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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de enero de 2010 411495 el Ministro de Justicia y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros AURELIO PASTOR VALDIVIESO Ministro de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 448130-3 Designan Procurador Público Anticorrupción Descentralizado del Distrito Judicial de La Libertad RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 016-2010-JUS Lima, 19 de enero de 2010 VISTO, el Ofi cio Nº 019-2010-JUS/CDJE del Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068 se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la fi nalidad de fortalecer, unifi car y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1068 del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS, establece en su Tercera Disposición Complementaria Final que las Procuradurías Públicas Anticorrupción Descentralizadas continuarán ejerciendo sus funciones, pasando a formar parte de la Procuraduría Especializada en Delitos de Corrupción, teniendo los Procuradores Públicos Anticorrupción nivel de Procuradores Públicos Adjuntos; Que, el artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1068 establece que es atribución del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, entre otras, proponer la designación de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo; Que, mediante Resolución Suprema Nº 023-2007- JUS se designó a la señora abogada Esther Violeta Franco Vargas como Procuradora Pública Anticorrupción Descentralizada del Distrito Judicial de La Libertad, habiendo formulado renuncia a dicho cargo con fecha 11 de noviembre de 2009; Que, conforme al ofi cio de visto, el Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado informa que dicho Consejo ha propuesto en su reemplazo la designación del señor abogado Héctor Manuel Sánchez Cotrina como Procurador Público Anticorrupción Descentralizado del Distrito Judicial de La Libertad; Que, en tal sentido, resulta pertinente emitir el acto correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, el Decreto Legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia, con efi cacia anticipada a partir del 31 de diciembre de 2009, de la señora abogada Esther Violeta Franco Vargas como Procuradora Pública Anticorrupción Descentralizada del Distrito Judicial de La Libertad, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor abogado Héctor Manuel Sánchez Cotrina como Procurador Público Anticorrupción Descentralizado del Distrito Judicial de La Libertad. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros AURELIO PASTOR VALDIVIESO Ministro de Justicia 448130-4 Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Justicia RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0013-2010-JUS Lima, 19 de enero de 2010 VISTO, el Ofi cio N° 063-2010-JUS/OGED-ORE de la Ofi cina General de Economía y Desarrollo, proponiendo la modifi cación del TUPA del Ministerio de Justicia; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2001-JUS y modifi catorias, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Justicia; Que, es objetivo del Gobierno simplifi car los procedimientos y trámites administrativos de las entidades públicas con la fi nalidad de reducir las exigencias excesivas, requisitos innecesarios así como los costos elevados; Que, en el marco del objetivo del Gobierno y del propio Sector, el Ministerio de Justicia ha considerado por conveniente simplifi car los procedimientos administrativos de su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), disminuyendo plazos y agilizando el procedimiento, cumpliendo con dicha medida con los principios de celeridad, efi ciencia, y simplicidad establecidas en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, el numeral 38.5 del artículo 38° de la Ley del Procedimiento Administrativo General establece que una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, o por Resolución del Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución, según el nivel de gobierno respectivo; Que, por consiguiente resulta pertinente modifi car el TUPA del Ministerio de Justicia a través de la Resolución Ministerial correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, el Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, y el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA en el marco de la Ley Nº 27444; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car los procedimientos a cargo del Despacho Ministerial, los procedimientos y servicios a cargo de la Dirección de Conciliación Extrajudicial y Medios Alternativos de Solución de Confl ictos, y los servicios a cargo de la Secretaria General y de la Dirección Nacional de Justicia, así como eliminar los procedimientos a cargo de la Ofi cina General de Administración - Ofi cina de Personal, conforme al Anexo N° 1 que forma parte de la presente Resolución.