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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de enero de 2010 411359 ha propuesto la actualización y modifi cación de la mencionada Directiva para su aplicación durante el año 2010; Que, el Consejo Directivo en la sesión del 07 de enero de 2010 aprobó la propuesta presentada por la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos, encargando a la Presidenta Ejecutiva emitir la Resolución respectiva; Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad al Decreto Legislativo Nº 1023 y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 002-2010/ SERVIR-GDCGP Criterios para la Determinación de los Cargos de Destino para los Gerentes Públicos durante el año 2010 y el Procedimiento para su Requerimiento, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución así como de la Directiva en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional (www.servir.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. NURIA ESPARCH FERNANDEZ Presidenta Ejecutiva DIRECTIVA N° 002 -2010-SERVIR/GDCGP CRITERIOS PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS CARGOS DE DESTINO PARA LOS GERENTES PÚBLICOS DURANTE EL AÑO 2010 Y EL PROCEDIMIENTO PARA SU REQUERIMIENTO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto de la Directiva Establecer los criterios para determinar los cargos de destino para los que la Autoridad Nacional del Servicio Civil (en adelante, SERVIR) seleccionará y asignará Gerentes Públicos durante el año 2010, así como el procedimiento para su requerimiento, el mismo que será de cumplimiento obligatorio por parte de las entidades públicas solicitantes de Gerentes Públicos. Artículo 2.- Base Legal 2.1 Decreto Legislativo Nº 1024 que crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos. 2.2 Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM que aprueba el Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos creado por el Decreto Legislativo Nº 1024. 2.3 Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR. 2.4 Todas las demás normas complementarias que establezca SERVIR para el desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos. Artículo 3.- Alcance La presente Directiva es de aplicación y cumplimiento por parte de: 3.1 Las entidades públicas (Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y/o Gobiernos Locales) interesadas en contar con la asignación de Gerentes Públicos (en adelante, “Entidades Solicitantes”). 3.2 Gerencias y Ofi cinas de SERVIR. CAPÍTULO II REQUISITOS Y CRITERIOS PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS CARGOS DE DESTINO Artículo 4.- Requisitos de las solicitudes de Gerentes Públicos Las solicitudes de Gerentes Públicos por parte de las Entidades Solicitantes deberán cumplir con lo siguiente: 4.1 Asignación voluntaria: El Titular del Pliego solicita voluntariamente a SERVIR la asignación de Gerentes Públicos. 4.2 Cargos de gerencia o gestión: El contenido principal del cargo ha de ser de gerencia o gestión, es decir, el énfasis está en la ejecución de las políticas más que en su diseño. Así, la regla general es que los Gerentes Públicos no serán asignados a cargos cuyo contenido fundamental sea el diseño de políticas públicas o la rectoría técnico normativa, salvo que estén directamente vinculados con la mejora de la calidad del gasto, de las inversiones o del gasto social o se refi eran a cargos de Alta Especialización. Se entienden por cargos de Alta Especialización a aquellos puestos de línea del Gobierno Nacional que requieran competencias y conocimientos muy especializados, de acuerdo a la relación que apruebe el Consejo de Ministros para ser cubiertos por Gerentes Públicos, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2.1 del Anexo del Decreto Supremo Nº 108-2009-EF. No se asignarán Gerentes Públicos para cargos de Alta Dirección (Secretarios Generales, Gerentes Generales), en Ofi cinas de Asesoría Jurídica ni asesores. 4.3 Cargos contemplados en los instrumentos de gestión: Los cargos a ser cubiertos deben estar contemplados en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP, así como en el Presupuesto Analítico de Personal - PAP o que la plaza cuente con fi nanciamiento, antes del inicio de funciones del Gerente Público en la Entidad Solicitante. Artículo 5.- Criterios comunes para la determinación de los cargos de destino Para determinar los cargos de destino a los que se asignarán Gerentes Públicos se deberán verifi car, en forma concurrente, los siguientes criterios: 5.1 Mejora de calidad del gasto, impacto en la población y gestión ambiental: Se asignarán preferentemente Gerentes Públicos en cargos vinculados a las áreas de administración, logística, recursos humanos, infraestructura, inversiones, planifi cación y presupuesto, desarrollo económico y social y gestión ambiental, cuya gestión tiene impacto directo en el cumplimiento de las funciones principales de la Entidad Solicitante en benefi cio de la ciudadanía. Asimismo, se podrán asignar Gerentes Públicos para cargos de diseño de políticas públicas o de ejercicio de la rectoría técnico normativa siempre que estén directamente vinculados con la mejora de la calidad del gasto, de las inversiones o del gasto social o se refi eran a cargos de Alta Especialización. 5.2 Multifuncionalidad: Se procurará que los cargos de destino sean de tal naturaleza que permitan la multifuncionalidad de los Gerentes Públicos, teniendo en cuenta que al terminar su período de asignación puedan ser recolocados en otra entidad pública. Esta multifuncionalidad está presente en cargos que corresponden a puesto tipo comunes presentes en la Administración Pública. Constituye una excepción a este criterio los cargos de Alta Especialización. 5.3 Equipo de Gerentes Públicos: Con el fi n de optimizar el aporte de los Gerentes Públicos a la Entidad Solicitante, no serán asignados menos de dos (2) Gerentes Públicos por entidad, de tal forma que permita aprovechar las sinergias entre ellos. Artículo 6.- Criterios para la priorización de solicitudes Para la asignación de Gerentes Públicos a los Gobiernos Regionales y Locales, además de los criterios señalados en el artículo precedente, se priorizarán aquellas solicitudes que provengan de Entidades Solicitantes ubicadas en los departamentos que presentan menor efi ciencia del gasto, particularmente de inversión; considerando su necesidad social, medida en base a variables de niveles de pobreza y concentración de población. Artículo 7.- Número de Gerentes Públicos a ser asignados Durante el 2010 se ha previsto la asignación de hasta un máximo de cien (100) Gerentes Públicos. CAPÍTULO III PROCEDIMIENTO PARA EL REQUERIMIENTO DE GERENTES PÚBLICOS DURANTE EL AÑO 2010 Artículo 8.- Oportunidad del requerimiento Las solicitudes para la asignación de Gerentes Públicos que durante el año 2010 lleguen a SERVIR se atenderán hasta agotar el número de vacantes presupuestadas.