Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2010 (23/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de enero de 2010

NORMAS LEGALES

411763

Corte Superior de Justicia de MORDAZA, ante la necesidad de cubrir plazas vacantes en los distintos organos jurisdiccionales de este Distrito Judicial, se ve en la necesidad de nombrar Jueces Supernumerarios de reconocida idoneidad y probidad para ejercer el cargo como magistrado, con la finalidad de brindar un adecuado servicio de justicia a la comunidad y no permitir que se vea afectada la gran expectativa de los justiciables respecto a la pronta solucion de sus conflictos judicializados, debido a falencias de orden meramente formal. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribucion, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratificar y/o dejar sin efecto la designacion de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estan en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del articulo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Provisional del MORDAZA Juzgado Penal de MORDAZA, a partir del 25 de enero del presente ano. Articulo Segundo.- DESIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Supernumerario del Primer Juzgado Penal del Modulo Basico de Justicia de San MORDAZA de Lurigancho, a partir del 25 de enero del presente ano. Articulo Tercero.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publiquese, registrese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 449824-1

Que, de conformidad con el articulo 2° de la Ley Nº 26439: "son atribuciones del CONAFU:... g) Elaborar la reglamentacion que senale los requisitos, procedimientos y plazos, para la autorizacion provisional o definitiva de funcionamiento y para la evaluacion de las universidades con autorizacion provisional"; en concordancia con el articulo 3° del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion N° 189-2006CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006, que expresamente senala: "Son atribuciones del CONAFU: k) Elaborar y aprobar el Reglamento General y los Reglamentos especificos que senalen los procedimientos, requisitos y plazos de todos los procesos administrativos necesarios para el cumplimiento"; Que, analizando los expedientes correspondientes a traslados internos que son presentados por las Universidades que se encuentran en evaluacion permanente bajo la competencia de este Consejo Nacional, es necesario establecer un porcentaje MORDAZA de numero permitido de dichos traslados en cada MORDAZA profesional que ofrece la universidad; siendo una de las atribuciones velar por cada uno de los administrados; Que, en sesion de fecha 23 de noviembre de 2009, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 527-2009-CONAFU acordo por UNANIMIDAD: Establecer que el numero de traslados internos que realizan las universidades que se encuentran bajo la competencia del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades ­ CONAFU, no podra excederse del 5 % del numero de vacantes permitidos en cada MORDAZA profesional, dejando establecido que estos traslados internos no afectan el numero de vacantes ingresantes en el examen de admision del semestre academico correspondiente; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del articulo 38º incisos d) y e) del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Establecer que el numero de traslados internos que realizan las universidades que se encuentran bajo la competencia del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades ­ CONAFU, no podra excederse del 5% del numero de vacantes permitidos en cada MORDAZA profesional, dejando establecido que estos traslados internos no afectan el numero de vacantes ingresantes en el examen de admision del semestre academico correspondiente. Registrese, publiquese, comuniquese y archivese.

ORGANOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES
Establecen el numero de traslados internos que realizan las universidades que se encuentran bajo la competencia del CONAFU
RESOLUCION Nº 610-2009-CONAFU MORDAZA, 25 de noviembre de 2009 VISTOS: El Acuerdo Nº 527-2009-CONAFU de fecha 23 de noviembre de 2009, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades ­ CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento provisional o definitivo de las nuevas universidades a nivel nacional;

MORDAZA MORDAZA MORDAZA ASCUNA Presidente MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA Secretaria General 448775-1

ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Aprueban funcionamiento de la MORDAZA profesional de Arquitectura y Gestion de Proyectos de la Universidad de MORDAZA al haber cumplido con lo previsto en la Ley Universitaria
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 1408-2009-ANR MORDAZA, 21 de diciembre de 2009 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: La comunicacion de fecha 26 de noviembre de 2009, de la Rectora de la Universidad de MORDAZA, memorando Nº 1622009-DGDAC de fecha 17 de diciembre de 2009, informe

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