Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2010 (23/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de enero de 2010

es el organo encargado de asesorar a la Alta Direccion en materia de cooperacion internacional en salud, con los gobiernos extranjeros y organismos e instituciones internacionales; esta a cargo de las siguientes funciones generales: a) Asesorar a la Alta Direccion en la definicion de la politica en materia de cooperacion internacional del sector salud, en coordinacion con el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional-APCI. b) Contribuir al desarrollo de las relaciones internacionales del Ministerio de Salud con organismos internacionales multilaterales, bilaterales, y otras que brindan cooperacion internacional tecnica y financiera para mejorar la salud de la poblacion. c) Orientar, coordinar y preparar la participacion del Ministerio de Salud en los diversos foros internacionales en el ambito de la salud, y efectuar el seguimiento de los compromisos asumidos. d) Formular convenios y documentos similares de cooperacion tecnica y financiera internacional y apoyar en la negociacion, para ejecutar proyectos, programas y actividades de salud priorizados de acuerdo a la politica sectorial, el planeamiento estrategico sectorial y operativo del Ministerio de Salud y la legislacion peruana. e) Efectuar el seguimiento, monitoreo y evaluacion de la ejecucion de los convenios, proyectos, programas y actividades financiados con cooperacion internacional, suscritos por el Ministerio de Salud o el Gobierno Peruano, asi como la evaluacion de los resultados e impacto de la cooperacion tecnica, economica y financiera internacional. f) Monitorear los flujos y tendencias de la cooperacion internacional en salud, asi como mantener actualizada la informacion y difundir las propuestas de asistencia tecnica y financiera de la cooperacion internacional. g) Canalizar la cooperacion internacional de caracter asistencial proveniente del exterior y otros a cargo del Ministerio de Salud. h) Gestionar la adscripcion de los expertos y voluntarios ante la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional, el desarrollo de acciones civicas o actividades sanitarias sin fines de lucro asi como aceptar la participacion de becarios en los proyectos y programas en ejecucion, en coordinacion con los organos del MINSA que correspondan y conforme a la politica sectorial, el planeamiento estrategico sectorial y operativo del Ministerio de Salud y la legislacion peruana. i) Brindar asistencia tecnica en materia de cooperacion internacional a las dependencias del Sector Salud a nivel nacional, a fin de generar competencias descentralizadas que contribuyan al cumplimiento de la politica y objetivos de Salud." Articulo 25º.Sustituyase el literal a) con el siguiente texto: "a) Dirigir el MORDAZA logistico integrado del Ministerio de Salud para la provision de bienes y servicios, en la calidad, cantidad y oportunidad requerida por los organos del Ministerio de Salud, asi como por encargo de los Organos Desconcentrados y Organismos Publicos del Sector, excepto los recursos estrategicos." Suprimase el literal c) y n) Articulo 27º.Sustituyase los literales a) y f) con el siguiente texto: "a) Revisar y consolidar las necesidades de bienes y servicios, segun los requerimientos de las instancias correspondientes." "f) Almacenar adecuadamente los bienes adquiridos o recibidos por el Ministerio de Salud y ejecutar su distribucion a nivel nacional, segun sea el caso, de acuerdo a lo requerido por las areas tecnicas o usuarias de los bienes." Suprimase el literal l) Articulo 56º.Sustituyase el literal d), l) y m) con el siguiente texto:

"d) Normar, conducir, monitorear, vigilar, supervisar y evaluar a nivel nacional el Sistema de Suministro de Productos Farmaceuticos y Afines. "l) Disenar, implementar, conducir, monitorear, vigilar y evaluar el Sistema Nacional de Informacion de Precios de Productos Farmaceuticos, prioritariamente los medicamentos esenciales." "m) Desarrollar estrategias en el ambito nacional e internacional para fortalecer la capacidad de negociacion del sector salud con la finalidad de obtener mejores precios de los medicamentos esenciales en el pais." Articulo 68º.Sustituyase el primer parrafo, con el siguiente texto: "Los Organos Desconcentrados dependientes del Ministerio de Salud estan constituidos por las Direcciones de Salud, Institutos Especializados y la Direccion de Abastecimiento de Recursos Estrategicos en Salud". Anexo.Modifiquese el Organigrama Estructural del Ministerio de Salud en virtud a lo dispuesto en el presente articulo. Articulo 2º.- Incluyase en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud los siguientes: a) Incluir el siguiente Articulo: "ARTICULO 31º-A. OFICINA GENERAL DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS La Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, esta a cargo de dirigir, ejecutar y controlar los procesos tecnicos y acciones del Sistema de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; para el desarrollo de la Institucion y de su personal y el logro de los objetivos, asi como para el mantenimiento de un clima laboral propicio, coordina con los demas organos y unidades organicas del Ministerio de Salud y otras Entidades de la Administracion Publica, esta a cargo de las siguientes funciones generales: a) Proponer, coordinar, implementar, difundir y evaluar las politicas, normas y procedimientos relacionados con la gestion de los recursos humanos del Ministerio de Salud, a fin de contribuir a elevar el nivel de calificacion profesional, manteniendo un clima laboral propicio, asi como generar comportamientos transparentes, eticos y honestos. b) Planificar, ejecutar y evaluar los procesos tecnicos y acciones del Sistema de Gestion de Recursos Humanos, en el ambito de su competencia, asi como brindar asistencia tecnica a las Direcciones Regionales de Salud. c) Formular y mantener actualizado el Presupuesto Analitico y Nominativo de Personal de la Administracion Central-MINSA, asi como efectuar la evaluacion y consolidacion a nivel del Pliego 011-Ministerio de Salud. d) Formular la planilla de remuneraciones y pensiones y otros beneficios del personal de la Administracion CentralMINSA, asi como evaluar y consolidar a Nivel Pliego 011-Ministerio de Salud, y gestionar la remuneracion y beneficios que corresponden a los profesionales contratados por la modalidad de SERUMS, residentado e internado medico. e) Regular y supervisar el cumplimiento de los deberes y derechos del personal a nivel institucional. f) Organizar y mantener actualizado el registro y escalafon del personal activo y cesante de la Administracion Central del MINSA, asi como procesar las estadisticas correspondientes a nivel Pliego 011-Ministerio de Salud. g) Promover el desarrollo de la cultura organizacional del Ministerio de Salud. h) Proponer, desarrollar e implementar programas de salud ocupacional, prevencion de la salud y otros que propicien la motivacion, y un adecuado clima laboral. i) Disenar, aprobar y ejecutar los programas de bienestar social y asistencia social de la Administracion Central, asi como apoyar en la formulacion de los mismos en el Pliego 011-Ministerio de Salud y brindar asistencia tecnica a las Direcciones Regionales de Salud en el ambito de su competencia. j) Disenar, coordinar y ejecutar los programas de fortalecimiento de capacidades del recurso humano del

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