Que, mediante Decreto Supremo N° 034-2008-PCM, se aprobó la califi cación de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, como Organismo Público Ejecutor, atendiendo a lo dispuesto por el Título IV de la Ley N° 29158; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal e) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2009-EF, el Director Ejecutivo se encuentra facultado a aprobar la estructura y organización interna de la institución, designar a sus empleados de confi anza y a nombrar a sus funcionarios, autorizar la contratación del personal así como asignar sus funciones y competencias; Que, mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva Nº 001-2010, se aceptó la renuncia del señor Rolando Enrique Lema Hanke en el cargo de Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN; Que, resulta necesario designar al funcionario que lo reemplazará; De conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de Organización de Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2009-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Lucy Silvia Henderson Palacios en el cargo de Jefa de la Ofi cina