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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ENERO DEL AÑO 2010 (14/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de enero de 2010 411151 Autorizan ingreso al territorio de la República a personal militar de los Estados Unidos de América RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 023-2010-DE/SG Lima, 11 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 1210 de fecha 30 de diciembre de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, para el año 2010 se tiene programada la participación del B.A.P. “ANGAMOS” (SS-31) en el despliegue operacional SUBDIEX con los Estados Unidos de América; Que, Ofi ciales de la Marina de los Estados Unidos de América participarán en reuniones de coordinación previas a las Conferencias de planeamiento del mencionado desplazamiento operacional con Ofi ciales de la Marina de Guerra del Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, a los siguientes Ofi ciales de la Marina de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra, para participar en reuniones ofi ciales respecto a la Conferencia de Planeamiento del Despliegue Submarino 2010 con Ofi ciales de la Marina de Guerra del Perú, del 06 al 13 de febrero de 2010: 1. CAPITÁN DE NAVÍO USN EMIL CASCIANO 2. CAPITAN DE NAVIO USN STEVE BENKE 3. CAPITÁN DE FRAGATA USN JOHN DONEY 4. CAPITÁN DE CORBETA USN JOSEPH BUCZKOWSKI 5. CAPITÁN DE CORBETA USN STEPHEN WHEAR Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 445733-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 024-2010-DE/ Lima, 11 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 1209 de fecha 30 de diciembre de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, personal militar de los Estados Unidos de América sostendrán reuniones con funcionarios del Ministerio de Defensa; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable del Viceministerio de Políticas para la Defensa y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, a los siguientes Ofi ciales de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra, para sostener reuniones con funcionarios del Ministerio de Defensa, del 19 al 21 de enero de 2010: 1. CORONEL MICHAEL RAY KITTS 2. TENIENTE CORONEL JEFFREY ALAN PRICE 3. MAYOR WARREN TODD MILLER Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 445733-3 Aprueban Plan Anual de Contrataciones de la Administración General del Ministerio correspondiente al Ejercicio Fiscal 2010 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 025-2010-DE/SG Lima, 11 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29075, Ley que establece la naturaleza jurídica, función, competencias y estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, establece en su artículo 6° que el Ministro de Defensa es la máxima autoridad del Sector, que formula, norma, coordina, ejecuta, conduce y supervisa la Política de Defensa Nacional en el ámbito militar y ámbitos no militares de su competencia, en concordancia con los acuerdos adoptados por el Consejo de Seguridad Nacional, las disposiciones del Presidente de la República, como Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas, y la normativa constitucional y legal del Estado; Que, de conformidad con el artículo 8° del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado,